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En Ecuador aún existe el montepío

¿En Ecuador aún existe el montepío?. ¿Alguna vez has escuchado hablar a los adultos mayores sobre el montepío? Pues aunque parezca algo pasado todavía existe ese beneficio en Ecuador. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

En el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) se realiza el trámite para obtener el montepío. Se trata de una pensión o renta mensual que entrega esta entidad a viudas, cónyuges, huérfanos hasta los 18 años, hijos con discapacidad y a falta de estos a la madre o el padre que depende económicamente del afiliado o jubilado fallecido, que generaron el derecho.

 

¿Quiénes originan el montepío?

Hay dos grupos que generan el montepío para una persona:

-El jubilados fallecidos que recibían pensión por invalidez, vejez o discapacidad.

-El afiliado activo fallecido que al momento de su muerte tuvo abonadas por lo menos 60 imposiciones mensuales, es decir, cinco años de aportes o que se encuentre dentro del período de protección del seguro de muerte.

 

¿Cómo se solicita el montepío?

1.Ingrese al portal https://www.iess.gob.ec, “Trámites Virtuales”, dé clic en la opción ‘Asegurados’, seleccione ‘Pensionistas’.

2.Ingrese a la sección ‘Viudez y orfandad’.

3.Ingrese el número de cédula del solicitante

4.Registre los datos solicitados en el sistema y seleccione el botón ´Generar Solicitud’. Imprima y guarde su solicitud.

 

A continuación se detallan los requisitos que deben cumplir los viudos o convivientes para acceder a los montos

-Solicitud de montepío impresa generada en la página web del IESS.

-Certificado de defunción del causante.

-Cédula o certificado de identidad y estado civil del solicitante de montepío, donde conste el estado civil: viuda/o;

-Certificado de cuenta bancaria;

-Certificado de matrimonio, únicamente en los casos cuyo causante haya sido jubilado de vejez, discapacidad o invalidez.

 

En el caso de los hijos

-Solicitud de montepío impresa generada en la página web del IESS.

-Certificado de defunción del causante.

-Cédula o certificado de identidad y estado civil del solicitante de montepío

-Certificado de cuenta bancaria.

 

¿Cuál es el monto para el montepío?

La pensión mínima es de USD 230.

La pensión máxima es de USD 2.070.