Retenciones en la fuente de IVA e Impuesto a la Renta

Tarifa de Impuesto a la Renta Sociedades en Ecuador

Tarifa de Impuesto a la Renta Sociedades en Ecuador en 2024. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

 

Impuesto a la Renta Sociedades

El Impuesto a la Renta para Sociedades en Ecuador es un tributo obligatorio que grava los ingresos netos anuales de las empresas. Este impuesto es regulado por la Ley de Régimen Tributario Interno y administrado por el Servicio de Rentas Internas (SRI). Para el ejercicio fiscal 2024, la tarifa de impuesto a la renta aplicable a las sociedades es del 25% sobre la base imponible. Sin embargo, existen excepciones y tarifas reducidas aplicables a ciertos sectores y actividades.

 

Tarifas reducidas y excepciones

Algunas sociedades pueden beneficiarse de tarifas reducidas según su actividad económica o incentivos fiscales específicos. A continuación, se detallan los principales casos:

 

1. Microempresas

Las microempresas, según su nivel de ingresos y condiciones legales específicas, pueden tributar con una tarifa de impuesto a la renta reducida del 2%. Este incentivo busca fomentar el desarrollo de pequeñas empresas en el país.

 

2. Empresas en zonas francas

Las sociedades que operan en zonas francas pueden acceder a tarifas especiales. Generalmente, las tarifas para este tipo de empresas oscilan entre el 15% y 20%, según lo establecido en la Ley de Zonas Francas y su reglamento vigente. Por lo tanto, se recomienda verificar en las resoluciones del SRI para obtener información actualizada sobre la tarifa de impuesto a la renta aplicable.

 

3. Nuevas inversiones en energías renovables

Las inversiones en energías renovables pueden acceder a exoneraciones fiscales por 10 años. Sin embargo, la tarifa de impuesto a la renta exacta debe confirmarse con el SRI.

 

4. Nuevas inversiones en turismo

Las empresas del sector turismo pueden beneficiarse de exenciones fiscales por 7 años. No obstante, el porcentaje exacto de la tarifa de impuesto a la renta no está detallado en la normativa general.

 

5. Proyectos de atención a personas con discapacidad

Los proyectos calificados como prioritarios en la atención a personas con discapacidad pueden acceder a reducciones impositivas diferenciadas. En consecuencia, su aplicación dependerá de la clasificación específica en la normativa del SRI.

 

Tabla resumen de tarifas para 2024

Tipo de Sociedad o CondiciónTarifa de Impuesto a la RentaNotas
Sociedades en general25%Tarifa estándar según la Ley de Régimen Tributario Interno.
Microempresas2%Aplica según ingresos y condiciones legales específicas.
Empresas en zonas francas15%-20% (estimado)Requiere confirmación oficial en la normativa vigente.
Nuevas inversiones en energías renovablesReducida (no especificada)Beneficio por 10 años; consultar el SRI para detalles exactos.
Nuevas inversiones en turismoReducida (no especificada)Beneficio por 7 años; requiere normativa específica del SRI.
Proyectos de atención a personas con discapacidadReducción porcentual (no especificada)Depende de la clasificación del proyecto dentro de la normativa del SRI.

 

Deducciones y créditos tributarios

Además de la tarifa de impuesto a la renta, existen beneficios adicionales en forma de deducciones y créditos tributarios que pueden reducir la carga fiscal de las sociedades en su cierre fiscal. Por ejemplo:

  • Deducciones adicionales: Aplicables a gastos como contratación de personas con discapacidad, seguros médicos y patrocinios a entidades sin fines de lucro. Estas deducciones pueden alcanzar el 50%, 100% o 150% según el tipo de gasto.
  • Créditos tributarios: Incluyen autorretenciones del 2% para grandes contribuyentes y beneficios por aportes patronales a la seguridad social.

¿Cómo calcular el impuesto a la renta para sociedades?

El cálculo del impuesto a la renta para sociedades se basa en la siguiente fórmula:

Ejemplo numérico

Supongamos que una empresa tiene ingresos gravables de $500,000 y gastos deducibles de $100,000. En consecuencia, si no cuenta con beneficios fiscales adicionales, su base imponible será:

Base imponible = $500,000 – $100,000 = $400,000

Aplicando la tarifa de impuesto a la renta del 25%:

Impuesto a la renta = $400,000 × 25% = $100,000

Fórmula general:

Base imponible = Ingresos gravables – Gastos deducibles – Beneficios fiscales aplicables

Impuesto a la renta = Base imponible × Tarifa aplicable

Recomendaciones para las sociedades

Dado que las tarifas de impuesto a la renta pueden cambiar o estar sujetas a regulaciones específicas, se recomienda a las empresas:

  1. Revisar las resoluciones del SRI para conocer tarifas vigentes y requisitos específicos.
  2. Optimizar su estructura fiscal aprovechando deducciones y créditos tributarios disponibles.