
Colombia elimina aranceles recíprocos del 30% a Ecuador
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Los aranceles del 30 % fueron derogados en el Decreto 583, expedido el 5 de junio por el Ministerio de Comercio de Colombia.
El gobierno de Colombia eliminó los aranceles del 30 % sobre productos importados desde Ecuador. Esta medida se oficializó en el Decreto 583, expedido el 5 de junio de 2026 por el Ministerio de Comercio de Colombia.
Fin de la disputa comercial
Este nuevo decreto deroga el Decreto 170, que data del 20 de febrero de 2026, y pone fin a una disputa comercial que se prolongó durante los últimos cuatro meses entre Ecuador y Colombia.
El documento señala: “Deróguese en su integridad el Decreto 170 del 20 de febrero del 2026, por el cual se adoptan aranceles recíprocos equivalentes al 30 % a productos importados desde la República del Ecuador”.
Además dicta al Estado “promover la internacionalización de las relaciones políticas, económicas, sociales y ecológicas sobre base de equidad y conveniencias nacional”.
Razones de seguridad nacional
El decreto del Ministerio de Comercio colombiano establece que “se tomen medidas de restricción al ingreso de mercancías provenientes y originarias de Ecuador por razones de seguridad nacional de la República de Colombia”. Esta disposición refleja las preocupaciones sobre la seguridad en el comercio bilateral.
Acciones recíprocas entre ambos países
La eliminación de los aranceles por parte de Colombia se produce después de que Ecuador también levantara la tasa de seguridad que cobraba a productos importados desde Colombia. Esta medida fue retirada el pasado lunes 1 de junio de 2026.
Instrucciones de la Comunidad Andina
La Secretaría General de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) había ordenado a ambos países eliminar los aranceles y la tasa de seguridad el pasado 8 de mayo. Además, dio un plazo de diez días hábiles para cumplir con esta disposición.
Mantenimiento temporal de aranceles al arroz ecuatoriano
A pesar de la eliminación generalizada de aranceles, Colombia mantendrá temporalmente los aranceles al arroz ecuatoriano. El decreto establece un plazo de 45 días para desmontar esta medida específica, por la “persistencia del contrabando por la frontera sur y el plazo que la autoridad aduanera necesita para fortalecer sus controles”.


