Multa por aparcar en una plaza de minusválidos

Multa por aparcar en una plaza de minusválidos

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¿Te pueden multar por aparcar en una plaza de minusválidos de un centro comercial?

Seguro que más de una vez te has fijado en que una persona ha aparcado su coche de manera correcta en una plaza para personas con movilidad reducida, ya sea en un centro comercial o en el parking de un supermercado. Pues bien, hay que andar con mucho ojo, no solo por el hecho de que esa persona lo necesitará más que otros, sino porque también pueden multar por aparcar en una plaza reservada para minusválidos.

Aunque creas que un solo momento no puede molestar a nadie ni ponerles las cosas más difíciles, lo cierto es que hay personas que necesitan esa plaza mucho más. Especialmente cuando van en silla de ruedas.

En este sentido, una de las escenas que se repiten más en los aparcamientos de los centros comerciales es aquellos conductores que deciden estacionar sus vehículos porque creen que la policía no puede multarles. Y todo por el hecho de que se trata de un recinto privado. Sin embargo, la realidad no es así, ya que esos parkings son considerados una vía pública.

Son de uso público y pueden multar

Una de las creencias que más están extendidas entre los conductores es que, al tratarse de un recinto privado, la policía no tiene la competencia para multar a los conductores que aparquen mal, como es el caso de estacionar en una plaza reservada para minusválidos. Sin embargo, la ley establece que este tipo de aparcamientos son vía pública, ya que son de uso público los utilizan una gran cantidad de ciudadanos. Y ya no solo en un centro comercial, también en cualquier supermercado.

Por tanto, al igual que ocurre en las calles de tu ciudad, si decides estacionar en un aparcamiento para personas con movilidad reducida cuando no es tu caso, entonces te pueden multar. Hay que tener en cuenta que, en este tipo de aparcamientos, únicamente pueden estacionar aquellos vehículos que cuenten con el distintivo y la autorización en particular, de lo contrario no se puede dejar el coche en esas plazas.

En resumen, cualquier conductor que cometa esta infracción al estacionar su vehículo puede ser sancionado. Se aplica lo mismo que en la calle o en carretera. Ya no solo aparcar dónde no se debe, dentro de un parking de un centro comercial, los agentes pueden sancionar si se va en dirección contraria.

Aunque, en el caso de garajes, que estén dentro de recintos privados cuyo uso está destinado al uso exclusivo de los propietarios, no se considera público, por lo que es la excepción que fija el Reglamento General de Circulación.

¿Cuánto es la multa?

Si paras un segundo o incluso cuando estés dentro del coche, pero mal estacionado en una de estas plazas, ten claro que los agentes te pueden sancionar igualmente. En estos casos, la cuantía de esta infracción asciende hasta los 200 euros. Al igual que ocurre en otros casos como puede ser aparcar en carga y descarga, doble fila o en vado.

Esta multa también tiene la posibilidad de reducirse a la mitad, es decir, hasta los 100 euros por el descuento de pagar pronto. Además, si quieres recurrir la multa, ten claro que pierdes la alternativa de pagar la mitad por la sanción. Por último, ten en cuenta que al estacionar en una plaza reservada para minusválidos no quita puntos del carnet. Y es que esto no pone en riesgo a los demás, por lo que no se fija una retirada de puntos.