A este proceso están llamados los integrantes de las Fuerzas de Reserva militar de las levas que van desde 1984 hasta 2003.
Ellos deberán presentarse en los repartos militares de siete ciudades: Quito, Latacunga, Santo Domingo, Machala, Guayaquil, Cuenca, Ibarra.
¿Qué son los reservistas?
Las Fuerzas Armadas están integradas por personal militar permanente y las reservas. Estas últimas están para apoyar a las operaciones militares.
Las reservas son el personal que no se encuentra activo en las labores militares, pero que pueden ser convocados cuando las Fuerzas Armadas así lo requieran, según lo que establece la Ley.
Según la Ley Orgánica de Defensa Nacional, las reservas están integradas por:
- Los oficiales y la tropa en servicio pasivo.
- Los conscriptos que hubieren cumplido cinco años a disposición luego del período de servicio militar.
- Los oficiales y la tropa, de reserva, formados en los cursos correspondientes, de acuerdo a las leyes y reglamentos pertinentes.
¿Cuándo se puede convocar a los reservistas?
El artículo 63 de la Ley de Servicio Militar Obligatorio señala que los ciudadanos que integran las reservas con instrucción, es decir, que han recibido preparación militar, podrán ser llamados al servicio activo, por las siguientes causas:
- Ante peligro de inminente agresión externa, de guerra internacional o de grave conmoción interna, mediante Decreto Ejecutivo.
- Para reentrenamiento militar, mediante Acuerdo Ministerial.
En esta ocasión, el llamado es por el segundo motivo.
¿Para qué convocan a los reservistas?
Según un Acuerdo Ministerial emitido por la Cartera de Defensa el lunes 1 de abril, se requieren 1.800 reservistas para completar los requerimientos de las Fuerzas Armadas para la consulta popular del 21 de abril.
Eso, debido a que el personal militar permanente se encuentra desplegado en las cárceles, porque el conflicto armado interno en el país persiste, según lo decretó el presidente Daniel Noboa.