Empresas aprovechan la emergencia sanitaria para despedir a trabajadores, sin indemnización

Foto: Referencia Redes Sociales, plantón de trabajadores de Edesa desvinculados
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Se incumple el anuncio del presidente Lenín Moreno de que no habrá despidos durante la emergencia por el Covid-19

LOS PERIODISTAS

La paralización forzada de las actividades productivas en algunos sectores, por la emergencia sanitaria generada por el coronavirus, empieza a generar una ola de despidos en empresas privadas.

Hasta el ministerio de Trabajo han llegado al menos 1.300 denuncias de despidos intempestivos, según las organizaciones sindicales nacionales.

No obstante, el presidente Lenín Moreno aseguró el pasado 15 de marzo, en cadena nacional, que no se iban a dar despidos. “Los empleadores y trabajadores deberán llegar a acuerdos sobre jornadas y modalidades de trabajo, no habrá despidos”, afirmó el mandatario.

Pero hoy vemos que la realidad es otra. Muchas empresas dejaron de generar ingresos y decidieron poner fin a la relación laboral con sus empleados.

En los últimos días fueron despedidos alrededor de 1.000 trabajadores de la compañía de muebles Colineal, la empresa Confiteca, la fábrica de sanitarios Edesa y el restaurante Sports Planet.

Los empleadores se acogieron al artículo 169, numeral 6 del Código del Trabajo que establece que “Por caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite el trabajo como incendio, terremoto, tempestad, explosión, plagas de campo, guerra y, en general, cualquier otro acontecimiento extraordinario que los contratantes no pudieren prever o que previsto, no lo pudieron evitar”.

Sin embargo, la aplicación de este artículo estaría siendo aprovechada por ciertas empresas para incumplir derechos laborales como el pago de indemnizaciones.

Jonathan Toledo Padilla trabajó más de 10 años como ayudante de cocina en el restaurante Sport Bar S.A., con una remuneración mensual de USD 403,12. El domingo 12 de abril fue notificado con la terminación de la relación laboral por caso fortuito o fuerza mayor.

En el acta de finiquito consta una liquidación de USD 278,71 correspondientes a los días laborados de abril, fondo de reserva mensual y proporcionales de la décimo tercera y décimo cuarta remuneración.

Otro es el caso de Pedro Walpa, quien laboró durante 21 años en Edesa como digitador de despacho de productos. Fue notificado con el despido el pasado viernes por correo electrónico. Cuenta que ni siquiera le pagaron completo su remuneración de marzo y por reclamar, recibió amenazas de la empresa.

De considerarse despido intempestivo, cada trabajador debe recibir una indemnización de un salario por cada año de servicio, más una bonificación del 25% de su salario por cada año, de acuerdo a los artículos 188 y 185 del Código del Trabajo, respectivamente.

Fernando Ibarra, del Parlamento Laboral Ecuatoriano, asegura que en la emergencia por el Covid-19 no se puede aplicar el artículo 169, numeral 6 del Código de Trabajo, referente al caso fortuito o fuerza mayor, debido a que las empresas no han sufrido daño material que les imposibilite continuar operando.

Considera que “es una manera tramposa por la cual se quiere romper los derechos de los trabajadores y evadir el derecho a una indemnización por despido intempestivo”.

En la Asamblea Nacional se debate un proyecto de ley interpretativa del artículo 169 del Código del Trabajo para precisar la aplicación de los despidos de los trabajadores por caso fortuito o fuerza mayor. Pero, hasta tanto, los empresarios continuarán aplicando la norma, de acuerdo a su interpretación e intereses.

Según el ministerio de Trabajo, hasta el 25 de marzo se acogieron 6.027 empresas, a nivel nacional, a la suspensión, reducción o modificación emergente de la jornada laboral.

De estas, 684 redujeron la jornada laboral a 26.000 empleados; 488 registraron modificación de jornada a 8.000 empleados, y 4.855 se acogieron a la suspensión de la jornada a 89.000 colaboradores.

El ministerio autorizó la reducción de la jornada laboral semanal de 40 a 30 horas hasta por seis meses, con una renovación de hasta seis meses más por una sola ocasión.

Hasta que la Asamblea clarifique el alcance sobre la aplicación del despido por caso fortuito o fuerza mayor, cualquier reclamo de los trabajadores debe resolverse en el Ministerio de Trabajo, lo que tomará semanas o meses.

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