Ecuador tendrá feriado de Semana Santa en cuarentena

Este feriado de Semana Santa es diferente.

Ecuador tendrá sus tres días de descanso, a pesar de que todos los ciudadanos deben permanecer en sus hogares debido al toque de queda permanente que el Gobierno Nacional decretó el pasado 11 de marzo del 2020 debido a la emergencia sanitaria por el coronavirus.

Aunque todas las actividades presenciales de trabajo y clases están suspendidas, este viernes 10 de abril hay feriado por recordarse el Viernes Santo, día de la Pasión de Cristo para la iglesia católica. Por ello quienes hacen teletrabajo podrán tomar el día viernes libre, que se une al fin de semana.

Las procesiones del Cristo del Consuelo, en Guayaquil, y la de Jesús del Gran Poder, en Quito, así como las de otras parroquias fueron suspendidas, al igual que todos los eventos públicos y privados se encuentran suspendidos.

El Ministerio de Turismo mantiene en su sitio web una campaña “Descubre Ecuador desde casa”, para que mediante videos los ecuatorianos recuerden las bellezas del país de manera virtual durante este feriado de Semana Santa, determinado para el viernes 10, sábado 11 y domingo 12 de abril, según el calendario de feriados 2020.

La Disposición General Cuarta de la Ley Orgánica del Servicio Público establece que el Viernes Santo es un día de descanso obligatorio en Ecuador.

Las medidas de prevención por la propagación del COVID-19 siguen vigentes hasta el próximo lunes 20 de abril, luego de lo cual se comenzará a utilizar un semáforo por zonas y provincias para suavizar o endurecer esa restricción de movilización.

El toque de queda se mantiene inflexible de 14:00 a 05:00. Desde las 05:01 hasta las 13:59 solo es permitido movilizarse por situaciones excepcionales, de emergencia, o para comprar víveres y medicinas.

Este día viernes 10 de abril solo circulan carros cuya placa termine en 9 y 0.

El sábado y domingo está prohibida la circulación vehicular particular y de alquiles. Solo pueden movilizarse vehículos de carga o expresos de personal de la cadena de producción, comercialización y distribución de alimentos, salud e higiene con el salvoconducto autorizado. Lo mismo para vehículos de carga del sector exportador.

También tienen garantía de movilización los vehículos de personal hospitalario, médicos, enfermeros; también los comunicadores sociales, sin embargo deben mostrar el salvoconducto autorizado y su credencial. (I)