Quiénes heredan la jubilación del IESS si el jubilado fallece

Quiénes heredan la jubilación del IESS si el jubilado fallece

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Quiénes heredan la jubilación del IESS si el jubilado fallece

Cuando un jubilado afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) fallece, existe la posibilidad de que el dinero de la jubilación sea heredado por terceros.

A continuación, conoce que familiares pueden ser beneficiarios de la jubilación de la seguridad social.

¿Qué familiares heredan la jubilación de la seguridad social?

Los principales beneficiarios de la jubilación del IESS en caso de fallecimiento son los siguientes:

  1. Viudos o viudas: El cónyuge sobreviviente tiene derecho a heredar parte de la jubilación del IESS. En caso de que exista un grupo familiar, la viuda recibirá el 60% de la renta correspondiente al causante.
  2. Convivientes: Si el afiliado fallecido tenía una relación de convivencia, el conviviente también puede heredar la jubilación. Para ello, se requiere presentar el acta de unión de hecho o el registro de la unión de hecho.
  3. Hijos menores de edad: Los hijos del afiliado fallecido que sean menores de 18 años tienen derecho a recibir una parte proporcional de la jubilación. El 40% restante de la renta se dividirá equitativamente entre los hijos menores de edad que tengan derecho.
  4. Hijos incapacitados para el trabajo: Si el afiliado fallecido tenía hijos que están incapacitados para trabajar y cumplen con los requisitos de soltería, viudez o divorcio, también pueden heredar la jubilación.
  5. Padres: En el caso excepcional de que el afiliado fallecido no tenga hijos ni pareja, sus padres pueden ser acreedores de la jubilación del IESS.

Es importante destacar que, en caso de existir deudas pendientes con el IESS, el dinero de la jubilación no será entregado hasta que esas deudas sean canceladas.

Documentos necesarios

Para solicitar la herencia por fallecimiento de un jubilado o beneficiario de montepío, se deben reunir los siguientes documentos:

  1. Cédula de identidad del solicitante.
  2. Certificado de defunción del afiliado fallecido.
  3. Certificado bancario de una institución financiera ecuatoriana. La cuenta bancaria debe pertenecer al solicitante (beneficiario).
  4. Certificado de matrimonio en caso de ser cónyuge.
  5. Acta de unión de hecho o registro de unión de hecho en caso de ser conviviente con el afiliado fallecido.

Trámite para solicitar la herencia por fallecimiento de jubilado o beneficiario de montepío

El trámite de solicitud de herencia se realiza a través del portal web del IESS siguiendo estos pasos:

  1. Ingresar al portal web https://www.iess.gob.ec/y seleccionar la opción «Formularios» ubicada en la parte inferior de la página principal. Luego, elegir la sección «Pensiones» y hacer clic en «Solicitud de Herencia Formulario Montepío» para descargar el formulario correspondiente.
  2. Completar el formulario con la información requerida.
  3. Una vez que se hayan generado los documentos habilitantes, ingresar al sitio web del IESS (Clic aquí), ir a la sección «Contáctenos» y seleccionar la opción «Recepción de trámites». Luego, hacer clic en «Formulario» y elegir el trámite que se va a realizar. Llenar correctamente los campos solicitados y adjuntar todos los requisitos en formato JPG o PDF. En el mensaje, proporcionar una breve descripción de la solicitud.
  4. La respuesta a la solicitud se recibirá a través de correo electrónico.

Espero que esta información sea de utilidad. Si tienes alguna otra pregunta, no dudes en hacerla.

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