Comunicado de Hacienda si no has hecho la Renta

Hacienda puede revisar tu Renta durante más tiempo del que crees este es el plazo exacto

Hacienda puede revisar tu Renta durante más tiempo. La campaña de la Renta 2025, correspondiente al ejercicio 2024, está llegando a sus últimos días. Si todavía no la has presentado, no te preocupes: tienes tiempo hasta el 30 de junio. Si ya la has presentado, es importante que conozcas durante cuánto tiempo la AEAT puede revisar tu declaración. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

La campaña de la Renta 2025 finaliza el próximo 30 de junio. Este es el último día en el que puedes presentar tu declaración y, pese a que no te recomendamos esperar hasta entonces, no existe ningún motivo para tener prisa mientras revisas tus datos y la información que estás introduciendo. De hecho, es muy importante que te asegures de tus datos fiscales son correctos, de lo contrario, Hacienda lo detectará y te mandará una declaración complementaria para que lo soluciones.

Si no quieres estar expuesto a posibles sanciones, es fundamental que guardes todos los comprobantes y recibos que justifiquen la información que estás introduciendo. De este modo, si recibes una carta podrás aportar todas las pruebas. Pero, ¿durante cuánto tiempo puede Hacienda revisar tu Renta?

 

Hacienda tiene cuatro años para revisar cualquier declaración

La Agencia Tributaria contempla un plazo de hasta cuatro años para cualquier Declaración de la Renta presentada. Así queda contemplado en el Artículo 66 de la Ley 58/2003, cuando afirma disponer de un plazo de prescripción de cuatro años para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna declaración.

Durante este tiempo, la AEAT puede realizar todas las comprobaciones que considere necesarias para detectar posibles errores y pedir cuentas al ciudadano. Por lo tanto, este será el tiempo que te aconsejamos que tengas todos los documentos bien guardados para evitar cualquier problema con el organismo tributario.

Pero, ¿desde cuándo comienzan a contar estos cuatro años? Es habitual pensar que los cuatro años comienzan con el último día del año 2024. Sin embargo, la realidad es bien diferente. Hacienda comienza a contar los cuatro años desde el último en el que se puede presentar la Renta voluntariamente. Es decir, en este caso, el último día es el 30 de junio de 2025, por lo el plazo se extiende hasta el próximo 30 de junio de 2029.

 

Si recibes una notificación, el tiempo deja de correr

Un detalle que conviene conocer es que desde el mismo momento en el que Hacienda te emite una notificación, el tiempo deja de correr durante seis meses. Una vez interrumpido el proceso, el plazo de descripción vuelve a comenzar desde cero. Por lo que si recibes una notificación, deberás tener en cuenta la interrupción del procedimiento.

Ahora que ya sabes los plazos que tiene Hacienda para emitir cualquier tipo de requerimiento, lo mejor que puedes hacer es revisar bien todos los datos que vas a introducir en tu renta. En caso de duda, recuerda que todavía puedes solicitar una cita previa para que te ayuden a presentar la Renta en directo. Ellos serán los que te resuelvan todas las dudas y, de este modo, podrás minimizar las posibilidades de recibir una de las notificaciones que te hemos contado en este artículo.

Qué documentos debes conservar durante cuatro años

En general, debes conservar cualquier documento que quede reflejado en la Renta y que sirva para presentar dicho borrador. La ley no exige conservar una serie de documentos en específico, no obstante, sí que es importante conservar los siguientes:

  • Certificados de retenciones de todos tus pagadores.
  • Justificantes de ingresos.
  • Justificantes de los gastos deducibles que hayas incluido en tu Renta.
  • Datos fiscales o bancarios.
  • Comprobantes de compra y venta de cualquier patrimonio.

El objetivo es que en el momento en el que Hacienda te solicite cualquier información añadida, puedas aportarla para evitar sanciones por parte del fisco.

Como hemos podido comprobar, Hacienda puede realizar comprobaciones durante una buena cantidad de tiempo. Además, las puede realizar incluso si el resultado es a pagar, puesto que puede no estar de acuerdo con el resultado obtenido. Por lo que lo más importante de todo es que toda la información que tengamos en nuestra Renta, esté debidamente justificada. De lo contrario, podríamos encontrarnos con problemas en el futuro.

 

Dudas comunes y respuestas rápidas

¿Qué ley establece el plazo de 4 años que tiene Hacienda para revisar la Renta?

Esta información está contemplada en la Ley 58/2003 General Tributaria. En el artículo 66 se informa sobre todo lo que tiene que ver con la prescripción.

Si Hacienda me envía una notificación, ¿se añaden automáticamente 6 meses al plazo de 4 años?

No exactamente. La notificación interrumpe la prescripción y el plazo vuelve a contar una vez se finaliza el procedimiento.

¿Qué documentos concretos debo guardar sí o sí durante estos 4 años (o más)?

Hacienda no específica los documentos concretos, no obstante, debemos conservar cualquier documento que haya quedado reflejado en la Renta.

¿Qué pasa si Hacienda me requiere documentación y ya no la tengo?

Es probable que Hacienda no pueda comprobar los datos y, por lo tanto, reclame la cantidad que considera oportuna.