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Vehículos de instituciones públicas deberán portar placas

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Vehículos de entidades públicas deben portar placa, según decreto ejecutivo con normas de comportamiento ético

Se exceptuarán de esta disposición los casos en los que por motivos de seguridad debidamente justificados se disponga lo contrario.

El lunes 24 de mayo del 2021 , se firmo el Código de Ética (art. 6), el cual dice que las normas dictadas son mandatarias para:

  • Presidente de la República
  • Vicepresidente
  • Ministros de Estado
  • Viceministros
  • Secretarios de Estado
  • Subsecretarios

Máximas autoridades de agencias, servicios o entidades de control adscritas o integrantes de la Función Ejecutiva.

Todo funcionario de la Función Ejecutiva que, por las potestades que ejerza, está en una posición de favorecer o perjudicar directamente los derechos e intereses de cualquier ciudadano.  Pero en el documento también se habla de excepciones. Dice que los vehículos estatales no usarán placas solamente por motivos de seguridad debidamente justificado.