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Si teletrabajas y tienes una avería olvídate de recuperar el tiempo perdido

Apostar por el teletrabajo también trae una serie de riesgos como, por ejemplo, las posibles averías que podemos sufrir en nuestro domicilio en plena jornada laboral. Pero, ¿deberíamos recuperar este tiempo perdido en el caso de que se produjesen? El Supremo lo tiene claro, la respuesta es negativa y te contamos los motivos que nos van a ayudar a entenderla. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

El trabajo a distancia entraña una serie de desafíos que cuando trabajamos de manera presencial ni nos planteamos. Uno de ellos hace referencia a las dudas que pueden surgir cuando los teletrabajadores sufren alguna avería en su vivienda que les impide desempeñar su trabajo con normalidad. El ejemplo más claro es cuando se produce una caída en el servicio de internet o un corte en los suministros de luz y estamos un rato hasta recuperar la normalidad.

Si nos enfrentamos a alguna de estas dos situaciones, o similares, trabajando desde la oficina, probablemente ni nos cuestionemos la idea de recuperar el tiempo perdido. La situación cambia, sin embargo, cuando desempeñamos nuestra actividad laboral en la distancia: ¿debemos recuperar las horas perdidas? El Supremo lo tiene claro: no.

 

No tienes que recuperar el tiempo perdido

El Tribunal Supremo considera que el tiempo en el que un trabajador sufre una avería durante su jornada laboral cuenta como tiempo efectivo de trabajo. Así lo expone en un fallo del pasado 26 de junio de este mismo año. En él, se describe el tiempo de trabajo como “todo período durante el cual el trabajador permanezca en el trabajo, a disposición del empresario y en ejercicio de su actividad o de sus funciones, de conformidad con las legislaciones y/o prácticas nacionales”, tal y como recoge el diario elEconomista.

Además, el mismo Tribunal también señala que el trato que los empleados reciben durante sus jornadas de teletrabajo no puede ser menos favorable que el que se proporciona cuando se desarrolla el trabajo de manera presencial. En el caso al que estamos haciendo referencia, sí que sería desfavorable y, como consecuencia, no tendría cabida.

El fallo mencionado previamente también indica que “los conceptos de tiempo de trabajo y de período de descanso se excluyen mutuamente”. En el caso de sufrir una avería, el tiempo no podría considerarse de descanso, por lo que se tiene que considerar como tiempo de trabajo.

 

Sin impacto en el salario

Una vez despejada la duda, la siguiente cuestión es entender si la empresa puede restarnos del sueldo el tiempo que no hemos podido trabajar por causas como las mencionadas. Para resolverla, acudimos a una sentencia del Tribunal Supremo dictada el 19 de septiembre de que niega esta posibilidad.

Al igual que sucede cuando trabajamos presencial, los cortes de internet o las averías pueden ocurrir en el momento menos esperado e impedir que trabajemos desde casa con normalidad. Por lo tanto, lo único que tenemos que hacer en ambas situaciones es esperar a que se restablezcan los suministros para poder retomar nuestras obligaciones profesionales sin que exista ningún prejuicio en la situación mencionada. Pese a ello, siempre es conveniente recordar que si se trata de algo temporal, podemos hacer uso de recursos como compartir los datos de nuestro móvil para minimizar el impacto de este tipo de circunstancias en nuestro día a día.