“Gobierno Nacional hizo tabla rasa de la Constitución y disposiciones legales” asegura Augusto Tandazo

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El letrado expresa que “si no hay libertad de expresión estamos en una dictadura”, respecto a las argumentaciones que se utiliza en la resolución de Arcotel.

Punto Noticias.- Jurista y constitucionalista, Augusto Tandazo, dialoga con Pichincha Universal sobre la resolución de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel), asegura que no tiene fundamentos y desarrolla de manera didáctica las razones por las que se coarta la libertad de expresión a este medio de comunicación.

A decir del jurista, “este caso constituye una vergüenza para el Gobierno Nacional, que hizo tabla rasa de la Constitución, disposiciones legales” y normativas internacionales.

“La Constitución en el artículo 165 nos habla del estado de excepción que lo puede dictar el presidente de la República, a su criterio puede disponer o limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de correspondencia, libertad de tránsito, libertad de asociación y reunión, libertad de información en los términos que señala la carta magna”, asegura el letrado.

Según Tandazo, “el Decreto 884 en el artículo 3, se suspendió el ejercicio del derecho de libertad de asociación y reunión, para evitar aglomeraciones en espacios públicos; en el artículo 4 se limita el derecho a la libertad de tránsito en todo el territorio nacional; en el artículo 5 se dispone que podrán haber requisiciones para mantener el orden y garantice el derecho de las personas y el orden; y se establece como zona de seguridad todo el territorio nacional”.

En este decreto, indica el constitucionalista, que “el presidente Moreno no habla, que se limita el ejercicio del derecho de la libertad de información, esto es gravísimo, porque no tiene piso la resolución de la Arcotel, porque el estado de excepción no califica aquí”, insiste.

Es así, que “la resolución dictada por el Arcotel, dice que se acoge al dictamen, en base al oficio (…) del 9 de octubre del 2019, emitido por el coronel Gonzalo Reyes Guevara, Coordinador militar de comunicación social del Ministerio de Defensa Nacional, quien dice que con fundamento en el artículo 226, donde cada institución y funcionario debe cumplir con las funciones que le correspondan y en base a los artículos 120 y 126 de la ley orgánica de telecomunicaciones”.

“El 120, habla de infracciones en general de cuarta clase, cometidas por lo general, por los medios de comunicación, y entre ellas, habla de que la prestación de servicios no puede estar en contra de la seguridad nacional; y el 125, corresponde a Arcotel iniciar de oficio a petición de un procedimiento; y con base en esto, dice textualmente, que existe una evidente parcialidad que ha incitado al cometimiento del caos y delitos contra la propiedad pública y privada, desorden social y legal como son los entes públicos”, explica Tandazo.

“Con base en esto, aplican la sanción de cuarta clase contra Pichincha Universal, con la cual le revocan el uso de la frecuencia, el análisis va relacionado con las competencias que tenían en este caso comunicación social del Ministerio de Defensa nacional. Viéndolo con el mismo argumento de ellos, ellos mismos van a caer es su propia ley”, afirma el jurista.

Explica Tandazo, que “invocan el 226 que dice las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos que en virtud de una potestad estatal, ejercerán solamente las competencias y facultades que le sean atribuidas en la Constitución y la Ley”.

“Existe el estatuto orgánico del Ministerio de defensa, es un argumento que tiene que observarlo de manera obligatoria, en todo el gobierno y obviamente los que manejan comunicación social. Según estos artículos, el coordinador de comunicación social del Ministerio de Defensa Nacional, cuyas responsabilidades, funciones, atribuciones, servicios y productos, no tiene nada que ver con este informe enviado a Arcotel, esto conlleva responsabilidades para la persona que emitió este informe”.

Para Augusto Tandazo, “los servidores públicos piensan que las autoridades judiciales, Fiscalía, Contraloría, las cortes del gobierno estarán para toda la vida. Algún momento tienen que responder porque se extraalimitó en sus funciones”.

Asevera que “Javier Santiago Vásquez, Director Técnico Zonal encargado, acoge ese tipo de acciones porque en el Ecuador son cargos políticos, ellos son obedientes y toman decisiones arbitrarias afectando lo jurídico, afectando derechos humanos y colectivos”.

“Es importante que la defensa lo vea, ya que no existe coherencia entre la resolución y los argumento que esgrime para dictar la resolución, porque el estado de excepción, no abarca el tema informativo, la Constitución, en su artículo 76, de las garantías al debido proceso, dice que las resoluciones en derecho público, en este caso las de Arcotel, deberán ser motivadas, y que no habrá motivación si en la resolución no se enuncia los principios jurídicos en que se funda, y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho” señala el constitucionalista.

“En este caso una radio que utiliza una frecuencia, con el estado de excepción que no topa el tema de información, y luego dice de los actos informativos como resoluciones o fallos que no se encuentren debidamente motivados se considerarán nulos”.

Subraya que “esa resolución es nula, hay que pedir su nulidad. Las servidoras o servidores responsables serán sancionados con su destitución, y eso hay que tramitarlo”.

De manera didáctica Tandazo habla de la normativa internacional, y de acuerdo a las jerarquías de las normas y leyes, después de la Constitución están los Tratados y Convenios Internacionales, Instrumentos internacionales de derechos humanos, que están sobre las Leyes ordinarias nacionales.

Habló sobre la Declaración Americana de los Derechos del Hombre, del Pacto internacional de derechos civiles y políticos, de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos que activan a la Convención Interamericana de Derechos Humanos CIDH, y luego la Corte Interamericana.

En todas estas normativas también se aborda lo concerniente a la libertad de expresión, “que la libertad de expresión expresa la libertad de pensamiento, al coartarla o restringir los derechos por medios oficiales, abusar de un supuesto control oficial para restringir estos derechos”.

“La comisión de derechos humanos en relación a la libertad de expresión, considera que es un derecho inalienable inherente a la libertad de todas las personas, además un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática, o sea si no hay libertad de expresión estamos en una dictadura” recalca el jurista.

También indicó que la “Declaración de principios de la libertad de expresión, habla de la utilización del poder del Estado, y sus recursos, atenta contra la libertad de expresión”.

“La Declaración de Chapultepec, sin libertad de expresión no puede haber libertad, cuando con el pretexto de cualquier objetivo se cercena la libertad de prensa desaparecen las demás libertades”.

Afirma de “los políticos que proclaman su fe en la democracia son a menudo intolerantes de las críticas públicas y en la declaración de principios, no hay personas, ni sociedades libres sin libertad de expresión ni de prensa”, insiste en que “el ejercicio de la libertad de expresión no es una concesión de las autoridades, es un derecho inalienable del pueblo”.

Asevera que “el presidente de la República, que maneja el Estado, ya carga sobre sus espaldas varias situaciones que lo van a marcar en su imagen pública para toda su vida, en su gobierno ha habido 11 muertos, más de mil heridos, alrededor de 1300 detenidos arbitrariamente, paquetazos, despidos intempestivos, privatizaciones, clausura de medios de comunicación, la tercera vez a radio Pichincha Universal, y que no lo hacen a ningún otro medio”.

Tandazo revela que “no lo hacen por lo de octubre, sino porque se vienen las elecciones y quieren tener a todos los medios de comunicación alineados con la política del Gobierno que responde a la derecha, tanto a la Asamblea Nacional, como en otro tipo de acuerdo a los que ha llegado. Esto es silenciar”.

A modo de conclusión “invita a la ciudadanía a que pensemos en esto, la siguiente acción es silenciar a los medios de comunicación para que no nos expresemos, esto generará una reacción adversa, porque la ciudadanía va a reaccionar y va a exigir que radio Pichincha Universal vuelva a estar al aire, no podemos permitir que se cercene la libertad de expresión a cualquier pretexto, menos con argumentos sin sentido”, concluye el constitucionalista Augusto Tandazo.

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