Conoce como tramitar un certificado de familia numerosa
Conoce como tramitar un certificado de familia numerosa. Amigo lector, te invitamos a dar una lectura a este articulo informativo, donde podrás conocer, como tramitar un Certificado de Familia Numerosa. Asimismo te indicaremos los requisitos y pasos necesarios para llevar a cabo este trámite de manera exitosa. En este sentido, podrás disfrutar de una serie de beneficios y descuentos en diferentes servicios al obtener el carnet. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
Índice
1 ¿Cómo tramitar un certificado de familia numerosa?
1.1 Requisitos
1.2 Pasos a seguir
2 ¿Qué es un certificado de familia numerosa?
3 ¿Cuándo se es familia numerosa?
4 Solicitud de carnet de familia numerosa
¿Cómo tramitar un certificado de familia numerosa?
Existen dos formas de llevar a cabo la solicitud del Certificado de Familia Numerosa, de acuerdo a la Comunidad Autónoma donde se tramite, estas pueden ser presencial o por vía online.
Para la solicitud presencial, frecuentemente se requiere agendar una cita previa, mientras que en la solicitud online se debe contar con un certificado digital legal y actual, validado por la Comunidad Autónoma correspondiente.
Este documento lo pueden solicitar los ascendientes, uno de ellos o ambos, por un tutor, o su acogedor o guardador. Igualmente por cualquier miembro del grupo familiar autorizado legalmente.
El formulario de solicitud junto a los documentos requeridos se debe presentar en las entidades dispuestas por la Ley Nº 39 del año 2015, en el Artículo. 16.4, referente al Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Entre estas están las Delegaciones Territoriales de Salud y Familias, igualmente en los Ayuntamientos correspondientes al municipio de residencia de todos aquellos interesados. Incluidos también los registros y las oficinas postales.
Por otro lado, si elige la opción por la vía online, debe presentar el DNIe o alguno de los certificados electrónicos que existen, el certificado se puede obtener de manera instantánea.
Requisitos
Dado que, existen características distintas en las condiciones para familia numerosa. Cada una en particular debe presentar los documentos que evidencie la condición de esta.
Los documentos necesarios a consignar son los siguientes:
- Un ejemplar del formulario de solicitud en original y una copia del mismo, firmado por el o los interesados.
- Comprobante actual que demuestre el empadronamiento, quiere decir, el volante que emite el Ayuntamiento del municipio familiar.
- La copia de los DNI de los padres y de los hijos mayores de 14 años. El NIE vigente, cuando aplique. O también el pasaporte con la inscripción en el registro de ciudadanos de la UE. Para todos los miembros de la familia.
- Copia del Acta de matrimonio, del Libro de Familia o de las actas de nacimiento de los hijos. Si el matrimonio se llevo a cabo fuera del país, debe estar legalizado por parte del Ministerio de Asuntos Exteriores, por la embajada correspondiente u oficina consular. O de ser necesario la apostilla de la Haya, en el idioma español.
- En los casos que corresponda, se debe consignar los documentos que demuestran la condición como discapacidad o comprobante de estudios para los mayores de 21 años, recibos de pago de matrícula, certificados de divorcio, la Declaración Impuesto sobre la Renta IRPF, acta de defunción, y otros documentos.
Pasos a seguir
En toda España no existe un único método para realizar la solicitud del Certificado de Familia Numerosa.
No obstante, existen unos sencillos pasos que describiremos a continuación:
- Se debe consultar el trámite y los documentos requeridos por la comunidad autónoma donde se llevará a cabo la solicitud.
- Completar los datos y firmar el formulario de solicitud del certificado de familia numerosa
- Consignar todos los documentos necesarios
- Solicitar la Cita Previa para modalidad presencial o Certificado Digital, para la modalidad online.
- Acudir al Ayuntamiento o ingresar al portal web correspondiente
- El lapso establecido para comunicar el otorgamiento del certificado o título de familia, es decisión de la comunidad autónoma. Y puede variar de acuerdo la situación de cada núcleo familiar y la certificación de los documentos consignados.
Cabe destacar que, los tiempos de entrega, pueden ser desde el momento de su solicitud hasta los seis (6) meses, desde que se completa el proceso de solicitud.
¿Qué es un certificado de familia numerosa?
Este certificado se conoce también como título de familia numerosa.
El cual es un documento público con el que se confirma las condiciones necesarias para ser una familia numerosa. Otorgando el beneficio para hacer uso de las ventajas que brindan algunos locales comerciales, y ciertas instituciones.
Es importante mencionar que los integrantes de una familia numerosa certificada, disfrutan de un carnet colectivo. Y asimismo de un carnet personalizado para cada uno de sus integrantes que cuenten con DNI o NIE.
¿Cuándo se es familia numerosa?
De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 40 del año 2003 y su reglamento, concernientes al amparo de las Familias Numerosas y su condición para ser calificada así:
Aquellas integradas por el o los padres, tutor, los acogedores o los guardadores, legalmente autorizados, y tres (3) hijos o más, comunes o no.
Sin embargo, hay ciertas excepciones, como aquellas que tienen dos (2) hijos, salvo estas excepciones:
- Cuando exista un nivel de discapacidad justificado legalmente, en alguno de los padres, con un nivel igual o superior al 65% o 33% para los dos.
- Si existe un 33% de discapacidad en los hijos de para llevar a cabo actividades que les produzcan ingresos.
- En caso de falta de uno de los padres por fallecimiento, y la familia sea de un padre o madre con dos hijos
- Cuando es huérfano, y tiene la tutela de dos hermanos, o con refugio familiar continuo, o por custodia o en proceso de adopción.
- Igualmente cuando son tres o más hermanos huérfanos, mayores de 18 años. Asimismo si uno de ellos es discapacitado, son dependientes económicamente entre ellos y habitan en el mismo hogar.
- Si existen tres o más hijos, con padres separados o divorciados, que vivan en distintos hogares, aunque dependientes económicamente de ellos, independientemente si los padres no tienen la misma dirección de domicilio. Es necesario consignar una resolución judicial que exprese la obligación de suministrar alimentos. Considerando que el grupo familiar tendrá la condición de convivientes.
- Cabe destacar que las familias numerosas se clasifican en dos tipos, especial y general.
Familia Especial, integrada por:
- Cinco (5) o más hijos
- Cuatro (4) hijos, siendo tres (3) de ellos producto de parto natural, adopción o acogimiento permanente o proceso múltiple de adopción.
- Cuatro (4) hijos, con ingresos anuales distribuidos entre el número de integrantes de la familia, no excedan el cálculo anual del 75 % del IPREM actual.
Familia General, integrada por:
- El resto de las diferentes familias que no se incluyen en la categoría anterior.
- Es importante destacar, que por cada hijo incapacitado para trabajar, se toma en cuenta como dos integrantes de la familia.
- Siendo determinante en la elección de la categoría que se asignará en el proceso de clasificación.
Asimismo dentro de las condiciones del número de integrantes de la familia y sus características especificas, existen requisitos incluidos:
- Los hijos deben ser solteros con edad menor a 21 años o ser incapacitados para trabajar, indistintamente de su edad.
- Prolongándose esta condición hasta los 25 años, cuando es estudiante universitario. Bien sea en instituciones públicas o privadas. En esta prolongación se incluyen los estudios realizados para obtener un empleo.
- Los hijos, deben vivir con el progenitor que realiza la solicitud. Sin detrimento de los casos de separación o divorcio, y la obligación de suministrar alimentos por parte del progenitor que no vive con el hijo.
- Cuando los hijos dependen económicamente de los padres.
- Los integrantes de la familia deben ser:
- Ciudadanos españoles o de países integrantes de la UE, o del convenio del Espacio Económico Europeo (EEE).
- Residir en España.
- Uno de los padres, debe trabajar de manera dependiente o independiente en España, cuando la familia resida en otro país fuera los mencionados inicialmente.
- Si todos los miembros de la familia que da origen a la condición de familia numerosa, son ciudadanos de otros países, deben vivir en España.
- Ningún integrante de la familia pueden estar inscritos en dos familias numerosas a la vez.
- Cuando cambian las condiciones individuales de cada integrante de la familia numerosa, el certificado seguirá válido, hasta que el menor de los hijos reúna las condiciones que originan el derecho. Limitando los beneficios a los integrantes que ya no las reúnen.
Solicitud de carnet de familia numerosa
Las modalidades para solicitar el carnet de familia numerosa son diferentes en cada comunidad autónoma donde vayas a llevar a cabo esta gestión.
Actualmente muchas ya disponen de la plataformas para realizar la solicitud vía online, igualmente la presencial en las sedes de las entidades autónomas con competencia.
Frecuentemente, requieren documentos que van junto a un formulario de solicitud. Aunque para evitar inconvenientes en el proceso, se recomienda informarse en las entidades autorizadas la documentación y método de emisión tienen determinados.
Cuando un grupo familiar es reconocido como Familia Numerosa, existen carnet personales para cada integrante que cuente con DNI.
En tal sentido, pueden recibir todos los beneficios implícitos en ser miembro de una familia numerosa, para ello debe presentar el carnet acompañado del DNI o NIE Número de Identidad de Extranjero.
Entre los beneficios están los descuentos en actividades de entretenimiento, como visitas a museos. Igualmente en medios de transporte, aéreos y terrestres. Además de algunas bonificaciones estatales.
Sin embargo, para poder disfrutar de ellos, primeramente hay que solicitar este carnet con la firma de uno de los titulares o aquellos interesados mayores de edad, junto con la copia del DNI o NIE, de quien será portador del carnet.
Es importante mencionar que estos carnets son personales y no se pueden transferir.
Algunas comunidades, los entregan a la vez con la emisión presencial del certificado de familia numerosa, para evitar realizar trámites adicionales.
Actualmente, se puede obtener el certificado y carnet personal de familia numerosa, mediante una aplicación en cualquier equipo móvil inteligente, como smartphones o tablets.
Asimismo, en la comunidad de Madrid la solicitud se puede realizar por vía online.
Finalmente, si se ocurre alguna variación en las circunstancias que dan origen a la familia numerosa, será necesario renovar el carnet o tarjeta. Teniendo un plazo de tres (3) meses, desde que ocurra el cambio, para renovarlo.
Ahora ya conoces como tramitar un Certificado de familia numerosa en España, los requisitos y pasos que debes realizar para obtenerlo, como solicitar el carnet, entre otros. Esperamos que esta información pueda ayudarte para realizar tu trámite de forma exitosa.