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Educación en casa preguntas frecuentes

¿Qué es Educación en Casa (Homeschooling)?

Esta pregunta de Educación en casa preguntas frecuentes.  Es un servicio educativo de modalidad semipresencial y de carácter excepcional, aplicable a la Educación Básica y Bachillerato, en la que los padres y madres de familia o representantes de los estudiantes, asumen la responsabilidad de educar a sus hijos/as o representados/as directamente o a través de tutores, con el apoyo y seguimiento de una institución educativa que regularice y garantice su derecho a la educación.

 

¿Qué Acuerdo Ministerial ampara el servicio de Educación en Casa?

Acuerdo Nro. MINEDUC-MINEDUC- 2019-00057-A, expedido el 23 de agosto de 2019, en el que se regula los servicios educativos extraordinarios, incluido Educación en Casa.

 

¿Quién lidera el proceso educativo?

La familia de forma directa o a través de un Docente tutor que desarrollará Educación en Casa.

 

¿Cuál es el objetivo de Educación en Casa?

Garantizar el derecho de los padres y madres de familia o sus representantes a elegir una educación acorde con sus principios, creencias y valores, con el acompañamiento de una institución educativa que vele por el bien superior de los niños, niñas y adolescentes.

 

¿Es permanente o solo para la emergencia?

Es permanente para Educación Básica y Bachillerato y, además, puede ser útil durante la emergencia.

 

¿Cuáles son los requisitos para la familia?

  • Presentar una solicitud de autorización por parte de la familia en directamente en las instituciones educativas particulares, fiscomisionales y municipales y en el Distrito Educativo para las instituciones educativas fiscales.
  • Perfil Académico de la persona o las personas que ejercerán la labor de docentes-tutores (título mínimo de tercer nivel, de preferencia, relacionado al ámbito educativo)
  • Un docente tutor para los subniveles de Básica Elemental y Media, y dos en el caso del subnivel de Básica Superior y Bachillerato.
  • Presentar una Propuesta de Aprendizaje para el año lectivo.

El Distrito Educativo conforma una Comisión Técnica y emite la Resolución de Autorización (únicamente para instituciones educativas fiscales).

Unidad de Apoyo, Seguimiento y Regulación, DECE del Distrito y/o Institución educativa asignada o seleccionada. UDAI si el estudiante tiene una necesidad educativa especial.

 

¿Qué estudiantes pueden acogerse a Educación en Casa?

Cualquier estudiante, siempre que sus madres / padres o representantes decidan aplicar por Educación en Casa y cumplan con los requisitos establecidos en los Lineamientos para la Implementación del Servicio Educativo Extraordinario “EDUCACIÓN EN CASA”.

 

¿Cómo se desarrolla?

  • El padre de familia o el docente tutor de Educación en Casa desarrolla el proceso educativo, prepara los recursos, materiales y las evaluaciones. Garantiza espacios de socialización del estudiante en actividades deportivas, culturales y artísticas, etc.
  • La institución educativa (sostenimiento fiscal, fiscomisional, municipal o particular) acompaña el proceso educativo; revisa y valida la Propuesta de Aprendizaje y los instrumentos de evaluación; registra las calificaciones y emite los certificados de promoción / titulación.

 

¿Las Instituciones Educativas requieren autorización?

Sí, la autorización las emite el Distrito Educativo.

Las instituciones educativas que vienen ofertando el servicio extraordinario de Educación en Casa, amparadas en el Acuerdo Ministerial No. 0067-13-A, del 08 de abril del 2013, se regularizará dicho servicio extraordinario en el periodo 2020-2021 con la presentación de los requisitos establecidos en los Lineamientos para la Implementación del Servicio Educativo Extraordinario “EDUCACIÓN EN CASA”, numeral 7: “Requisitos para la ampliación del servicio de Educación en Casa en instituciones educativas que cuentan con su respectiva autorización de funcionamiento, en estados de excepción o de emergencia.”

Durante el año lectivo 2020-2021, únicamente, las instituciones educativas de régimen Sierra-Amazonía de todos los sostenimientos que cuenten con permisos de funcionamiento vigentes a la fecha de expedición del presente instrumento, podrán solicitar la ampliación del servicio de Educación en Casa.

Las instituciones educativas municipales, fiscomisionales y particulares de régimen Costa-Galápagos que cuenten con permisos de funcionamiento vigentes, podrán solicitar la ampliación del servicio de Educación en Casa para ofertar a partir del segundo quimestre del año lectivo 2020-2021.

Para las instituciones educativas fiscales, el Nivel Zonal realizará el análisis y determinará aquellas que puedan realizar la ampliación del servicio de Educación en Casa, previo informe del Nivel Distrital.

Concluida la etapa de emergencia, las instituciones educativas que requieran continuar ofertando la Educación en Casa deberán cumplir con los requisitos y procedimiento establecidos en los Lineamientos para la Implementación del Servicio Educativo Extraordinario “EDUCACIÓN EN CASA”, numeral 6: “Ampliación del servicio educativo extraordinario de Educación en Casa”.

 

¿Por qué se exige el acompañamiento de una institución educativa?

La institución educativa cumple dos funciones fundamentales en Educación en Casa:

  • Velar por el pleno ejercicio de derechos de los estudiantes. La Institución Educativa cuando se evidencie o sospeche de una vulneración de derechos deberá activar los protocolos establecidos para el caso.
  • Acompañar y regularizar (promoción) el proceso educativo, brindando asesoramiento o guía al Docente tutor y a las familias que optaron por Educación en Casa, en caso de ser necesario. Este acompañamiento debe evitar o reducir la posibilidad del fracaso escolar.

 

¿Se puede solicitar Educación en Casa con el acompañamiento de una institución educativa fiscal?

Sí, los Distritos Educativos deberán seleccionar al menos una institución educativa (dependerá de la demanda) por Distrito para que preste el servicio de Educación en Casa.

 

¿Qué Currículo se aplica?

Se aplica el Currículo vigente como referente y se instrumentaliza en la Propuesta de Aprendizaje del estudiante.

 

¿Qué metodologías y recursos se pueden aplicar en Educación en Casa?

  • Metodologías como: aula inversa, aprendizaje basado en proyectos, etc.
  • Recursos como: materiales didácticos, textos, fichas pedagógicas, recursos digitales, etc.

 

¿Puedo usar otra metodología diferente a las mencionadas en el Lineamiento de Educación en Casa?

Sí, las metodologías descritas en el Lineamiento son solo un ejemplo de las que existen. El currículo ecuatoriano es flexible y permite la aplicación de un sinnúmero de metodologías como el método de Charlotte Mason, método clásico (que incluye Trivium y Quadrivium), método Montessori, la teoría de las inteligencias múltiples, educación libre, método Waldorf, la utilización de plataformas educativas por medio de Internet, etc.

 

¿Cómo se evalúa en Educación en Casa?

La evaluación de los aprendizajes se aplicará en las mismas fechas que las establecidas para la educación ordinaria. Los instrumentos de evaluación serán construidos y aplicados por el Docente Tutor de Educación en Casa.

Los docentes de las instituciones educativas revisarán los instrumentos de evaluación pertinentes (quimestrales, supletorios, de gracia, etc.) elaborados por el docente-tutor de Educación en Casa, con base en el Currículo Nacional del subnivel y la Propuesta de Aprendizaje, y los presentará ante la autoridad competente para su aprobación.

El Docente Tutor de Educación en Casa envía las calificaciones al docente de la institución educativa, quien ingresará en el sistema.

 

¿Los estudiantes deben ir en algún momento a la institución educativa?

Es opcional, si el estudiante y el representante de familia lo desean, puede participar de las actividades artísticas, culturales y deportivas organizadas por la institución educativa.

 

¿Cómo se dará seguimiento al proceso educativo y desarrollo integral del estudiante?

El estudiante y su familia tendrán acompañamiento directo del/los docentes de la institución educativa. Adicionalmente, la autoridad y de ser necesario del Departamento de Consejería Estudiantil, realizarán el acompañamiento respectivo al proceso educativo e integral del estudiante.

El docente designado por la institución organizará su labor de Educación en Casa de acuerdo con las siguientes sugerencias:

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¿Cuándo un estudiante estudia en Educación en Casa, ¿El siguiente año lectivo debe rendir una prueba para ingresar a la escuela en la oferta ordinaria?

No, la institución educativa es responsable de generar los documentos necesarios como el registro de calificaciones, certificados de promoción y título de bachiller.

 

¿Cuál es el costo de pensión y matrícula que están autorizados a cobrar las instituciones educativas que implementen Educación en Casa?

El ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2020-00037-A, de 24 de julio de 2020 establece lo siguiente:

“El costo de pensión y matrícula del servicio de educación en casa estará atado al costo de la educación que determinó el valor de pensión y matrícula para la institución educativa ya existente, para lo cual, la institución educativa se ubicará en el mismo rango designado en su última resolución de costos del año lectivo correspondiente y los valores se fijarán en un 30% de los valores autorizados en dicha resolución.

El valor de matrícula se determinará de conformidad a lo establecido en el artículo 132 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural.”

 

Cuando la familia de un estudiante ha optado por el servicio de Educación en Casa, ¿Puede el estudiante reinsertarse al Sistema Educativo Ordinario?

Sí, su padre, madre de familia o representante legal deberá presentar un oficio al Distrito Educativo solicitando la Revocatoria de la autorización de aplicación de servicio de Educación en Casa y la reinserción al sistema educativo ordinaria.

 

¿Existen instituciones domiciliadas en el extranjero reconocidas y autorizadas para dar el servicio de Homeschooling o Educación en Casa en Ecuador?

No, el Estado Ecuatoriano solo autoriza el funcionamiento de instituciones educativas domiciliadas en el territorio ecuatoriano.

 

¿Se reconocen u homologan los estudios de Homeschooling o Educación en Casa realizados en instituciones domiciliadas en el extranjero?

Sí, para los estudiantes que realicen Educación en Casa, o educación a distancia en instituciones educativas domiciliadas en el extranjero, se aplicarán los mismos procedimientos establecidos en Convenio Andres Bello, en la XII Convención para suprimir la legalización de los documentos públicos extranjeros (Convenio de la Haya) y según lo dispuesto en los artículos 166, 167 y 238 del RLOEI y demás cuerpos normativos vigentes.

 

¿El Ministerio de Educación puede informar si una institución educativa está legalmente reconocida para prestar el servicio de Homeschooling o Educación en Casa de otro país?

No, el Ministerio de Educación no recomienda realizar Homeschooling o Educación en Casa en otros países, pues no se puede certificar que esas instituciones estén legalmente reconocidas o realmente existan.