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Cómo tramitar el certificado de últimas voluntades España

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Con la muerte de seres queridos, además del duelo personal realizado para lidiar con la pérdida, es de suma importancia llevar a cabo una serie de trámites legales.

En este caso, vamos a explicar cómo obtener el certificado de últimas voluntades en España. Si bien, este no comprende la única documentación que se debe solicitar ante la despedida de algún pariente, comprende el conjunto de acciones legales que los familiares tienen responsabilidad de ejecutar, en este caso para llevar una distribución equitativa y un control de los bienes dejados por el difunto.

Índice

¿Qué es?

El certificado de ultimas voluntades es un tipo de testamento que determina si un ciudadano ha registrado un testamento y ante qué Notariado fue realizado para que sus herederos puedan reclamar y obtener una copia legalizada y firmada del mismo. En caso que el fallecido dejase un testamento entonces las personas incluidas en el mismo pueden tramitar la adquisición y distribución de la herencia.

Pero, ¿qué sucede si no existe tal testamento? Los familiares deberán solicitar una Declaración de Herederos ante Notario, en caso de parientes directos del fallecido. También pueden solicitar la Declaración de Herederos Judicial, en caso de parientes colaterales.

¿Quién puede solicitarlo?

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La certificación puede ser solicitada por cualquier ciudadano español que presente la documentación necesaria según si se trata de una solicitud personal o solicitud electrónica.

¿Cuáles son los plazos?

Si bien pueden surgir algunos retrasos en el procedimiento, gracias a la demanda creciente, usualmente la emisión de los certificados de últimas voluntades es luego de 10 días de su solicitud. Sin embargo, aquellas solicitudes creadas vía Internet comprenden aproximadamente un plazo de 5 días.

¿Cómo debe realizarse la solicitud?

La solicitud puede presentarse al haber transcurrido 15 días hábiles sin contar el del día del fallecimiento, fines de semanas ni días festivos.

En caso que la persona fallecida tenga un seguro de decesos, los familiares podrán recibir a los pocos días tres certificados de defunciones originales, de lo contrario sería necesario llevar a cabo la solicitud de la siguiente manera:

  • Presencial: Presentar la solicitud en las Oficinas de Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia (comunidades autónomas en general) o la Oficina Central de Atención al Ciudadano (comunidad autónoma de Madrid).
  • Internet: Solicitar el certificado a través de la página del Ministerio de Justicia, descargando el modelo de solicitud 790 disponible.

Para descargar el formulario, clic aquí 

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Requisitos

La información varía si la solicitud es realizada de manera presencial o por correo postal. La siguiente información pretende hacer énfasis en los casos presenciales. Si usted desea realizar los trámites por vía electrónica, puede acceder a Sede Electrónica del Ministerio de Salud y seguir los pasos indicados.

Según el Ministerio de Justicia, para obtener el certificado de últimas voluntades en España es necesaria la siguiente documentación:

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  • Modelo de solicitud 790.
  • Certificado literal de la Defunción expedido por el Registro Civil de la comunidad donde ocurrió la defunción, no donde reside el individuo, original y copia debidamente firmados. Si la fecha de fallecimiento es posterior al 2 de abril de 2009 y la defunción no está inscrita en el Juzgado de Paz, solamente es necesario el DNI/NIE del fallecido.
  • DNI/NIE o poder notarial para aquellas personas vivas.

Procedimientos

  1. Solicitar una cita previa, únicamente en el caso de Madrid.
  2. Descargar el Modelo 790 disponible gratuitamente en la página web del Ministerio de Justicia del Gobierno de España y llenar el formato con los datos similares a la partida de defunción, si existe alguna disparidad entre ambos no podrá ejecutarse el trámite.
  3. Dirigirse personalmente a las Oficinas de Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o la Oficina Central de Atención al Ciudadano para hacer entrega de dicho modelo.
  4. Abono de la tasa por realización de trámites: deben realizarse con anterioridad en el lugar donde se realicen la solicitud.
  5. Plazo de solicitud: aproximadamente diez días desde su emisión.


¿Por qué debe realizarse este trámite?

  • Al morir un familiar, a través del documento es posible determinar si la persona fallecida ha dejado algún testamento o voluntad personal.
  • Permite conocer la distribución de bienes determinada por el difunto.
  • Sirve como una de las herramientas para el Estado en el control en la administración de bienes nacionales y tener conocimiento del origen de los mismos.

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Información adicional y consideraciones

El costo del trámite, según los entes gubernamentales, es de 3,78 €. El pago debe ser realizado al momento de la solicitud a través de los siguientes mecanismos:

  • Desde España: Acudir a la Agencia Tributaria con el impreso 790 disponible en la página del Ministerio de Justicia firmado por el solicitante y efectuar el pago de manera personal, no por terceros.
  • Desde el exterior: Acudir a la Agencia Tributaria del país donde realice la solicitud, con el impreso 790 firmado por el solicitando y efectuar el pago. Realizar transferencias con cuentas bancarias internacionales hacia el Código Internacional de la cuenta de ingresos restringida del Ministerio de Justicia, cuyos datos son:
    • ENTIDAD: BBVA.
    • TITULAR DE LA CUENTA: Ministerio de Justicia – Cuenta Restringida Recaudación Tasas Extranjero.
    • NIF DEL TITULAR DE LA CUENTA: S-2813610-I.
    • IBAN o Código Internacional de Cuenta Bancaria: IBAN ES62 0182 2370 4202 0800 0060.
    • Código de Identificación Bancario (BIC) del BBVA: BBVAESMMXXX

Ahora bien, ante cualquier error a la hora de emitir el pago, la persona deberá solicitar el reintegro del dinero sobrante a través de un expediente de devolución de ingresos indebidos, aunque dicho procedimiento puede prolongarse, por tanto recomendamos al usuario mantener sumo cuidado y atención a la hora de efectuar el costo del trámite para evitar inconvenientes.

Los certificados de últimas voluntades emitidos en el exterior deben ser legalizados para tener validez en territorio español.

Como habrás notado, la adquisición de este tipo de documento es de suma facilidad, siendo adquirido tan sólo con el Modelo 790 disponible online, la Certificación de Defunción expedida por el Registro Civil, el DNI/INE (según tu condición como ciudadano dentro de la nación europea) y el costo del trámite, a ello incluyendo la posibilidad de ser solicitado por vía electrónica y por ende más sencillo.

Pero, ¿por qué entonces no es realizado por las personas? Los usuarios desconocen la relevancia de expedir documentos tras el fallecimiento de un familiar, bien sea por descuido o, en este caso particular, porque desconocen de la presencia de algún tipo de testamento.

No obstante, con la expedición de un certificado de últimas voluntades la familia podrá tener conocimiento de la distribución de bienes e incluso evitar futuros conflictos familiares. Luego de haber leído esta información, esperamos haber aclarado tus dudas.