
Si no manejaba mi auto debo pagar los daños de un choque
¿Si no manejaba mi auto, debo pagar los daños de un choque?; las enseñanzas del caso McLaren en Quito. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.
Tras el accidente del McLaren en Quito, la discusión se centra en la responsabilidad solidaria entre conductor y propietario
El choque de un McLaren en Quito reactivó el debate sobre la responsabilidad del propietario del vehículo y las obligaciones legales que pueden surgir aunque no haya estado conduciendo.
El accidente de un vehículo deportivo McLaren ocurrido la noche del 16 de junio de 2026 en el sector de Jipijapa, en el norte de Quito, no solo llamó la atención por los daños materiales y por el alto valor comercial del automotor. También abrió una pregunta jurídica que ha generado debate en redes sociales: ¿debe responder el propietario de un vehículo cuando no era quien lo conducía al momento del siniestro?
La interrogante cobró fuerza después de que se conociera que el conductor involucrado no sería el dueño del automóvil. A esto se sumó la aclaración de la empresa que realizó trabajos de mantenimiento al vehículo, que aseguró que la persona que lo retiró estaba autorizada por el propietario y que no mantenía ninguna relación laboral o comercial con la compañía.
La ley ecuatoriana y la responsabilidad solidaria
Mientras continúan las investigaciones para determinar las causas del choque, abogados especializados coinciden en que el eje principal del caso no está necesariamente en quién sostenía el volante, sino en quién figura legalmente como propietario del vehículo. Según Francisco Játiva, docente de la Escuela de Derecho de la UIDE, la normativa ecuatoriana establece expresamente una responsabilidad solidaria entre el conductor y el propietario del vehículo.
“La Ley de Transporte Terrestre establece que el propietario del vehículo responde solidariamente con el conductor frente a quienes hayan sufrido daños causados por éste”, explica Játiva.
En términos prácticos, esto significa que una eventual persona afectada por el siniestro puede reclamar la reparación de los daños al conductor, al propietario o a ambos simultáneamente. “La víctima puede dirigir su reclamación contra cualquiera de estos dos o contra ambos a la vez, sin importar quién tenía el volante a la hora del choque”, señala el jurista.
Responsabilidad si el vehículo pertenece a una empresa
Uno de los aspectos particulares del caso es que el automóvil no estaría registrado a nombre de una persona natural, sino de una sociedad de carácter civil y comercial. Para Játiva, esa circunstancia no altera el principio legal de solidaridad.
“Eso no cambia el esquema de solidaridad. Lo desplaza hacia una persona jurídica. Entonces la sociedad propietaria responde con su patrimonio y esa responsabilidad no depende de que haya actuado con culpa directa”, explica.
Esto implica que la eventual responsabilidad podría recaer sobre la empresa propietaria del automotor, independientemente de que sus representantes no hayan tenido participación directa en los hechos.
Diferencias entre seguro y responsabilidad legal
Aunque gran parte del debate público se ha concentrado en la posible cobertura del seguro, especialistas señalan que ese análisis es diferente al de la responsabilidad civil. Darío Guerrero, director comercial de Insurance Trust, explica que este tipo de automóviles suelen ser considerados vehículos exóticos dentro del mercado asegurador debido a su elevado valor y al costo de sus reparaciones.
“La responsabilidad legal puede mantenerse, pero la cobertura del seguro es otra discusión”, señala Guerrero.
El experto añade que las aseguradoras analizan las circunstancias del choque, la identidad de quien conducía y las condiciones contractuales antes de determinar si corresponde una indemnización. Por ello, la discusión sobre quién responde frente a terceros y la posible participación de una aseguradora avanzan por caminos distintos.
¿Responsabilidad para la empresa de mantenimiento?
Tras el siniestro surgieron versiones que intentaban vincular a la empresa que intervino en el mantenimiento del vehículo con la conducción del automotor. Sin embargo, la compañía informó que el automóvil fue entregado a una persona expresamente autorizada por el propietario una vez finalizados los trabajos realizados.
Para Játiva, si esa circunstancia se confirma dentro de la investigación, la empresa no tendría responsabilidad civil derivada del choque. El abogado explica que la discusión jurídica se concentra en el conductor y en el titular registral del vehículo, siempre que la entrega se haya realizado de manera legítima a una persona autorizada.
Puntos aún por esclarecer
Aunque las imágenes del siniestro se difundieron ampliamente en redes sociales, todavía existen elementos que no han sido esclarecidos oficialmente. Entre ellos figuran la identidad definitiva del conductor y las causas exactas que provocaron la pérdida de control del automóvil.
“Eso importa para determinar si el choque fue producto de una negligencia o imprudencia”, explica Játiva.
Mientras avanzan las investigaciones, este caso se convierte en un ejemplo claro sobre cómo la responsabilidad jurídica puede extenderse más allá de quien ocupa el asiento del conductor.


