Cargas Familiares para la Rebaja al Impuesto a la Renta

Impuesto a la Renta Cómo registrar las cargas familiares en el SRI

Impuesto a la Renta: ¿Cómo registrar las cargas familiares en el SRI?. El portal del SRI ya recepta los formularios de los contribuyentes. Este proceso es clave desde febrero  para la proyección de gastos y pago del IR. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

Este año, el papel que juegan las cargas familiares para el cálculo del Impuesto a la Renta (IR) es clave. Según explicó a elyex el director Nacional de Recaudación y Asistencia al Ciudadano del Servicio de Rentas Internas (SRI), Mauricio Coronado, para el nuevo cálculo del IR, los contribuyentes deben tomar en consideración dos elementos:

  1. Los gastos personales declarados, que son todos aquellos sustentados en comprobantes de venta válidos, por tanto, a lo largo del 2024 hay que juntarlos para tener de respaldo.
  2. El segundo, el valor de la Canasta Familiar Básica (CFB), base para aplicar una tabla de “cargas familiares”, las cuales deben registrarse para la proyección y las retenciones por parte del empleador (en caso de contribuyentes en relación de dependencia) o de la autoridad tributaria (en caso de los contribuyentes que no se encuentran bajo relación de dependencia).

El registro de cargas familiares es importante este año porque, según la cantidad de personas que dependan de uno, se puede obtener un valor que pueda incidir en la rebaja del pago del IR del , conforme la siguiente tabla:

Pero, ¿cómo debe hacerse el registro de estas cargas?

En primer lugar, el contribuyente debe identificar sus cargas familiares ante el SRI, estas son los padres, el cónyuge o pareja en unión de hecho y los hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad, que no perciban ingresos gravados y que sean dependientes. En caso de que dos o más contribuyentes tengan las mismas cargas familiares, estas podrán ser distribuidas entre ellos de forma discrecional, pero en ningún caso, dos o más contribuyentes podrán considerar a la misma carga familiar para la rebaja de gastos personales.

Una vez identificadas las cargas, el contribuyente debe ingresar a la página web del SRI (www.sri.gob.ec). En el menú desplegado del lado izquierdo, seleccionar la opción Anexos; a continuación marcar Anexo de gastos personales en línea y Registro de cargas familiares para períodos a partir de . Luego se debe llenar la información de las cargas familiares solicitada, pulsar en Aceptar, y finalmente en la ventana de confirmación que aparecerá pulsar Aceptar para terminar el registro.

 

Documentación

Para validar las cargas familiares debe proporcionar la siguiente documentación:

Copia de la cédula de identidad del cónyuge o pareja en unión de hecho, copia de la cédula de identidad de los hijos menores de 21 años, carné de discapacidad emitido por la autoridad competente y copia de la cédula de identidad de los hijos con discapacidad, copia del certificado o aval de padecer una enfermedad catastrófica, rara o huérfano emitido por el Ministerio de Salud Pública o el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) a nombre del trabajador o de su carga familiar, según corresponda.

 

Presentación de anexos

Una vez registradas las cargas, el siguiente paso es presentar el Anexo de gastos personales, trámite que se puede realizar hasta el 28 de febrero del 2024. Esta proyección debe calcularse tomando en cuenta las cargas familiares. Así, el tope para la deducción de gastos personales es hasta $ 15.294. Las personas con cargas con enfermedades catastróficas, raras o huérfanas (para ello deberán presentar certificado médico del MSP o del IESS) tendrán derecho al máximo de gastos deducibles de $ 15.294 al año, sin importar el número de personas que integren el hogar.

 

Gastos que debe considerar

Los gastos personales que se considerarán para el cálculo de la rebaja son los siguiente:

  • Vivienda: arriendo, intereses de hipotecarios, servicios básicos.
  • Salud: honorarios médicos, medicinas, lentes, prótesis, seguros médicos, deducibles.
  • Educación: matrículas, pensiones, uniformes, útiles, arte y cultura.
  • Alimentación: pensiones alimenticias, compras de alimentos y comidas preparadas en restaurantes.
  • Vestimenta. Cualquier tipo de prenda.
  • Turismo local: en establecimientos registrados y con licencia.
  • Mascotas: alimentación, salud, educación y vestimenta del animal