Puedes deducirte como autónomo cómo hacerlo online

Puedes deducirte como autónomo cómo hacerlo online

Puedes deducirte como autónomo cómo hacerlo online. ¿Acabas de establecerte como autónomo y no sabes de qué gastos puedes desgravar el IVA o en cuáles puedes deducir de IRPF o en la declaración de la Renta? En este artículo revisamos los principales gastos deducibles para los trabajadores por cuenta propia. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.

A continuación revisamos los principales gastos deducibles y valoramos también cómo podemos realizar estos trámites online de forma cómoda y sencilla. Debes valorar que algunos gastos permiten deducir el IVA mientras que otros únicamente se pueden deducir del IRPF. Por norma general, son deducibles todos aquellos gastos que se deriven de nuestra actividad profesional o se encuentren relacionados con ésta y que sean demostrables. Será necesario contar con tickets y facturas para poder justificar estos gastos. Te lo contamos todo.

Gastos deducibles

En primer lugar pasamos a revisar los principales gastos deducibles para los trabajadores de cuenta propia. Desde gastos de alquiler hasta suministros, pasando por dietas o gastos de explotación. Revísalos a continuación.

Vivienda, gastos del hogar e IBI

En primer lugar, debemos saber que si realizamos nuestra actividad por cuenta propia en nuestra vivienda, podemos deducirnos la parte proporcional del espacio que usamos para realizar nuestro trabajo, tanto si tenemos hipoteca como si pagamos alquiler. También podemos deducirnos los gastos de la comunidad.

Por otro lado, el IBI también es deducible si utilizamos nuestro hogar como oficina, de manera total o parcial. La tasa de basura también es un gasto deducible. En estos casos debemos tener en cuenta que solamente podemos hacerlo si somos quien paga estos gastos. Son deducibles del IRPF.

Si alquilamos un local para realizar nuestra actividad por cuenta propia también podemos deducirnos este gasto completamente. Ahora bien, si trabajamos desde casa, como indicábamos arriba, solamente podemos deducirnos la parte proporcional que usamos para realizar la actividad. Es importante revisar que el contrato de alquiler no incluya ninguna cláusula que impida el uso de la vivienda para ejercer una actividad económica.

Las dietas

También podemos deducirnos las dietas del IRPF y del IVA. En este último caso siempre debemos aportar las facturas. En las dietas podemos incluir las consumiciones que hayamos hecho en bares, restaurantes o en hoteles, entre otros espacios. Son gastos comunes pero para confirmar que se trata de gastos reales y legítimos (y que no estamos introduciendo en este concepto comidas con amigos y familiares), es recomendable pagar con una tarjeta de crédito asociada a nuestros gastos profesionales, pedir siempre tickets y facturas y no sobrepasar los 26,67 euros diarios en España o los 48,08 euros diarios en el extranjero.

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Los gastos de explotación

Los gastos de explotación, de compra de materias primas o de materiales pueden deducirse del IRPF y del IVA. Debemos justificar que son gastos necesarios para poder realizar nuestra actividad por cuenta propia. Aquí podemos incluir, por ejemplo, materiales como folios, carpetas o libretas, pero también todo tipo de materiales necesarios para nuestro negocio.

Vehículos y gasolina

En primer lugar, podemos deducirnos del IVA y del IRPF la compra y la utilización de un coche o de cualquier otro vehículo. Para ello, debemos poder acreditar que usamos nuestro vehículo de manera exclusiva para realizar nuestra actividad profesional por cuenta propia.

En caso contrario, si utilizamos el coche de manera personal y profesional, no podremos deducirnos el IRPF pero sí podremos deducir el 50% de todos los gastos relacionados con nuestro vehículo: desde estacionar en parkings hasta las reparaciones y también los gastos de gasolina.

Gastos por suministros

Como indicábamos arriba con el alquiler, si hemos alquilado un local para ejercer nuestra actividad por cuenta propia podremos deducirnos todos los gastos. Si teletrabajamos por cuenta propia podremos deducirnos un 30% de los gastos por suministros. El 30% debe aplicarse al porcentaje de vivienda que usamos para ejercer nuestra actividad por cuenta propia. Para poder hacerlo todas las facturas deben estar a nuestro nombre y no deben existir cláusulas en el contrato que impidan la realización de actividades económicas en el espacio alquilado.

Conexión a Internet y teléfono fijo

El teléfono fijo e Internet son también gastos deducibles de las oficinas o locales destinados exclusivamente a ejercer una actividad por cuenta propia. Las personas que teletrabajan tendrán que abrir nuevas líneas para poder deducirse completamente estos gastos. Son gastos deducibles del IRPF y del IVA. Si queremos mantener los mismos teléfonos y conexiones no podremos deducirnos estos gastos.

El ordenador

También puedes deducirte la compra de un ordenador o portátil destinado a realizar tu actividad profesional por cuenta propia. Se trata de un bien de inversión y por tanto, si su coste es superior a 800 euros tendrás que amortizarlo durante varios años. Sin duda actualmente es un elemento básico para cualquier trabajador por cuenta propia, y uno de los principales gastos, y probablemente de los primeros que podrás desgravarte.

Dominio, diseño web y gastos de publicidad

Asimismo, también podemos deducirnos y desgravar el IVA de los gastos de dominio, hosting y de licencia de software necesarios para ejercer nuestra actividad profesional. Debemos contar con factura para poder justificar estos gastos.

Además, también podemos deducir los gastos de publicidad online, como la publicidad en Google o en las redes sociales, y los gastos derivados de la publicidad tradicional. Del mismo modo, son deducibles también los gastos derivados de diseñar una página web, pero tendremos que aportar justificantes.

Asesoría, gestoría y cuota de autónomos

Otros de los gastos más comunes son los de gestoría y asesoría. Si tenemos contratado un gestor, nos suscribimos a alguna asesoría o compramos programas de facturación, pedimos asesoría laboral o asesoría legal, podemos deducir estos gastos del IRPF y del IVA si tenemos factura.

Finalmente, la cuota de autónomos es otro de los gastos deducibles del IRPF más comunes. Podemos deducir este gasto del IRPF y para ello no hace falta disponer de ticket ni de factura.

Cómo hacerlo online

Ahora que ya sabes cuáles son los gastos más comunes que puedes deducirte como autónomo, debes saber que para declarar el IVA y el IRPF y deducir los gastos tienes que presentar los modelos 303, 390 y 130 en Hacienda. El 303 y 3l 130 son modelos trimestrales, mientras que el 390 es un modelo anual.

Puedes presentar estos modelos online si tienes un certificado, una firma digital o una Clave Pin. Podrás presentar los modelos directamente desde la Web de Hacienda.

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Tendrás opción de domiciliarlos y realizarán el cargo el último día de impuestos. En este caso los plazos se acortan cinco días. Si tus impuestos son negativos y no tienes que pagar, puedes realizar el mismo procedimiento online usando tu firma digital, certificado o Clave PIN para presentar los documentos. En este caso dispondrás de los plazos normales para su presentación.