Tabla de pensiones alimenticias

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El Ministerio de Inclusión Económica y Social(MIES) actualizó la Tabla de Pensiones Alimenticias 2023, el ajuste se realiza de acuerdo al incremento del Sueldo Básico Unificado (SBU) y la inflación correspondiente al año anterior.

El salario básico de $450 para el 2023 modifica los valores en los rangos de los 6 niveles de la tabla. Los nuevos rangos y niveles se aprobaron por medio del Acuerdo Ministerial 008 del MIES.

Tabla de pensiones alimenticias mínimas

La tabla de pensiones alimenticias para el año 2023 está compuesta por 6 niveles, que están organizados a partir de los ingresos del alimentante, expresados en salarios básicos unificados y además considera el número total de hijos/as y sus edades.

El sueldo del alimentante(padre o madre) determina el nivel de la tabla a utilizar, el número de hijos y la edad indica el porcentaje a aplicar. Si la persona demandada tiene hijos menores y mayores a 3 años se utilizará el porcentaje más alto (valores para 3 años en adelante).

La tabla permite obtener una pensión mínima a pagar, sin embargo el Juez tiene la potestad de incrementar o disminuir dicho valor en función de los justificantes que presenten las partes(actor y demandada).

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¿Quiénes tienen derecho a la pensión?

Según Código de la Niñez y Adolescencia, las niñas, niños y adolescentes, desde los 0 hasta los 18 años tienen derecho a recibir la pensión de alimentos. Esta obligación se extiende por un tiempo adicional en el caso del estudiante universitario hasta que cumpla 21 años.

Las mujeres embarazadas tienen derecho a una pensión de alimentos que cubra la atención de las necesidades de la madre gestante.

Pensión alimenticia para rehabilitación y ayudas técnicas por discapacidad

Para aquellos hijos que tiene alguna discapacidad(moderada, grave o muy grave), el MIES aprobó otra pensión que es adicional a la normal. La tabla muestra claramente el porcentaje por discapacidad que va en función de los ingresos del demandado y el nivel de discapacidad del hijo.

Esta pensión adicional contenida en la tabla busca cubrir las necesidades del hijo con discapacidad como atención médica, rehabilitación y cuidados especiales.

Cálculo de la pensión alimenticia

Para realizar el cálculo de la pensión alimenticia es importante conocer el salario liquido del demandado, es decir los ingresos menos los aportes al IESS y la retención por impuesto a la renta.

Valor de pensión=(Salario x % de la tabla) / 100

Primer caso:

El alimentante tiene un hijo de 3 años y recibe un ingreso mensual de $450(1SBU)

El demandado se encuentra en el Nivel 1 de la tabla que aplica para quienes reciben entre 1 SBU ($450) hasta 1.25 SBU ($562.5). Y como tiene un hijo mayor de tres años, debe pagar el 29.49% de su ingreso mensual por concepto de pensión de alimentos.

(450 x 29.49) /100 = $132,70 de pensión alimenticia

Segundo caso:

El demandado tiene dos hijos cuya edad son 2 y 5 años respectivamente, además recibe $650 de salario.

Para este caso, el demandado está en el Nivel 2 de la tabla. Al tener dos hijos y uno de ellos es mayor de tres años, entonces se aplica el porcentaje del 49,51% correspondiente al hijo mayor.

(650 x 49.51) /100 = $321,81 total de pensión

321,81/2 (hijos) = $160,90 por cada hijo

Tercer caso:

El deudor tiene un hijo de 2 años con discapacidad grave y recibe en el trabajo $450 de salario.

Valor para hijo= Pensión normal + importe por discapacidad

(450 x 28.12)/100 = $126,54 + (450 x 5.23)/100 = $23,54 por discapacidad grave

Total de pensión alimenticia:$150,08