Estado de deudas con el SRI se puede conocer por dos vías
Estado de deudas con el SRI se puede conocer por dos vías. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Estado de deudas con el SRI se puede conocer por dos vías. La entidad inició la extinción de obligaciones de hasta un salario básico
La eliminación de deudas menores al salario básico y que han cumplido cinco años se aplica de oficio. Para montos mayores existe otro procedimiento.
Una vez que el Servicio de Rentas Internas (SRI) inició el proceso de extinción masiva de obligaciones de recuperación onerosa valoradas en hasta $ 425 y que tengan cinco años de antigüedad. Los contribuyentes tienen dos vías para saber el estado de sus deudas.
La medida fue creada en la Ley Orgánica de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, que reformó el Código Tributario. La norma fijó que el monto de la extinción masiva, que ya constaba en el Código, sea de hasta un salario básico unificado (SBU). Incluyendo el capital, intereses, multas y recargos.
En febrero de este año, las nueve direcciones zonales del SRI publicaron las resoluciones que dan paso al trámite. El mecanismo opera de oficio en cada obligación que cumpla las condiciones de monto y plazo de prescripción de la acción de cobro (cinco años); los deudores no necesitan presentar una solicitud o entregar documentos.
La norma prevé que los procesos coactivos que están en curso por valores que pueden entrar en este proceso quedan sin efecto.
Javier Bustos, experto tributario de la firma ABC Tax, describió que la extinción masiva de las deudas consideradas de recuperación onerosa responde a que le resulta más caro al SRI realizar las gestiones para cobrar esas obligaciones.
Hasta el momento se han beneficiado de esta medida 12.620 contribuyentes, con un total de 40.641 deudas eliminadas, según registros del SRI. La entidad no está obligada a notificar directamente a los usuarios cuando sus deudas han sido consideradas para la extinción o si ya fueron eliminadas. No obstante, existen varios canales por los cuales los ciudadanos pueden revisar su situación.
Uno de ellos es a través del sitio web https://srienlinea.sri.gob.ec, en la opción ‘Deudas’. El contribuyente debe ingresar su usuario y clave. Ahí podrá verificar si ya fue eliminada la obligación que tenía por menos de un salario básico y de más de cinco años.
El SRI aclaró que, si los usuarios tienen otros compromisos por encima del salario básico, estos valores continuarán apareciendo en sus registros, porque no aplican para la extinción masiva que la entidad realiza de oficio.
Otra vía para conocer las obligaciones que serán borradas es por medio de la página web de la entidad, https://www.sri.gob.ec, en el apartado ‘Gaceta Tributaria’, que está al costado derecho de la pantalla principal del portal. Es un proceso más complejo, que toma un poco más de tiempo.
El usuario debe buscar en la parte de ‘Resoluciones’, ir a la casilla del año 2022, ingresar en la carpeta del mes de febrero, que es donde se encuentran las resoluciones emitidas por las direcciones zonales del SRI que dan paso al procedimiento. Los documentos se identifican con el número de la dirección zonal y el nombre ‘Extinción de obligaciones por recuperación onerosa Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19′. Cada resolución trae adjunto el listado completo de todas las deudas en cada zona con el número de RUC del usuario, razón social, monto, entre otros detalles.
Debido a que la ley no establece un plazo para que la extinción masiva se lleve a cabo —es decir, se puede ejecutar en el transcurso del año—, bien podría suceder que algunos contribuyentes que consulten en este momento su situación encuentren que sus obligaciones todavía no han sido dadas de baja, aunque consten en los anexos de las resoluciones, precisó Idrián Estrella, presidente de la Federación Nacional de Contadores.
Si al finalizar el actual periodo fiscal las deudas de hasta un salario básico y que han cumplido cinco años siguen apareciendo. Estrella explicó que los usuarios pueden exigir al SRI que cumpla con este trámite. Ya que es un beneficio al que tienen derecho por ley.
Extinción de deudas con montos por encima del salario básico
El Código Tributario también prevé que los contribuyentes puedan acceder a la eliminación de las obligaciones de montos superiores al salario básico siempre que se hayan cumplido los cinco años de plazo de la prescripción de la acción de cobro.
Este beneficio no opera de oficio por parte de la administración tributaria, sino que el usuario debe solicitarlo a la entidad, mediante un oficio. El SRI tiene 120 días hábiles para atender cualquier reclamo o petición de los contribuyentes, detalló Bustos.
El experto describió que se debe justificar que ha transcurrido el tiempo para la prescripción y que durante ese lapso el SRI no ha “hecho nada para cobrar esa deuda”. Aclaró que no cabe cuando la obligación se está discutiendo en un reclamo. Porque está pendiente de una resolución, o si atraviesa por un juicio y se espera una sentencia.