Solicitar Seguro de Desempleo del IESS

Solicitar el Seguro de Desempleo Ecuador

Si perdiste tu trabajo por causas ajenas a tu voluntad, el IESS puede pagarte una prestación mensual. Conoce qué es el Seguro de Desempleo, quién puede pedirlo y cómo solicitarlo en línea. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

 

¿Qué es el Seguro de Desempleo y para qué sirve?

Es una prestación económica del IESS. Protege a quien estaba afiliado bajo relación de dependencia y dejó de recibir sueldo porque el empleo terminó sin que lo pidiera.

No es un retiro de ahorros. Son hasta cinco pagos mensuales, solo mientras sigues sin trabajo y sin generar ingresos.

Tampoco es el fondo de cesantía. Ese ahorro personal se cobra en otro trámite, incluso si renunciaste. El Seguro de Desempleo no se otorga por renuncia, abandono o desahucio.

 

¿Quién puede solicitarlo?

Puede pedirlo quien estuvo afiliado al IESS en relación de dependencia, pública o privada, y cesó de forma involuntaria. Por ejemplo, por despido o porque terminó un contrato ocasional.

No aplica si eres jubilado del IESS, si tu jubilación está en trámite, o si solo eras afiliado voluntario, del Seguro Campesino o del trabajo no remunerado del hogar.

 

Requisitos para el Seguro de Desempleo

  • Tener al menos 24 aportaciones acumuladas en relación de dependencia.
    • De esas 24, las últimas 6 deben ser continuas.
  • Estar cesante al menos 60 días seguidos.
  • Presentar la solicitud desde el día 61 hasta 45 días después (el IESS lo indica como hasta el día 106 desde el cese).
  • No ser jubilado del IESS.
  • Tener cédula o código de extranjero, clave de afiliado y correo registrado.
  • Tener una cuenta bancaria personal registrada y aprobada en tu historia laboral.

El trámite es gratuito y solo se hace por internet

 

¿Cómo solicitar el Seguro de Desempleo? Paso a paso

  1. Entra a www.iess.gob.ec, elige Afiliados y luego Seguro de Desempleo.
  2. Ingresa tu cédula (o código de extranjero) y tu clave.
  3. Escribe el código OTP que llega a tu correo.
  4. En el menú, abre Seguro – Desempleo y Generar Solicitud.
  5. Completa el formulario y elige el pago: solo fondo solidario, o fondo solidario más parte de tu cesantía.
  6. Acepta los términos y confirma con el segundo código OTP.
  7. Revisa que tu cuenta bancaria esté registrada. El IESS no deposita en cuentas de terceros.

Consulta el estado en Consultar Solicitud. Si vuelves a generar ingresos, termina la solicitud de inmediato. Cobrar de más implica devolver el dinero con intereses.

Sistema Online

 

¿Cuánto se paga y cuándo llega?

Hay dos opciones:

  • Solo Seguro de Desempleo: cinco pagos iguales equivalentes al 70 % del salario básico unificado vigente a la fecha del cese.
  • Seguro de Desempleo y Cesantía: recibe el valor correspondiente al 70% del salario básico unificado vigente más el monto disponible en su cuenta individual de cesantía, (siempre que tenga fondos disponibles), de la siguiente forma:
    • Pago 1: 70% del promedio de los últimos 12 sueldos percibidos.
    • Pago 2: 65% del promedio de los últimos 12 sueldos percibidos.
    • Pago 3: 60% del promedio de los últimos 12 sueldos percibidos.
    • Pago 4: 55% del promedio de los últimos 12 sueldos percibidos.
    • Pago 5: 50% del promedio de los últimos 12 sueldos percibidos.

El primer pago se deposita entre el día 91 y el 120 desde el cese. Los siguientes, cada 30 días, si sigues cesante.

 

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirlo si renuncié?

No. Solo cubre el cese involuntario. Si renunciaste, evalúa el retiro del fondo de cesantía, que es otro trámite.

¿Cuántas veces se puede solicitar?

Cada vez que ceses de forma involuntaria y vuelvas a cumplir los requisitos.

¿Qué pasa si el empleador está en mora?

El IESS puede conceder el seguro si las aportaciones constan en tu historia laboral, aunque el patrono no las haya pagado.

¿Puedo facturar o reactivar el RUC mientras cobro?

No. Si generas ingresos, termina la solicitud. El uso fraudulento puede exigir devolver el triple de lo recibido.

¿Si ya recibí el Seguro de Desempleo durante 5 meses y no encuentro trabajo, puedo retirar mis fondos de cesantía?

Sí. Si continuas cesante, puedes solicitar la devolución del fondo de cesantía.

El Seguro de Desempleo se pide en línea, después de 60 días cesante y solo si perdiste el empleo de forma involuntaria. Reúne los aportes, registra tu cuenta y presenta la solicitud dentro del plazo. Confirma requisitos y valores vigentes en el IESS o en gob.ec.