Formulario 1609 Suspender Retenciones

Conoce el Formulario 1609 y Cómo Llenarlo

Conoce el Formulario 1609 y Cómo Llenarlo. Todo trabajador independiente, quien por su actividad genera rentas de cuarta categoría, puede evitar que se le retenga el 8% del impuesto correspondiente a montos superiores a 1.500 soles. Ello se logra a través de la Solicitud de Suspensión de Retenciones de Cuarta Categoría cuya tramitación se hace con el formulario 1609. Aprende en este artículo como solicitar la suspensión de retenciones de cuarta categoría a través del Formulario 1609. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram  ingresa al siguiente enlace.

 

Formulario 1609 para la Suspensión de Retenciones de Cuarta Categoría

En Perú, toda persona natural contribuyente del Impuesto a la Renta que desempeñe un trabajo de forma independiente o autónoma debe presentar su declaración bajo la figura de Renta de Cuarta Categoría. Bajo dicha calificación tributaria, el contribuyente puede solicitar la suspensión de ciertas retenciones, para lo cual deberá de completar el Formulario 1609, el cual es una planilla de datos cuya carga se realiza directamente en la plataforma informática del la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).

En los siguientes párrafos explicaremos de qué se trata la suspensión de retenciones de cuarta categoría, como se realiza el llenado de este formulario virtual y cómo es el proceso de suspensión de retenciones ante la SUNAT.

Solicitud de Suspensión de Retenciones de Cuarta Categoría

Para solicitar la suspensión de retenciones de cuarta categoría el contribuyente deberá llenar formulario 1609 de forma online o virtual. Para ello deberá primero contar con acceso a él, lo cual se puede lograr con su DNI o RUC y la correspondiente clave. De presentar problemas para acceder a dicho formulario se podrá realizar este trámite de forma presencial como se indica más adelante.

Trámite Online

Para realizarlo por esta vía se habrá de obtener primero un usuario mediante la clave SOL. La clave Sunat Operaciones en Línea o SOL es una clave de uso personal, que consta de usuario y clave para acceder al sistema, y es posible obtenerla a través de la App Personas, la página web de SUNAT o de forma presencial.

solicitud

  • Tras contar con la clave SOL se deberá ingresar a la plataforma del SUNAT, en la cual se seleccionará la opción señalada como «Mis Trámites y Consultas».
  • A continuación, se presentará en pantalla la ventana SUNAT Operaciones en Línea, a la cual se podrá ingresar con el DNI o RUC y la clave SOL.
  • Tras haber entrado al sistema, se procederá a ubicar en el menú principal la opción «Personas», y posteriormente «Otras Declaraciones y Solicitudes», y luego «Suspensiones de Retenciones Cuarta Categoría» y por último se pulsa la opción «1609 – Solicitud de Suspensión».
  • Se nos mostrará en pantalla una ventana con el título «Suspensiones de Cuarta Categoría – Formulario 1609», en la cual se procederá a dar ingreso a todos los datos que pida el sistema, empezando con la fecha en que se comenzó a devengar ingresos concernientes a rentas de cuarta categoría, tras lo cual se presionará el botón «Aceptar».
  • A posteriori, se deberá ingresar en la primera casilla la cifra de los ingresos estimados que se devengarán por concepto de rentas de cuarta categoría (trabajador independiente) en el presente año; a continuación en la segunda casilla de rentas de quinta categoría (trabajador dependiente) se deberá ingresar cero (0) y pulsar «Aceptar».
  • Tras culminado el proceso, se generará un Comprobante de Suspensión de Cuarta Categoría, el cual es posible imprimir o guardar en un archivo bajo formato PDF  o enviar a un correo electrónico.

suspender retenciones

Trámite Presencial

Se ha de tener presente que únicamente se puede hacer este trámite de forma presencial si la solicitud online fue denegada por alguna de estas razones:

  • Si se excede el monto de 38,500.00 o 30,800.00 soles, lo cual podría suceder si el SUNAT no consideró ingresos, saldos favorables, pagos a cuenta o retenciones declaradas, al igual que declaraciones juradas originales o rectificatorias que se hayan consignado. En situaciones como ésta, se puede volver a presentar la solicitud en los 30 días calendario a partir de la fecha del rechazo.
  • Si la plataforma Sunat Operaciones en Línea no se encuentra disponible debido a fallas del sistema.

Para realizar el trámite presencial se requerirá prueba impresa de denegación de solicitud o falla del sistema, y el formato de solicitud de suspensión de retenciones o pagos a cuenta, debidamente completado e impreso. Se deberá acudir con dicha documentación a uno de los Centros de Servicios al Contribuyente, donde un funcionario tras registrar la información otorgará una constancia con validez desde ese día hasta el último día del mes subsiguiente. A modo de ejemplo, de solicitarse la suspensión en enero de 2021, tu constancia será válida hasta el 31 de marzo.

¿Qué es la Suspensión de Retenciones de Cuarta Categoría?

La suspensión de retenciones cuarta categoría se trata de la solicitud que se hace ante la SUNAT con la finalidad de evitar que al contribuyente se le realice de forma mensual la retención del 8% de sus ingresos o rentas, por concepto de comprobantes por honorarios profesionales, mientras cada uno de ellos no exceda los 1.500 soles. De manera tal que, al finalizar el año, pueda contar con la opción de efectuar la solicitud de reintegro del impuesto que fue retenido en su oportunidad.

sunat

¿Qué es el Formulario 1609?

El Formulario 1609 es un documento en formato digital que se encuentra disponible en la página web del SUNAT, el cual ha de ser llenado por todos aquellos contribuyentes que sean personas naturales y desempeñen un trabajo de forma independiente o autónoma, con el propósito de solicitar suspensión de retenciones de cuarta categoría.

Es importante explicar que el monto que deben cancelar los contribuyentes de renta, lo que se clasifica como de cuarta categoría, es del 8% de los ingresos mensuales percibidos, siempre y cuando el trabajador independiente no exceda los 3.208 Soles, o que en de forma anual no supere los 38.500 Soles.

Asimismo, todos aquellos contribuyentes que perciban ingresos que puedan calificarse como renta de cuarta categoría tienen la obligación de cumplir con las responsabilidades estipuladas en las Leyes. Entre ellas se incluyen la emisión de comprobantes por servicios de honorarios profesionales e igualmente el pago de los impuestos a la renta respectivos.

Entre los profesionales y trabajadores que devengan ingresos de cuarta categoría se encuentran los médicos, ingenieros, arquitectos, directores de organizaciones, administradores de compañías, albaceas, camarógrafos, y demás. Es de gran relevancia destacar que, el formulario 1609 se carga en línea y en tiempo real, mientras el contribuyente va dando entrada a los datos que pide la aplicación. Tras concluirse el procedimiento, se autorizará la solicitud de Suspensión de Retenciones de Cuarta Categoría.

Requisitos para Solicitar Suspensión de Retenciones

Todo contribuyente que pretenda solicitar la suspensión de cuarta categoría, primero debe informarse si cumple con algunos requerimientos básicos. De ser cierto que pueda optar para solicitar la suspensión de cuarta categoría, deberá efectuar la declaración ante el SUNAT de las rentas correspondientes a dicha categoría.

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Los requerimientos que se deben cumplir para poder efectuar exitosamente el trámite para la Suspensión de Retenciones de Cuarta Categoría a través del Formulario 1609 son los que se indican a continuación:

  • Cuando se considere que los ingresos recibidos en el año no alcancen a exceder de los 38.500 Soles ó 30,800.00 Soles. La segunda cifra es válida para aquellos que ejercen funciones ejecutivas (administración y dirección de empresas, síndico, mandatario y afines).
  • Cuando los ingresos o renta percibidas en el mes resulten mayores a los 3,208.00 Soles ó 2,567.00 Soles. La segunda cifra es válida para aquellos que ejercen funciones ejecutivas.
  • Contar con un usuario con la clave SOL de la SUNAT para poder efectuar los trámites tributarios vía online.
  • Todos los contribuyentes que reúnan todos los requisitos establecidos en la Resolución N° 013-2007 y las normativas complementarias de la SUNAT, podrán efectuar este tipo de trámites.
  • Es posible realizar esta gestión en cualquier fecha del año y la suspensión será válida desde el día siguiente de su autorización hasta el 31 de diciembre de ese mismo año.

Variaciones de Ingresos

Si en el año se presentase alguna variación en los ingresos del contribuyente (con la que se supere el límite de 38.500 soles ó 30.800 soles, según sea el caso) por rentas de cuarta y/o quinta categoría, se deberán reiniciar los pagos desde el mes en que ocurra dicha variación. También el contribuyente deberá indicar en sus comprobantes de pago que se encuentra sujeto a la retención del 8%.

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Preguntas Frecuentes

A continuación se da respuesta a algunas de las preguntas que suelen inquietar a los contribuyentes, particularmente cuando se solicita la exención de ciertos impuestos ante la autoridad tributaria:

¿Qué Hacer Cuando mis Ingresos son en Moneda Extranjera?

Se requiere hacer la conversión a moneda nacional, usando el tipo de cambio compra que fue publicado por la SUNAT en la fecha que se recibió dicho ingreso.

¿Qué Debo Hacer si me Atraso en Declarar y Pagar el Impuesto?

La presentación de la declaración y el pago fuera de plazo conlleva las siguientes sanciones:

  • Multa por la consignación fuera de plazo de la declaración: la cual es de media UIT  (2.200 soles) si la infracción fue cometida en el 2021, pero de no haber todavía sido notificado por la SUNAT , únicamente se tendrá que cancelar el 10% de la misma (220 soles más los intereses de mora).
  • Por pago fuera de plazo, igualmente se encontraría sujeto a intereses de mora, cuya tasa de interés es de 0.033% por día y calculándose a partir del día posterior al vencimiento, en ambos casos citados aquí.

persona natural

¿Qué Ocurre si no Incluyo Algunos Ingresos en mi Declaración?

En tal caso se ha cometido una infracción la cual se sanciona con una multa correspondiente al 50% del monto que no se pagó. Si se declara y paga antes de que la SUNAT lo notifique o requiera, se podría recibir una rebaja del 95% de la citada multa. Tanto la multa como el monto no pagado se encuentra sujeto a una tasa de interés de mora de 0.033% por día y se calcula de la siguiente forma:

  • Para la multa, desde el día en que se consignó la declaración original.
  • Para el monto no pagado, desde el día siguiente al vencimiento.

¿Qué Puedo Hacer si he Pagado en Exceso?

Para ello se cuenta con dos opciones:

  • Aplicar el excedente contra tus futuros pagos a cuenta., o
  • Pedir la devolución de lo pagado y/o retenido en exceso.