Hasta cuándo se paga el decimocuarto

Hasta cuándo se paga el decimocuarto

Hasta cuándo se paga el decimocuarto. El decimocuarto sueldo o bono escolar es uno de los beneficios económicos por ley para los empleados de Ecuador que sirve como apoyo a los padres de familia para el retorno a clases de sus hijos. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.

En la región Costa y Galápagos deberá ser pagado hasta el 15 de marzo de 2023. El monto es equivalente a un salario básico unificado, es decir USD 450.

Este pago está estipulado en el artículo 113 del Código de Trabajo. Tienen derecho a recibirlo en su monto íntegro todas las personas en relación de dependencia que han trabajado durante un año en la empresa.

¿Hasta cuándo se paga?

Debe ser pagado hasta el 15 de marzo, la única limitante es que haya decidido no mensualizar esta remuneración, luego de un acuerdo entre trabajador y empresa. Al ser el decimocuarto una remuneración que se calcula hasta el 28 de febrero, la ley señala que la fecha máxima de pago es el 15 de marzo.

Este plazo se da para calcular el monto que recibirán las personas que no iniciaron sus labores el 1 de marzo del 2022.

En este caso, se debe calcular un proporcional por todos los meses trabajados.

En el caso de la Sierra y la Amazonía, se calcula desde el 1 de agosto del 2022 y el 31 de julio de este año. Se debe pagar en los 15 primeros días de agosto del 2023.

La remuneración la reciben los empleados desde que cumplen un año de labores en la empresa, y se paga en vísperas del año lectivo de cada región: hasta el 15 de marzo en la región Costa/Galápagos y hasta el 15 de agosto es la región Sierra/Amazonía.

Para calcular el monto a recibir del decimocuarto sueldo se debe tomar en cuenta el tiempo trabajado en días/horas y el periodo de cálculo según la región:

Región Sierra/Amazonía: Del 1 de agosto del año anterior al 31 de julio del año en curso.
Región Costa/Galápagos: Del 1 de marzo del año anterior al 28 de febrero del año en curso.