El Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) ofrece tres tipos de préstamos: hipotecarios, prendarios y quirografarios.
Estos últimos, además de financiar gastos de consumo de afiliados, jubilados y pensionistas, también se pueden solicitar para pagar pensiones alimenticias, con la particularidad de que el Biess, que otorga el crédito, realiza el desembolso directamente a la cuenta bancaria de la persona que tiene la patria potestad del menor.
Los requisitos normales para acceder a un préstamo quirografario igual aplican, como tener un mínimo de doce aportaciones, poseer garantías reales, como fondos de reserva o de cesantía. Tampoco es posible solicitar un quirografario si se está tramitando un crédito hipotecario con el Biess, ni cuando se está en mora con la seguridad social.
En el caso de los préstamos quirografarios para solventar pensión alimenticia, se añaden las siguientes condiciones.
Esto es lo que solicita el Biess para otorgar préstamos quirografarios destinados a pensiones alimenticias
Información del beneficiario con patria potestad del menor:
- Número de cédula de identidad
- Nombres y apellidos
- Nombre de el/los menores
Datos de la institución financiera donde se depositará el valor del préstamo, que debe constar en el acta de mediación, además de información sobre el juicio:
- Nombre de la institución financiera
- Número de cuenta
- Tipo de cuenta
- Número de causa
- Número de Kardex
- Número de juzgado
- Provincia donde se desarrolla el juicio
- Ciudad donde se desarrolla el juicio
Todo esto se debe ingresar en el sistema web de préstamos al hacer la solicitud. Cuando se complete el proceso deberá imprimir el formulario de autorización de transferencia de datos.
Una vez que el préstamo conste como pendiente de confirmación, los afiliados jubilados podrán pedir que se lo apruebe enviando los siguientes documentos a [email protected]
- Formulario de autorización de transferencias de fondos (suscrito tanto por el titular del crédito como por el beneficiario con patria potestad).
- Providencia del juez o acta de mediación.
- Certificado bancario del beneficiario con patria potestad.
- Fotografía del titular sosteniendo la cédula junto al rostro (aplica cuando se envía mediante correo electrónico).
- Cédula de identidad original.
Los préstamos quirografarios, además, se pueden novar. También es posible ser beneficiario de dos al mismo tiempo.