Tabla de Pensiones Alimenticias Ecuador Cálculo Función Judicial
SUPA Tabla de pensiones alimenticias Ecuador Calculo Función Judicial – SUPA Tabla pensiones alimenticias. Las pensiones alimenticias tiene nuevas reglas en el país. Los alimentantes (padres o madres) ahora pueden pagar las pensiones en 36 entidades financieras, entre bancos y cooperativas. El Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA), que activó el Consejo de la Judicatura (CJ). ahora pueden elegir cualquier institución bancaria que opera en el país. Para ello, los interesados deberán solicitar que un juez que conoce la demanda que fije la entidad de su elección. Si no lo hace, el cobro se hará en el Banco del Pacífico. Pero hay otro cambio importante que incorpora el SUPA. Cuando haya retrasos en los pagos de las pensiones, el sistema hará el cálculo automático de los intereses por concepto de mora; es decir, ya no se solicitará al juez ese cálculo. Lo mismo ocurre con el aumento anual que obliga la Ley por concepto de inflación. Esa suma también será automática. Sin embargo, solo en el caso de que al alimentante le incrementen el sueldo y los beneficiarios quieran subir el valor de la pensión, se deberá solicitar a través de las oficinas judiciales.
Cáculo de pensiones alimenticias.
El cálculo de la pensión alimenticia se realiza sobre los ingresos del alimentante, si éstos suman hasta USD 436 deberá pagar el 27.20% de su salario por un solo hijo, de hasta 4 años. Si el menor tiene más de 5 años, el monto asciende al 28,53%, por dos hijos (menores de 4 años) será el 39,67%. Para descendientes mayores a los 5 años el porcentaje es de 41,72%, pero si el demandado tiene tres o más hijos cancelará el 54%.
La tabla permite obtener un valor mínimo de pensión, el Sr. Juez está en la potestad de incrementar o disminuir el valor de la pensión en función de los justificantes que presenten las partes(actor y demandada)
Consideración especial:
En el caso de la Provincia de Galápagos, los valores que se aplicaran en la fijación de pensiones, tendrán en cuenta la normativa relativa al salario básico unificado, en función al Régimen Especial vigente para la Provincia.
La tabla permite obtener un valor mínimo de pensión, el Sr. Juez está en la potestad de incrementar o disminuir el valor de la pensión en función de los justificantes que presenten las partes(actor y demandada).
Consideraciones Generales:
- Si se demanda al padre y a la madre, debe calcularse la pensión individualmente según los ingresos de cada uno.
- Para calcular la pensión se tomará en cuenta todos los INGRESOS del demandado menos el aporte al Iess y el impuesto a la renta.
- Podrá descontarse la pensión del sueldo del demandado por orden judicial, SI EL EMPLEADOR NO LO HACE TENDRA SANCIONES.
- La pensión puede ser depositada en una cuenta bancaria del derechohabiente.
- Los valores de la tabla pueden ser INCREMENTADOS por el juez.
- Solo se puede llamar a los abuelos, hermanos o tíos si se los nombró en el formulario de demanda.
- El formulario de demanda lo puede presentar cualquier persona, aún los adolescentes mayores de 15 años.
Pensión alimenticia en décimo tercero y décimo cuarto sueldo.
En los meses de septiembre y diciembre de cada año para las provincias del régimen educativo de la Sierra; y, en los meses de abril y diciembre para las provincias del régimen educativo de Costa y Galápagos, el alimentado tendrá derecho a recibir el valor de dos( 1 por el décimo tercero y 1 por el décimo cuarto sueldo) pensiones alimenticias, a pesar de que el demandado no trabaje bajo relación de dependencia.
Quienes no paguen más de 1 mes.
- Serán registrados en la página web del Consejo de la Judicatura y en la Central de Riesgos.
- No podrán ser candidatos a cualquier dignidad de elección popular.
- No podrán ser designados para ocupar cargo público.
- No podrán vender o transferir bienes muebles o inmuebles.
- Tendrán prohibición de salida del país.
Mira También:
Tabla de Pensiones Alimenticias
Recuerda revisar donde pagar la pensión alimenticia en los links de abajo, también recuerda revisar si tienes juicios pendientes o aumentos.
Bancos donde pagar las pensiones – CLIC AQUÍ
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Consulta pensiones alimenticias – CLIC AQUÍ
Salario Básico en Ecuador – CLIC AQUÍ
Sanciones para quien no pague más de 1 mes:
- Ser registrado en la web del Consejo de la Judicatura y en la Central de Riesgos.
- No podrá ser candidatos a cualquier dignidad de elección popular.
- No podrá ser designados para ocupar un cargo público.
- No podrá vender o transferir bienes muebles o inmuebles.
- Prohibición de salida del país.
Consideraciones Generales:
- Si se demanda al padre y a la madre, debe calcularse la pensión individualmente según los ingresos de cada uno.
- Para calcular la pensión se tomará en cuenta todos los INGRESOS del demandado menos el aporte al Iess y el impuesto a la renta.
- Podrá descontarse la pensión del sueldo del demandado por orden judicial, SI EL EMPLEADOR NO LO HACE TENDRA SANCIONES.
- La pensión puede ser depositada en una cuenta bancaria del derechohabiente.
- Los valores de la tabla pueden ser INCREMENTADOS por el juez.
- Solo se puede llamar a los abuelos, hermanos o tíos si se los nombró en el formulario de demanda.
- El formulario de demanda lo puede presentar cualquier persona, aún los adolescentes mayores de 15 años.
Pensión alimenticia en décimo tercero y décimo cuarto sueldo.
En los meses de septiembre y diciembre de cada año para las provincias del régimen educativo de la Sierra; y, en los meses de abril y diciembre para las provincias del régimen educativo de Costa y Galápagos, el alimentado tendrá derecho a recibir el valor de dos( 1 por el décimo tercero y 1 por el décimo cuarto sueldo) pensiones alimenticias, a pesar de que el demandado no trabaje bajo relación de dependencia.
Quienes no paguen más de 1 mes.
- Serán registrados en la página web del Consejo de la Judicatura y en la Central de Riesgos.
- No podrán ser candidatos a cualquier dignidad de elección popular.
- No podrán ser designados para ocupar cargo público.
- No podrán vender o transferir bienes muebles o inmuebles.
- Tendrán prohibición de salida del país.
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