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Trámites y Requisitos para Renovar el DNI

Renovar DNI. Trámites y Requisitos para Renovar el DNI. Tener el DNI es un beneficio que te permitirá no solo proporcionar tus datos de identificación, sino realizar otros trámites a través de la firma digital, como el pago de servicios públicos y financieros, tarjetas de débito y crédito. Si lo tienes vencido, ¡conoce ya los Requisitos para renovar el DNI y disfruta de sus ventajas!. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

 

Índice

 

Requisitos para Renovar DNI            

Entre los requisitos que debes cumplir para realizar la renovación de tu DNI están:

  • Es imprescindible la presencia física de la persona a quien se haya de expedir el DNI
  • Que se encuentre dentro del período de caducidad, es decir dentro de los últimos 180 días de si vigencia.
  • Haber realizado la Primera Inscripción en el sistema.
  • Realizar el pago en efectivo de la tasa correspondiente, o utilizando el pago por vía telemática.

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Además deberás consignar los siguientes documentos:

  • Certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente, expedida con una antelación máxima de 6 meses a la fecha de presentación de la solicitud y con la mención expresa de que se expide a los solos efectos de obtener este documento.
  • Una fotografía reciente en color del rostro del solicitante. Tamaño 32×26 milímetros, con fondo uniforme blanco y liso, tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.

(La fotografía deberá mostrar claramente el óvalo de la cara y deberá ser de alta resolución y en papel fotográfico de buena calidad)

  • Certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio. Expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del DNI. (Sólo en el caso de realizar cambio de domicilio).
  • Si el alta en el Padrón Municipal se ha realizado en los dos últimos meses, es necesario aportar el certificado o volante de empadronamiento a que se hace referencia.

 

NOTA: Debido al posible retraso que se pueda producir en la actualización de los datos del domicilio en el sistema informático y en menor medida, a las posibles incidencias de carácter técnico (ajenas a Policía) en el acceso a los mismos, es recomendable que el ciudadano se provea con anterioridad del certificado o volante de empadronamiento.
  • Cuando el titular del DNI sea menor de 14 años o persona con capacidad judicialmente complementada se llevará a cabo en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela, o persona apoderada por estas últimas.

Puede descargar el modelo de apoderamiento, siendo importante leer la nota informativa que se descarga con el mismo.

  • En caso de variación de datos de filiación, Certificado del Registro Civil (expedido con una antelación máxima de seis meses a la fecha de la solicitud del DNI 3.0).
  • Cuando el solicitante sea menor de 14 años o incapaz, se hará entrega del documento en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o la tutela, o persona apoderada por estas últimas.
  • Si es menor de edad pero mayor de 14 años, deberá recogerlo personalmente.

 PARA CIUDADANOS ESPAÑOLES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO 

Necesitarán, además de los documentos antes mencionados, los siguientes:

  • Si hay cambio de domicilio y el nuevo lo es también en el extranjero: el Certificado de acreditación de residencia, expedido por el Consulado español donde esté inscrito como residente, con especificación del país, localidad, calle y número donde esté domiciliado, (expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la renovación del DNI 3.0).
  • No será necesaria la presentación de este Certificado para las renovaciones sin cambio de domicilio.
  • Los titulares de documentos expedidos con domicilio en el extranjero, tan pronto trasladen su residencia a España, aun cuando se trate de expediciones con validez permanente, deberán renovar dicho documento a efectos de actualización de domicilio.

Pasos para Renovar DNI

Para renovar tu DNI tienes dos opciones: una es hacerlo de forma Presencial y la otra es Online.

 PRESENCIAL: 

  • Hacer la solicitud de Cita Previa para DNI o Pasaporte en la página web oficial que te dejamos aquí.
  • El día asignado te atenderán personalmente.
  • Recuerda llevar todos tus documentos.

online

Sistema Online

 ONLINE: 

  • Acceder a la web Cita Previa para DNI o Pasaporte
  • Realizar el registro previo
  • Indicar el trámite a realizar (en este caso renovación DNI)
  • Introducir los datos: número de documento, letra y fecha de validez, expedición, etc.
  • Rellenar todos los campos y pulsar “Enviar datos”.
  • Elige la provincia, para que se muestren todas las oficinas de expedición del DNI disponibles. Puede ser una comisaría, o una oficina especializada.
  • Elige una y podrás ver los días y horas libres para los próximos meses.
  • En algunas oficinas ofrecen opciones de cita rápida y cita estándar, pero en la mayoría pasas directamente a los horarios.
  • Elige un mes, un día, y una hora. Fíjate que entre paréntesis se indica las citas disponibles en cada hora.
  • Son en tiempo real, así que debes elegir rápidamente. Desde que eliges hasta que la confirmas solo te la reservan 10 minutos.
  • Al seleccionar una hora verás la solicitud con el nombre de la oficina, fecha y demás.
  • Debes incluir tu número de móvil (por si tienen que enviarte algún mensaje) y un email para confirmarte la cita.
  • Al terminar pulsa en Confirmar, y la cita quedará fijada.
  • Recibirás una confirmación de la cita en tu email.
  • Puedes imprimirla o descargarla en formato PDF.
  • Debes pagar una tasa que ronda los 10€. Que podrá hacer a través de Internet y necesitas un certificado digital.
  • Si lo has perdido o ha caducado no hay recargo, salvo que tardes mucho tiempo en obtener otro.

 Cancelación de citas 

Si no puedes acudir a la cita para renovar el DNI, no te preocupes, puedes cancelarla sin necesidad de justificación.

¿Cada cuánto se debe renovar DNI?     

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El DNI tiene un período de validez de:

  • 2 años para las personas menores de cinco años.
  • 5 años para las personas menores de treinta años.
  • 10 años para las personas menores de setenta años
  • Permanente para las personas mayores de setenta años.

De forma excepcional se puede otorgar validez permanente a personas mayores de treinta años que acrediten la condición de gran inválido, o validez de un año si no se pueden presentar los documentos requeridos para su expedición.

Por otra parte, la renovación puedes realizarla dentro de los últimos 180 días para su caducidad.

¿Qué sucede si pierdo mi DNI?      

Se pierdes o extravías tu DNI, estás en la obligación de realizar una denuncia o comunicación de tal incidencia al equipo de expedición.

De esta forma, los certificados electrónicos de tu DNI quedan automáticamente anulados, siendo imposible realizar ninguna transacción telemática con ellos. Aquí te dejamos un enlace que te puede ayudar.

Sistema Online

CLICK AQUÍ

ploice

policia espana

El extravío, sustracción, destrucción o deterioro del DNI, conllevará la obligación de su titular de proveerse inmediatamente de un duplicado cuya validez será la misma que tenían los documentos a los que sustituyen, salvo que éstos se hallen dentro de los últimos 90 días de su vigencia, en cuyo caso se expedirán con la misma validez que si se tratara de una renovación.

En determinados casos se ha de cumplimentar un impreso (D-601) modelo que se entrega en la propia oficina de expedición, en el acto de solicitud del DNI.

Si el DNI a sustituir era del modelo anterior se ha de aportar una fotografía más.

¿A dónde debo acudir para renovar DNI?

El DNI se expide únicamente en España, en las comisarías de policía habilitadas y no se puede obtener en las Embajadas o Consulados de España en el extranjero.

¿Para qué funciona el DNI?

El DNI (Documento Nacional de Identidad) es un carnet de identidad electrónico que se expide en España desde el año 2006 y que posee un chip con información digital.

Este documento tiene suficiente valor, por sí solo, para acreditar la identidad y los datos personales de su titular que en él se consignen, así como la nacionalidad española del mismo.

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A cada DNI, se le asigna un número personal que tiene la consideración de identificador numérico personal de carácter general.

Todos los españoles tendrán derecho a que se les expida el DNI de Identidad, siendo obligatoria su obtención por los mayores de catorce años residentes en España y para los de igual edad que, residiendo en el extranjero, se trasladen a España por tiempo no inferior a seis meses.

También puede solicitarse desde la inscripción del menor en el Registro Civil.

Las autoridades españolas lo solicitan a los ciudadanos en el cumplimiento de sus funciones de indagación y prevención delictiva, así como para la sanción de infracciones penales y administrativas.

¿El DNI es válido fuera de España?

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El DNI tiene una estructura de datos equivalente al pasaporte. En este sentido, puede realizar funciones como documento de viaje en los países que permiten el viaje con DNI.

Siempre y cuando se permita su uso en los Pasos Rápidos de Frontera (ABC Systems) puede ser totalmente equivalente a un pasaporte.

Si vas a viajar fuera de España, y necesitas saber que documentación debes llevar, y que trámites debes hacer antes, durante y después del viaje, puedes consultar las Recomendaciones de Viaje del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.

Formato DNI

En el DNI se muestran los siguientes datos:

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