
Nueva reforma al Código Monetario autoriza condonación de deudas
Los clientes de entidades financieras públicas, incluyendo las que estén en liquidación, podrán acceder a la nueva condonación de deudas por montos de hasta USD 10.000, según la Ley Reformatoria al Código Orgánico Monetario y Financiero, vigente desde el 14 de octubre. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.
La norma permite aplicar la condonación parcial o total a obligaciones crediticias clasificadas desde la categoría “D”, es decir, de dudoso recaudo en adelante. Actualmente, la única institución pública en liquidación es el Banco Nacional de Fomento (BNF), aunque también podrán beneficiarse clientes de BanEcuador y la Corporación Financiera Nacional (CFN).
El requisito principal es que los montos adeudados no superen los USD 10.000, incluyendo capital, intereses, multas, costas procesales, recargos y comisiones. El Presidente Daniel Noboa deberá emitir un decreto ejecutivo detallando el mecanismo de implementación, que se aplicará con criterios de elegibilidad y priorización según condiciones socioeconómicas.
Esta medida sigue a condonaciones previas: en septiembre de 2024 se condonaron créditos de hasta USD 5.000 en fase de coactiva; en marzo de 2025, de hasta USD 10.000 a clientes de BanEcuador afectados por el invierno; y en abril de 2025, de hasta USD 5.000 a clientes de CFN.