Impuesto a las ganancias: el Gobierno oficializó la suba del mínimo no imponible
Impuesto a las ganancias la medida, que había sido anticipada por Martín Guzmán tras los reclamos de Sergio Massa, se hizo efectiva a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Decreto 298/2022. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Casi dos semanas después de que el ministro de Economía, Martín Guzmán, lo anunciara en la Casa Rosada, el Gobierno confirmó este martes el nuevo piso del Impuesto a las Ganancias, que desde junio es de $280.792.
La medida se hizo efectiva a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Decreto 298/2022.
Con la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de gabinete, Juan Manzur y del propio titular del Palacio de Hacienda, las autoridades nacionales informaron que ese será el límite a partir del cual quedarán alcanzado por este gravamen los salarios brutos durante el actual periodo fiscal.
Además, se aclaró que “para el caso de las rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del artículo 82 de la ley”, quienes no superen ese monto mensual “deberán adicionar a la deducción del apartado 2 del inciso c) del artículo 30 de la citada norma legal, un monto equivalente al que surja de restar a la ganancia neta las deducciones de los incisos a), b) y c) del citado artículo 30, de manera tal que será igual al importe que -una vez computada- determine que la ganancia neta sujeta a Impuesto a las ganancias sea igual a cero”.
En tanto, quienes excedan esa cifra pero no lleguen a una remuneración o haber mayor de $324.182, inclusive, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) “será la encargada de establecer el monto deducible adicional pertinente, conforme lo prevé la segunda parte del anteúltimo párrafo del inciso c) del artículo 30 de la ley del impuesto”.
Asimismo, se anticipó que el organismo conducido por Mercedes Marcó del Pont “adecuará las disposiciones referidas al régimen de retención aplicable, en virtud de las modificaciones introducidas” a partir del incremento del mínimo no imponible de Ganancias.
Por último, se ratificó que “las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultarán de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a Impuesto a las ganancias a partir del 1° de junio de 2022, inclusive”.
Finalmente, el ministro de Economía anunció el 27 de mayo pasado este incremento, luego de una reunión que mantuvo en la Casa Rosada con el líder del Frente Renovador y los cosecretarios generales de la Confederación General del Trabajo (CGT), Héctor Daer, Pablo Moyano y Carlos Acuña.
Después de aquella reunión, Massa destacó que Alberto Fernández haya tomado esta medida que busca frenar la caída del poder adquisitivo debido a la inflación: “Como Estado tenemos que hacer un esfuerzo para que el trabajador no pierda al momento de pagar los impuestos. La suba del mínimo no imponible nos permite mantener la idea de que el salario no es ganancia, sino remuneración”, afirmó.
En los considerandos del Decreto publicado este martes, el Gobierno señal{o que resultaba “necesario anticipar parcialmente, y hasta su completa aplicación, la actualización anual” de los mínimos no imponibles de este gravamen, con el objetivo de “evitar que la carga tributaria neutralice los beneficios vigentes y en consonancia con “la correspondiente política salarial”.