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Extorsión digital cómo se debe actuar

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Extorsión digital ¿cómo actuar?

Las personas activas en Internet se han convertido en víctimas perfectas para los delincuentes que se dedican a extorsionar o chantajear a través de redes sociales, llamadas o correos.

El término ‘extorsión digital’ como delito, no está tipificado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP). Sin embargo, Arleth Macas, abogada en libre ejercicio, explica que “Se sanciona con una pena privativa de libertad de 3 a 5 años”.

Agregó que el término ‘extorsión’ es la configuración de un delito cuando la persona con propósito de obtener provecho personal o para un tercero, obligue a otro con violencia o intimidación a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en beneficio de su patrimonial o de un tercero.

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¿Qué hacer si se es víctima?

Una de las fuentes que los malhechores utilizan para atacar a sus víctimas, es a través de correos haciéndose pasar por instituciones públicas o privadas y pedir información.

  • Lo primero será guardar toda la información que posee respecto a la extorsión de la cual es perjudicado con captura de pantalla, videos, audios o cualquier otra manera.
  • Presentar una denuncia ante la Fiscalía General del Estado dependiendo el lugar donde se encuentre para continuar con la investigación.
  • Para mayor seguridad se puede consultar una fuente externa; es decir, un abogado que sirva de guía y explique el proceso respectivo a seguir si se es víctima de este delito.

Medidas de seguridad

Según Xavier Gálvez, ingeniero en telecomunicaciones y electrónica, antes de proporcionar datos privados se debe tomar en cuenta ciertos aspectos que ayudan para no ser víctimas de posibles chantajes:

  • Clarificar la procedencia del correo electrónico recibido; es decir, el dominio de donde fue enviado, que se puede consultarlo en Internet, con el nombre de la página web o correos anteriores.
  • Evitar proporcionar información confidencial o privada, número de cédula, número de cuentas bancarias o contraseñas de cualquier índole a nadie.
  • Tratar de establecer contacto directo a través de cualquier medio con las entidades para verificar si son las oficiales.
  • Evitar utilizar redes abiertas (wi fi abiertas sin contraseña) cuando se envían datos privados o comparten imágenes, videos o se realizan trasferencias bancarias.

EL DATO: El Código Orgánico Integral Penal (COIP), contempla y sanciona los delitos informáticos desde que entró en vigencia el 10 de agosto del 2014.

LA CIFRA: 6.436 personas, entre 2018 y 2021, denunciaron haber sido víctimas de extorsión.

PARA SABER: Durante la crisis sanitaria (2020) se incrementaron en un 70% los delitos de intimidación, estafa, ciberacoso y extorsión a través de medios digitales, según registros de la Unidad Nacional de Ciberdelitos (UNC) de la Policía Judicial.