Reclama paso a paso una multa ya pagada a la DGT

Reclama paso a paso una multa ya pagada a la DGT

Reclama paso a paso una multa ya pagada a la DGT. No preocuparte por informarte de las multas que tienes puede conllevar serios problemas. El organismo sancionador de la DGT se encarga de publicar la notificación en los boletines oficiales correspondientes, y a partir de ahí sigue su curso. Pasados los plazos para recurrir y pagar la multa, llegarán los embargos de cuentas bancarias, bienes en propiedad… Pero también es verdad que puede ser que esa multa que nos reclaman ya hubiera sido pagada. Y es ahí donde podemos recurrirla. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.

Podrás apelar o recurrir a la DGT sobre esa multa

Porque sí; pagar una multa por error (o con error) y conseguir que te devuelvan el dinero es posible. En este práctico te contamos cómo hacerlo. Al fin y al cabo podemos despistarnos con la velocidad, olvidar la señalización de un giro determinado o, por supuesto, aparcar en un espacio determinado sin tener conocimiento de que estaba prohibido.

¡Hasta por llevar el abrigo puesto nos pueden poner una multa! En todos estos casos, podrás apelar, mecanismo que puede evitar el desembolso del importe de la misma o su devolución si ha sido pagada previamente.

Ante todo, y antes de hacer cualquier operación, lo mejor es entrar primeramente en la web del Tablón Edictal de Sanciones (TESTRA) donde podemos acceder a las notificaciones de procedimientos sancionadores de la DGT, servicios de tráfico de Cataluña y País Vasco y de más de 900 ayuntamientos. Como tal, no será necesario que estemos registrado ni tener el certificado digital.

Cómo lo tenemos que hacer

Así, hay que saber que pagar una multa de tráfico supone asumir los actos notificados. Esto es importante pues la reclamación de una sanción ya pagada sólo podrá ser efectiva si se ha duplicado el pago, se ha producido alguna anomalía durante el pago o la cuantía no corresponde a la multa impuesta.

A la vez, y para presentar cualquier tipo de alegación contra una multa de tráfico, lo que se podrá conseguir es la retirada de la multa si demostramos, por ejemplo, que los aparatos medidores no cumplían con los requisitos técnicos exigidos, entre otras excepciones.

Se trata de una gestión que puede acometerse a través de dos vías: en persona, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico en la ventanilla de información o incidencias o, en su caso, por Internet, a través del registro electrónico del punto de acceso general de la Administración.

Como explica la Dirección General de Tráfico, la DGT da la opción de anular el pago durante las primeras 24 horas, de manera que, a través del portal de la DGT y tras identificarnos usando el sistema Cl@ve, en el apartado «consultas» nos saldrá la opción de anular el pago.

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La devolución puede demorarse hasta 6 meses

Si se ha pasado ese plazo inicial, podemos entonces iniciar un proceso de solicitud de devolución que, eso sí, será mucho más lento, ya que la DGT puede demorarse hasta 6 meses en la devolución. Para iniciar el trámite se debe rellenar el impreso de solicitud de devolución, adjuntando además toda la documentación necesaria, y presentarlo bien de manera presencial a través de una jefatura de Tráfico o bien a través de la Sede Electrónica de la DGT.

Esa documentación que debemos rellenar y enviar al organismo es esta que vemos a continuación:

  • Impreso de solicitud de devolución de tasas o sanciones debidamente cumplimentado.
  • Justificante del pago de la sanción donde se identifica el número de expediente sancionador para los casos en los que se solicita la devolución por haber duplicado el pago cuando es el mismo día y para los casos en los que la persona que hubiera realizado el pago de la sanción fuera distinta al sancionado
  • Copia de la resolución del recurso o reclamación, en caso de ser la causa de la devolución.
  • Por último, y sea cual sea el procedimiento escogido y el solicitante que lo lleve a cabo, se trata de un trámite completamente gratuito, como señala la propia DGT. Una vez realizado, el importe se devolverá a la cuenta corriente facilitada en el impreso de devolución que debemos rellenar.