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Soy ciudadano americano y quiero pedir a mis padres

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Solo un ciudadano estadounidense, habiendo cumplido los 21 años puede traer a sus padres como residente permanente a vivir en los Estados Unidos de América. ¿Quieres saber más? ¡Sigue leyendo!

 

Índice

Documentos para quiero pedir a mis padres

Si los padres del solicitante viven fuera de Estados Unidos, deberán realizar dos tipos de trámites:

Si los padres viven fuera de Venezuela y no presentan problema alguno con inmigración

El primero: USCIS tiene que aprobar la petición I-130, luego debe enviar la información con todos los documentos al Centro Nacional de Visas.

Luego de consignar los documentos, se realizara un examen médico el cual debe aprobarse y posterior a ello, deberá asistir a la entrevista en la Embajada ubicada en el país de residencia de los padres.

Luego de aprobada la visa, los padres tendrán un lapso de seis (06) meses para ingresar a suelo estadounidense. Solo en este caso puntualmente, sea que lleguen por aeropuerto o por mar un agente de inmigración sellara el pasaporte y este será su Green Card mientras.

Si los padres viven fuera de Estados Unidos y presentan problema con inmigración.

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Si es el caso, en que los padres viven fuera de Estados Unidos, y tienen problemas migratorios, en los que seles catalogan como personas que son inadmisibles en el suelo estadounidense, la Green Card puede ser negada.

Deberá tener un perdón y en ocasiones cumplir con un castigo de 10 años sin poder ingresar al país, ingresar sin permiso al país, de alguna forma, podría afectar la solicitud, lo que arroja echar para atrás la posibilidad de negar de insofacto la Green Card.

Aun cuando se solicite el perdón y se cumpla con la penitencia de los 10 años, y aun solicitando la residencia nuevamente, en algunos casos no otorgan el perdón y no se logra la Green Card.

Madre vive fuera de los Estados Unidos

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Se requieren los siguientes documentos:

  • Llenar adecuadamente el Formulario I-130, Petición para un pariente extranjero
  • Presentar la copia de la carta de nacimiento donde se vea legiblemente el nombre del solicitante y de su madre.
  • Copia del pasaporte de Estados Unidos o de la ciudadanía odel certificado de naturalización, en caso de no ser nacida en territorio estadounidense.

Padre vive fuera de los Estados Unidos

En este caso, se necesita lo siguiente:

  • La petición para un pariente extranjero, es decir el  formulario I-130.
  • Consignar copia de la carta de nacimiento, donde se vea legiblemente el nombre del interesado y de sus padres.
  • Copia de la ciudadanía o documento de naturalización o pasaporte de los estados unidos, si no nació en suelo estadounidense.
  • Poseer y consignar una copia del acta de civil de matrimonio de sus progenitores.

Padre vive fuera de los Estados Unidos y usted nació fuera del matrimonio y no fue legitimado por su padre antes de cumplir los 18 años

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Para ello se solicita lo siguiente:

  • El petitorio para familiares extranjeros, expresado en el formulario I-130.
  • Copia del certificado de nacimiento con los nombres legibles, sin tachaduras o enmendaduras.
  • Copia del pasaporte de EEUU o el certificado de naturalización o de la ciudadanía, si no se nació en Estados Unidos.
  • Consignar alguna evidencia del nexo, bien sea económico o emocional que haya existido entre usted y su padre, antes que cumpliera la mayoría de edad o se casara, lo que ocurriese primero.

Traer a su padrastro a vivir a EEUU

Se necesitarán los siguientes  documentos, los cuales deberás consignar:

  • El Formulario I-130 (la petición para un pariente extranjero).
  • Fotocopia del certificado de nacimiento donde se vea con claridad el nombre suyo y de sus padres.
  • Copia de la constancia civil de matrimonio de su padre biológico con su padrastro, en el que se demuestre que el matrimonio ocurrió antes de que cumpliera los 18 años.
  • Copia de algún documento en el que se señale decreto de anulación del matrimonio o el de divorcio o un certificado de defunción, donde indique que la finalización del matrimonio entre el padre natural y el padrastro terminó legítimamente.

Petición se presenta para traer a su padre adoptivo a vivir en los Estados Unidos

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  • La petitoria para un familiar extranjero (formulario I-130).
  • Fotocopia del documento de nacimiento.
  • Copia de la ciudadanía o de la carta de naturalización si no es nacido en suelo estadounidense.
  • Una copia certificada del documento de adopción donde se demuestre que esta ocurrió antes de que cumpliese los 16 años.
  • Declaración donde se demuestre que ha vivido con su padre, con fechas y lugares a lo largo de su vida.

Cuánto demora el trámite

demora

Un ciudadano americano que haya cumplido su mayoría de edad (21 años) puede hacer el petitorio de un hijo a sus padres, lo que significa que puede solicitar la Green Card , cuando sus padres se encuentren fuera del territorio de Estados Unidos.

Esta diligencia puede tardar entre 6 meses y 10 años, aun cuando en algunas ocasiones es negada

¿En el USCIS, se puede medir el tiempo cuánto tarda los procesos?

El USCIS en su portal web, habilitó una herramienta- En la cual podrías conocer el tiempo estimado que llevan los procesos ante cualquier trámite. Aunque no es exacta como tal, podría darte alguna idea del tiempo que tarda.

Muchas veces el tiempo depende del centro de procesamiento al que fue asignado y todos los casos que este maneje y el como se desenvuelva en la resolución de estos.

¿Qué hay que tener en cuenta en peticiones de ciudadanos para sus padres?

cuenta

Es muy importante tener en cuenta lo que a continuación detallaremos ya que de ello dependerá el hacer las cosas bien y lograr los objetivos deseados en cuanto a las peticiones de solicitud venideras.

  • El ciudadano estadounidense debe ser mayor de edad (21 años).
  • Deberá demostrar que tiene fondos económicos para sostener a sus padres.
  • Debe conocer, que si desea incluir a hermanos debe realizar la solicitud por separado, e iniciar un nuevo petitorio.
  • Si es el caso, en el que obtuvo los documentos a través de un programa especial de inmigrantes, no puede hacer ningún petitorio para sus padres.
  • Cabe destacar que si el padre haya ingresado a territorio estadounidense sin documentos, y el hijo sirva en las Fuerzas Armadas podrá realizar el petitorio de su padre a través de la Sección 251(i) de la ley de inmigración.

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