Tramitar un cambio de servicio de vehículo a particular o taxi

Tramitar un cambio de servicio de vehículo a particular o taxi

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Paso a paso para tramitar un cambio de servicio de vehículo a particular o taxi

El valor de tramitación, correspondiente a los valores de 2023, es de $365.600

La herramienta de movilidad de atención al usuario para la realización de trámites de tránsito, Ventanilla Única de Servicios, dio a conocer los pasos para la tramitación del ‘Cambio de Servicio’ de un vehículo de transporte público individual (taxi) a particular, o de servicio público especial a particular.

Cabe señalar que los dueños de estos automotores y que deseen realizar el trámite para el Cambio de Servicio deberán hacer el pago correspondiente, según los valores dispuestos por Movilidad para 2023, de $365.600.

Requisitos para solicitud de trámite

La Ventanilla Única de Servicio detalló el paso a paso que deben cumplir a cabalidad los solicitantes para acceder a esta tramitación, la cuales son:

  • Para adelantar el trámite, las personas naturales o jurídicas deben estar debidamente inscritas en el sistema RUNT.
  • Presentar el documento de identidad original. Para nacionales mayores de edad: Cédula de ciudadanía o contraseña. Para menores de edad: tarjeta de identidad o contraseña. Para extranjeros mayores de edad: Cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o pasaporte vigente.
  • Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado, donde registra la solicitud de cambio de servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehículo taxi o especial, a servicio particular, en el que debe adjuntar las respectivas improntas** del vehículo.
  • SOAT vigente incorporado en el RUNT.
  • Paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.
  • Pago de los derechos del trámite en los puntos de atención (ventanillas del banco).
  • En el caso de persona jurídica, se verifica Existencia y Representación Legal en el sistema RUES.
  • Cuando el o los trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión, deberá presentar el contrato de mandato, poder general o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.
  • Si la autorización se lleva a cabo mediante poder especial, este debe tener presentación personal ante una notaría pública.
  • Devolución de la tarjeta de operación.

Cabe resaltar que, si el solicitante cumple con los requisitos del trámite y desea realizarlo, deberá agendar una cita con anterioridad desde la página online de la Ventanilla Única de Servicios y asistir a la hora solicitada en la sede disponible.

Asimismo, los solicitantes deberán tener en cuenta que deberán legalizar de manera simultánea el cambio de color. En el momento de la entrega de las placas de servicio particular se tendrán que entregar las que lo identifican en el servicio público.

Casos especiales

  • Para cambio de servicio de un vehículo de servicio público individual de pasajeros (Taxi): este vehículo debe contar con una antigüedad en el servicio público mínima de cinco años. Además de la desvinculación del automotor de la empresa de servicio público individual de pasajeros a la cual se encuentra afiliado.
  • Para cambio de servicio de un vehículo de servicio público especial a particular: por un término de 2 años, (6 de agosto del 2021 al 05 de agosto del 2023), los vehículos de servicio público de transporte terrestre automotor especial clase automóvil, campero y camioneta de no más de nueve nueve pasajeros, incluido el conductor, pueden realizar cambio de servicio de especial a particular, sin importar su fecha de matrícula, ni el tiempo de permanencia en la modalidad.
  • Para cambio de servicio de un vehículo oficial a particular y viceversa: el cambio de servicio de un vehículo oficial a particular y viceversa, se produce automáticamente con el traspaso del automotor: Proceso regulado en el capítulo III, artículo 12 de la Resolución 3405 de agosto de 2013.

 

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