Último día para domiciliar la Renta

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Último día para domiciliar la Renta: cuándo me cobrarán si fracciono los pagos

La campaña de la Renta 2022 finaliza el próximo día 30 de junio, pero si quieres optar por el pago domiciliado, debes aceptar tu borrador a lo largo de la jornada del día 27. Este pago domiciliado en tu cuenta corriente también permite fraccionar la cantidad que debes a Hacienda si te ha salido «a pagar».

El último día para realizar la domiciliación bancaria de la declaración de la Renta 2022 es hoy, martes 27 de junio de 2023. Una vez pasada esta fecha, ya no podrás domiciliar el pago. En ese caso, tendrás que pagarlo en el momento de presentar la declaración mediante otro medio de pago, ya sea yendo al banco o.

Cómo fraccionar el pago de la Renta

Si al hacer la declaración te ha salido un resultado positivo, eso significa que te sale a pagar. En ese supuesto, existen dos métodos para llevar a cabo esta operación de liquidación de la deuda con la Agencia Tributaria: a través de un pago único o uno fraccionado. En cuanto al primero, la deuda se resuelve al momento, mientras que en el segundo se permite fraccionar la deuda en dos plazos sin ningún tipo de penalización ni recargo, pagando la misma cantidad en la suma de ambos pagos.

Cualquier contribuyente puede acceder al pago fraccionado, siempre que lo indique en el borrador. Para poder solicitarlo, debes indicar esta opción en el modelo 100 a la hora de presentarlo y validar tu declaración. Simplemente tienes que seleccionar la opción de pago fraccionado en los últimos pasos y, de forma automática, se calcula el importe a pagar para los dos plazos. Una vez seleccionado, nos aparecerán tres opciones para elegir la forma de pago:

  • Por pago domiciliado: tendrás que indicar el IBAN de la cuenta en la que se harán estos cargos. Deberás hacerlo antes del 27 de junio como si quisieras domiciliar por completo la cantidad a pagar.
  • Pago electrónico: puedes elegir tú mismo de forma manual el tipo de medio de pago que vas a hacer: pago con cargo en cuenta, pago con tarjeta de crédito, o adquirir el NRC, que es el número de referencia completo, del justificante de pago para así incluirlo en la declaración.
  • Documento para ingresar en banco: una vez presentada la declaración, en esta opción queda pendiente de ingreso la cuantía que debes a Hacienda, por lo que se genera una carta de pago cuyo importe deberá abonarse antes del 30 de junio, fecha de finalización de la campaña.

Cuantía y plazos de los dos pagos fraccionados

En el caso de que fraccionemos y domiciliemos los pagos de la Renta 2022, el cobro no se hace de forma instantánea ni siquiera para el primer pago, sino que hay unas fechas establecidas en los que se producirá el cobro mediante adeudo en tu cuenta corriente indicada. Igualmente, no se trata de dos pagos por la mitad de la cantidad a pagar, sino que varían los porcentajes.

El primer pago es del 60% de la cantidad que debes pagar a la Agencia Tributaria. Esta se efectuará una vez que se haya cerrado la campaña de la Renta, así que te lo cobrarán el 30 de junio. Recuerda tener dinero disponible en cuenta, ya que, en caso de saltarse los plazos para hacer el pago, habrá una penalización con intereses, por lo que pagaremos una cifra mayor de la inicial. El 40% restante se paga el 7 de noviembre, siendo el segundo plazo impuesto por la Agencia Tributaria para saldar dicho trámite.

En caso de querer fraccionar en más plazos el pago, hay que solicitarlo de la misma forma que un aplazamiento. Deberás presentar una solicitud escrita explicando los motivos que te llevan a aplazar el pago, proponiendo un nuevo plazo y adjuntando justificantes que demuestren tu imposibilidad de realizar el pago. Hacienda tendrá que aceptar dicha solicitud, y con ello, no pondrá en marcha el llamado periodo ejecutivo, en el que se cobrará de forma forzosa la deuda a pagar. Si se hace de este modo, la Agencia Tributaria podrá aplicar un interés fijo del 3,75% como recargo.