
Hacienda te devuelve el dinero si vives con tus padres o abuelos
Hacienda te devuelve hasta 2 550 euros si vives con tus padres o abuelos así puedes solicitarlo. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.
¿Vives con una persona mayor de 65 años? Entonces podrías estar a punto de recibir una buena noticia por parte de Hacienda. La Agencia Tributaria ha puesto en marcha una medida fiscal que permitirá desgravar hasta 1.150 euros, y hasta 2.550 euros en algunos casos, a quienes convivan con personas mayores, siempre que se cumplan una serie de requisitos clave.
Esta deducción fiscal representa un alivio económico para los contribuyentes que cumplen los requisitos. La reducción en la base imponible puede suponer un ahorro de hasta 2.550 €, un importe significativo que impacta directamente en el resultado de la declaración.
¿Cuánto dinero me paga Hacienda por vivir con una persona mayor?
La deducción está destinada a quienes conviven con una persona mayor de 65 años, o con discapacidad reconocida igual o superior al 33 %. El objetivo, según fuentes consultadas, es equiparar el beneficio fiscal a otras situaciones de dependencia, compensando el esfuerzo y gasto que implica el cuidado diario de personas mayores dentro del núcleo familiar. Este importe no se otorga de forma directa, sino que se aplica en forma de deducción en el borrador de la declaración de la Renta. Es decir, Hacienda reduce la base imponible del IRPF hasta en 1.150 euros por cada ascendiente que cumpla los requisitos. Pero la cosa no queda ahí.
Si la persona con la que convives tiene 75 años o más, el importe que puedes deducir asciende a 2.550 euros. En muchos casos, esta desgravación puede marcar la diferencia entre salir a pagar o recibir una devolución significativa a la hora de hacer la Renta, por lo que conviene tenerlo en cuenta incluso si no estás obligado a presentar la declaración. De hecho, presentar la Renta en estos casos puede abrir la puerta a recibir este beneficio fiscal, incluso si tus ingresos no alcanzan el mínimo exigido para tributar.
Condiciones de la ayuda
Eso sí, Hacienda establece ciertas condiciones que se deben cumplir al pie de la letra. La primera de ellas es el requisito de convivencia. Es necesario haber vivido con el ascendiente al menos durante la mitad del periodo impositivo, lo que se traduce, en términos prácticos, en seis meses al año como mínimo. Además, el mayor con el que se convive no debe haber ingresado más de 8.000 euros anuales, sin contar las rentas exentas como pensiones no contributivas o ayudas por dependencia. Y un detalle importante: no debe haber presentado una declaración del IRPF con rendimientos superiores a 1.800 euros.
Estos requisitos pretenden garantizar que el beneficio se destina a quienes verdaderamente conviven y se hacen cargo de una persona mayor en situación de dependencia o necesidad económica. También es una forma de evitar duplicidades o deducciones no justificadas. Por ello, conviene revisar bien la situación fiscal del ascendiente antes de aplicar la deducción, ya que cualquier error podría hacer que Hacienda revise tu expediente e incluso aplique sanciones.
También habrá que acreditar adecuadamente esa convivencia. Aunque no siempre se exige documentación inmediata, en caso de revisión, Hacienda podría pedir pruebas como el empadronamiento conjunto, recibos domiciliados en la misma dirección o incluso certificados del centro de salud.
Requisito | Condición Específica | Importe de la Deducción |
---|---|---|
Edad del Ascendiente | Mayor de 65 años | 1.150 € |
Edad del Ascendiente (Incremento) | Mayor de 75 años | 1.400 € adicionales (Total: 2.550 €) |
Convivencia | Vivir con el ascendiente al menos la mitad del periodo impositivo (183 días) | Aplica a ambos casos |
Ingresos del Ascendiente | No tener rentas anuales superiores a 8.000 €, excluidas las exentas. | Aplica a ambos casos |
Declaración del Ascendiente | No haber presentado declaración de IRPF con rentas superiores a 1.800 €. | Aplica a ambos casos |
Cabe destacar que esta deducción no es automática. El contribuyente debe marcarla de forma activa al realizar su declaración de la Renta, ya sea a través del programa Renta WEB o en una oficina de la Agencia Tributaria. Como siempre, conviene revisar bien cada apartado y, en caso de duda, acudir a un asesor o a los servicios gratuitos que ofrece Hacienda durante la campaña de la Renta.
Así que si vives con un padre, madre, abuelo o abuela mayor de 65 años y cumples los requisitos, podrías beneficiarte de una deducción que supera los mil euros. Y si esa persona tiene más de 75 años, el ahorro puede superar los 2.500 euros. Un alivio económico que muchos no conocen y que ahora que lo sabes, quizás este año te convenga presentar la Renta. Porque, a veces, Hacienda también da buenas noticias.