
Multas de tránsito en Ecuador suben
Multas de tránsito en Ecuador suben en 2026: conozca los nuevos valores con el salario básico en $ 482. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.
Las multas de tránsito en Ecuador registran un incremento automático desde enero de 2026, como efecto directo del aumento del salario básico unificado (SBU), que pasó de $ 470 a $ 482. Este ajuste impacta en todas las sanciones económicas contempladas en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y en ordenanzas municipales, ya que los valores se calculan como porcentajes del salario básico vigente.
El cuerpo legal ecuatoriano establece que las infracciones de tránsito se sancionan en función del SBU, lo que permite que los montos se actualicen cada año sin necesidad de reformas normativas. De esta manera, cualquier incremento salarial se traduce automáticamente en multas más altas para los conductores que incumplen las normas de tránsito.
Principales infracciones y nuevos valores en 2026
Con el SBU fijado en $ 482, las infracciones más comunes presentan los siguientes valores económicos. El uso del celular mientras se conduce se sanciona con el 10 % del SBU, equivalente a $ 48,20, mientras que no utilizar el cinturón de seguridad implica una multa del 15 %, es decir, $ 72,30.
Exceder los límites de velocidad, circular sin placas o pasarse un semáforo en rojo conlleva una sanción del 30 % del SBU, lo que representa $ 144,60. Conducir sin licencia tiene una multa del 10 % del SBU ($ 48,20), mientras que hacerlo con licencia caducada eleva la sanción al 50 %, equivalente a $ 241.
Las infracciones más graves, como conducir sin haber obtenido licencia o agredir a un agente de tránsito, se sancionan con el 100 % del SBU, es decir, $ 482, según lo estipulado en el COIP.
En varias ciudades, como Quito y Guayaquil, las sanciones por no respetar la restricción del pico y placa también se ajustan con el SBU. Por ejemplo, la primera infracción se calcula como el 15 % del SBU ($ 72,30), la segunda como 30 % ($ 144,60) y la tercera o más como 50 % ($ 241). Estas se aplican de forma progresiva y pueden ir acompañadas de retención del vehículo y otras medidas administrativas según la normativa local.
El uso de sistemas de videovigilancia ha permitido a varias municipalidades aumentar el control de infracciones. En Guayaquil, por ejemplo, las cámaras vigilan bloqueos de intersecciones, estacionamientos indebidos y otras contravenciones, cuya multa también se calcula en porcentaje del SBU, con valores determinados por ordenanzas municipales.
Multas específicas en la Metrovía y control urbano en Guayaquil
En el caso de la invasión del carril exclusivo de la Metrovía, la multa para la primera infracción corresponde al 25 % del SBU, equivalente a $ 120,50. En caso de reincidencia, la sanción se incrementa al 50 % del SBU, es decir, $ 241.
La infracción por doble columna y estacionar en sitios prohibidos se sanciona con el 10 % del SBU, lo que representa $ 48,20. De igual forma, bloquear intersecciones tiene una multa del 10 % del salario básico, con el mismo valor económico.
Dejar o recoger pasajeros en la calle Boyacá, una de las zonas de mayor control en Guayaquil, se sanciona con el 25 % del SBU, equivalente a $ 120,50.
Transporte público, taxis y vehículos pesados en Guayaquil
Para los conductores de buses que dejan o recogen pasajeros en lugares no autorizados, la multa corresponde al 50 % del SBU, es decir, $ 241. El mismo valor se aplica a los vehículos de transporte público que recogen pasajeros en plena vía pública.
Cuando un bus incumple el recorrido autorizado, la sanción económica asciende a un SBU completo, es decir, $ 482. En el caso de los vehículos pesados que circulan por sitios u horarios no asignados, la multa también equivale al 100 % del SBU.
Los taxis y vehículos particulares que dejan o recogen pasajeros en lugares no permitidos, así como los vehículos particulares que estacionan en espacios exclusivos para taxis, reciben una sanción del 50 % del SBU, equivalente a $ 241.
La venta de comida en la vía pública desde vehículos se sanciona con una multa del 50 % del SBU, es decir, $ 241. En el caso de motocicletas o vehículos que no exhiben placas, la primera infracción implica una multa del 50 % del SBU ($ 241). Si existe reincidencia, la sanción sube a un SBU completo ($ 482) y se aplica además la retención del vehículo por siete días.
Cuando los sistemas GPS generan información falsa, permanecen inactivos o no transmiten datos en buses, taxis, expresos escolares o tricimotos, la multa corresponde al 15 % del SBU, equivalente a $ 72,30. El mismo valor se aplica cuando un vehículo alternativo, como la tricimoto, incumple el recorrido o la zona asignada.
Multas de tránsito más caras
Las multas pueden consultarse en línea a través de los portales oficiales de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) y de las secretarías de movilidad de cada municipio, ingresando el número de cédula o la placa del vehículo. Estas plataformas reflejan automáticamente los valores actualizados según el SBU vigente.
Las sanciones de tránsito en Ecuador están reguladas por el COIP y la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que establecen el uso del salario básico como referencia económica. Con el nuevo SBU de $ 482, todas las multas vigentes en 2026 reflejan este ajuste anual obligatorio. Aquí un detalle de las más costosas:
1. Daños materiales que superan los 6 SBU
La persona que cause únicamente daños materiales cuyo costo de reparación exceda los seis SBU, es decir, más de $ 2.892, será sancionada con multa de cuatro SBU, equivalentes a $ 1.928, y reducción de nueve puntos en su licencia de conducir. Si conduce un vehículo mientras la licencia se encuentra suspendida temporal o definitivamente, la multa será de siete SBU, equivalentes a $ 3.374.
2. Daños materiales entre 2 y 6 SBU
La persona que cause daños materiales cuyo costo de reparación sea mayor a dos SBU ($ 964) y no exceda los seis SBU ($ 2.892) será sancionada con multa de dos SBU, equivalentes a $ 964, y reducción de seis puntos en su licencia. Si el conductor tenía la licencia suspendida temporal o definitivamente, la sanción económica será de cinco SBU, equivalentes a $ 2.410.
3. Multa de 2 SBU
Será sancionado con multa de dos SBU ($ 964), reducción de diez puntos en la licencia y retención del vehículo por al menos siete días cuando transporte pasajeros o bienes sin el título habilitante o autorización correspondiente. Conduzca con una licencia de categoría distinta a la exigida. Participe en competencias en la vía pública con vehículos a motor. Conduzca en estado de embriaguez con 0,8 a 1,2 gramos de alcohol por litro de sangre, además de quince días de prisión.
4. Multa de 1 SBU
La multa será de 1 SBU ($ 482), más tres días de prisión y reducción de diez puntos cuando conduzca sin haber obtenido licencia. Falte de obra a la autoridad o agente de tránsito. Exceda los límites de velocidad fuera del rango moderado. Circule sin placas. Bloquee intersecciones o invada el carril de la Metrovía (Guayaquil). Conduzca en estado de embriaguez con 0,3 a 0,8 gramos de alcohol por litro de sangre, más cinco días de privación de libertad.
5. Multa del 50 % del SBU
Se aplicará una sanción del 50 % del SBU ($ 241) y reducción de nueve puntos cuando ocasione un accidente con daños materiales menores a dos SBU (menos de $ 964). Conduzca con licencia caducada, anulada, revocada o suspendida. Adolescente mayor de 16 años conduzca sin cumplir las condiciones del permiso. Conductor extranjero preste transporte comercial en zonas de frontera. Exceda el número de pasajeros o volumen permitido.
6. Multa del 40 % del SBU
Será sancionado con 40 % del SBU ($ 192,80) y reducción de 7,5 puntos quien estacione o detenga vehículos en zonas peligrosas. Cause daños a la superficie de la vía pública. Derrame sustancias peligrosas en la vía. Transporte materiales inflamables sin autorización. Construya reductores de velocidad sin permiso. Dañe vías o deje escombros tras obras. Transporte personas en partes externas del vehículo. No porte franjas retrorreflectivas en transporte público. Se niegue a prestar el servicio de transporte.
7. Multa del 30 % del SBU
Se sancionará con 30 % del SBU ($ 144,60) y reducción de seis puntos cuando desobedezca señales o a agentes de tránsito. Adelante en zonas peligrosas. Coloque obstáculos sin autorización. Transporte escolar sin señales reglamentarias. Falte de palabra a la autoridad. Exceda moderadamente la velocidad. Incumpla normas técnico-mecánicas. Preste servicio fuera del ámbito autorizado. Confíe el vehículo a personas no autorizadas. Transporte carga sin señalización. No use casco en motocicletas. Circule sin placas o con placas alteradas.
8. Multa del 20 % del SBU
Pagará 20 % del SBU ($ 96,40) quien arroje basura desde el interior de un vehículo.
9. Multa del 15 % del SBU
Será sancionado con 15 % del SBU ($ 72,30) y reducción de 4,5 puntos quien incurra en cualquiera de las infracciones detalladas en este grupo, como conducción en sentido contrario, estacionamiento indebido, no ceder paso a vehículos de emergencia, incumplir Pico y Placa, entre otras.
10. Multa del 10 % del SBU
La sanción será de 10 % del SBU ($ 48,20) y reducción de tres puntos para las infracciones establecidas en este nivel, como uso de celular sin manos libres, estacionar en sitios prohibidos, no portar botiquín o extintor, no encender luces, entre otras.
11. Multa del 5 % del SBU
Será sancionado con 5 % del SBU ($ 24,10) y reducción de 1,5 puntos quien incurra en infracciones leves, como no usar cinturón de seguridad, arrojar basura, no mantener distancia prudente o no registrar el traspaso de dominio del vehículo.


