Enfermedades con la que DGT te prohíbe conducir

Enfermedades con la que DGT te prohíbe conducir

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Con todas estas enfermedades la DGT te prohíbe conducir

A la hora de conducir hay que tratar de mantener un estado de seguridad vial y el primer paso para ello es que el conductor esté en unas condiciones físicas y psicológicas correctas. Por tanto, la Dirección General de Tráfico impide que ciertas personas con enfermedades, patologías o medicaciones concretas se puedan poner al volante.

Para realizar una conducción segura, el conductor debe contar con unas capacidades perceptivas, cognitivas y motoras mínimas. En caso contrario, la DGT podrá revocar nuestro permiso de conducción e incluso podremos ser objeto de multa económica por conducir en condiciones inseguras para nosotros y el resto de conductores.

Causas que impiden conducir

La Dirección General de Tráfico, entre los requisitos para obtener o renovar un carnet de conducir tiene que demostrar tener unas capacidades físicas y psíquicas que demuestren que está en condiciones de circular de forma segura de forma que garanticen tanto la seguridad del conductor, como de sus acompañantes y de los demás usuarios de la vía.

Es por ello que hay que sacar un certificado médico (en realidad se llama informe de aptitud psicofísica) que demuestre que se tienen en otras cosas unos índices óptimos en agudeza visual, audición y coordinación y anticipación.

En todo caso, los conductores que padecen algún trastorno o enfermedad con influencia sobre la capacidad de conducir deben:

  • Saber que tienen un mayor riesgo de accidente que aquellos sin patología.
  • Poder identificar los signos o síntomas que lo originan (pérdida de fuerza, episodios de pérdida de conciencia, somnolencia durante el día o pérdida de memoria entre otros).
  • Saber que en general el riesgo es menor cuando están en tratamiento y su enfermedad está controlada.
  • Conocer su enfermedad e identificar las posibles situaciones de riesgo para evitarlas, por ejemplo, el inicio de los síntomas de alarma en caso de hipoglucemia (sudoración, temblor, hambre, ansiedad y palpitaciones).

También es interesante conocer si la medicación prescrita puede alterar su capacidad de conducir debido a efectos secundarios (somnolencia, visión borrosa, mareo…). En los envases de los fármacos se incluye un pictograma que alerta cuando se da esta probabilidad.

Enfermedades que prohíbe la DGT

La Dirección General de Tráfico, en el lado contrario, tiene una serie de enfermedades con las que prohíbe conducir, si surgen entre la obtención del permiso de conducir y la renovación, o la obtención o renovación misma. El motivo de esta discriminación es que con ellas pueden ser un peligro para la seguridad vial.

Estas enfermedades deberían ser detectadas en el siguiente examen médico de tipo psicotécnico que nos sacáramos para renovar el carnet, pero hasta entonces conviene saber cuáles son porque existen multas para aquellas personas que incumplan esta normativa.

La DGT divide en nueve categorías las enfermedades incompatibles con la conducción: vasculares, cardiacas, psiquiátricas, neurológicas, endocrinas, digestivas, respiratorias, oncológicas, crónicas y degenerativas.

Desglosando cada una de las categorías, estas son las que imposibilitan conducir:

  • Enfermedades vasculares: aneurismas en grandes vasos y disección.
  • Enfermedades cardiacas: arritmias cardíacas, portadores de marcapasos, prótesis valvulares cardíacas, cirugía de revascularización cardiaca habiendo transcurrido un mes desde la operación, infarto agudo de miocardio en un periodo superior a 3 meses.
  • Enfermedades psiquiátricas: delirium, demencias y trastornos de ansiedad, trastornos catatónicos, trastornos de la personalidad, ansiedad y depresión, trastorno del sueño, trastorno obsesivo compulsivo (TOC), trastorno del desarrollo intelectual, TDH (hiperactividad), abuso y dependencia del alcohol. Abuso y dependencia de drogas.
  • Enfermedades neurológicas: pérdida de la conciencia y síncopes (en los últimos 2 años), accidentes cardiovasculares (últimos 6 meses) o crisis epilépticas.
  • Enfermedades endocrinas: diabetes insulinodependiente o con medicamentos hipoglicemiantes, hipertiroidismo (en tratamiento) o paratiroidismo (en tratamiento), enfermedades adrenales.
  • Enfermedades digestivas: nefropatía con diálisis o trasplante renal.
  • Enfermedades respiratorias: apneas del sueño, disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve.
  • Enfermedades oncológicas: dolencias oncológicas o trastornos oncohematológicos.
  • Enfermedades crónicas y/o enfermedades degenerativas: Alzheimer, artritis reumatoide, distrofia muscular, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, esclerosis lateral amiotrófica (ELA), esclerosis múltiple, temblor esencial, osteoporosis o Parkinson.