Multas y sanciones por no declarar bienes tributables

Sanciones pecuniarias y Anexo de infracciones

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Multas para Personas Naturales o Jurídicas, nacionales o extranjeras domiciliadas en el país que no entreguen la información requerida por el Servicio de Rentas Internas, dentro del plazo otorgado para el efecto; y, por no haber sido factible, ni materialmente posible la aplicación de la sanción de clausura:

TIPO DE CONTRIBUYENTE No entrega información Entrega  con retraso
Contribuyente especial6 RBU3 RBU
 Sociedad con fines de lucro4 RBU2 RBU
 Persona Nat. obligada a llevar contabilidad4 RBU2 RBU
 Persona Nat. no obligada a llevar contabilidad2 RBU1 RBU
 Sociedades sin fines de lucro1 RBU1 RBU
 Contribuyentes RIMPE1 RBU1 RBU

RBU: Remuneraciones Básicas Unificadas del trabajador en general

Multas liquidables por la administración tributaria:

TIPO DE CONTRIBUYENTE Omisiones no notificadas $Omisiones notificadas $ Omisiones Juzgadas $
Contribuyente especial90120180
 Sociedad con fines de lucro6090120
 Persona Nat. obligada a llevar contabilidad456090
 Persona Nat. no obligada a llevar contabilidad304560
 Sociedades sin fines de lucro304560

Multas para infracciones para las cuales la norma no ha previsto sanción específica:

Contravención:

El 06-Oct.-2026, la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Tributario, se establece que las contravenciones generan multa mínima del 6% de un SBU y máxima de 3 SBU, el texto debe ser aprobado por el  Ejecutivo y publicado en el Registro Oficial.

  • TIPO A
    • Cambio de razón social
    • No cancelar oportunamente el RUC
    • Cambio de actividad Económica
  • TIPO B
    • No emisión de comprobantes de venta
  • TIPO C
    • No contar con libro de ingresos y egresos
    • Falta de comparecencia a las oficinas del SRI
    • No exhibir los documentos que solicita el SRI
TIPO DE CONTRIBUYENTE A B C
Contribuyente especial$ 125.00$ 250.00$ 500.00
 Sociedad con fines de lucro$ 62.50$ 125.00$ 250.00
 Persona Nat. obligada a llevar contabilidad$ 46.25$ 62.50$ 125.00
 Persona Nat. no obligada a llevar contabilidad$ 30.00$ 46.25$ 62.50
 Sociedades sin fines de lucro$ 30.00$ 46.25$ 62.50

Faltas reglamentarias:

El 06-Oct.-2026, la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Tributario, se establece que las faltas reglamentarias generan una multa mínima del 6% de un SBU y máxima de 2 SBU, el texto debe ser aprobado por el  Ejecutivo y  publicado en el Registro Oficial.

  • TIPO A
    • Emitir facturas sin requisitos de llenado
    • Entregar un retención sin identificar el % aplicado
    • Entregar un comprobante de venta sin fecha de emisión
  • TIPO B
    • Sin definición
  • TIPO C
    • No conservar archivos durante 7 años
    • Emitir comprobantes de ventas caducados
    • Emitir comprobante de venta con fecha anterior a su vigencia.
TIPO DE CONTRIBUYENTE A B C
Contribuyente especial$ 83.25$ 166.50$ 333.00
 Sociedad con fines de lucro$ 41.62$ 83.25$ 250.00
 Persona Nat. obligada a llevar contabilidad$ 35.81$ 41.62$ 83.25
 Persona Nat. no obligada a llevar contabilidad$ 30.00$ 35.81$ 41.62
 Sociedades sin fines de lucro$ 30.00$ 35.81$ 41.62

Multa por no Presentación de Declaración Patrimonial:

Total Activos (USD $)Multa ActualReforma: 6-Oct.-2026
 200.000 – 250.000 $ 500La Asamblea Nacional aprobó el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Tributario:
– Si no se presenta la declaración patrimonial, la multa aplicable será de entre 1000 ($482.000) y 2075 ($1’000.150) salarios básicos unificados.
– Si se presenta pero se omite incluir activos del exterior, la multa será del 0,5% del valor no reportado, con un tope de 2075 SBU.
– Si la declaración que omite activos del exterior se presenta tarde, pero antes de que se notifique la infracción, la multa se reduce a la mitad.
El texto debe ser aprobado por el  Ejecutivo y publicado en el Registro Oficial.
250.001 – 300.000$ 700
300.001 – 350.000$ 900
350.001 – 400.000$ 1.100
400.001 – 450.000$ 1.300
450.001 en adelante$ 1.500

 

Sanciones por presentación tardía de la Declaración Patrimonial: La Asamblea Nacional aprobó el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Tributario y reforma las sanciones por presentación tardía, como se indica arriba.

Liquidación de multas por parte del contribuyente

  • Liquidación Voluntaria (A)
  • Liquidación luego de un proceso persuasivo (B)
  • Liquidación de multas luego de iniciado un sumario y antes de emitir una resolución sancionatoria (C)

Multas por presentación tardía juzgada por la Administración Tributaria (D)

Mes o fracción de mesABCD
1er. mes $ 30 $ 30 $ 40 $ 50
2do. mes $ 35 $ 40 $ 70 $ 100
3er. mes $ 40 $ 50 $ 100 $ 200
4to. mes $ 45 $ 75 $ 150 $ 300
5to. mes $ 50 $ 100 $ 200 $ 400
6to. mes $ 65 $ 125 $ 250 $ 500
7mo. mes $ 75 $ 150 $ 300 $ 600
8vo. mes $ 85 $ 175 $ 350 $ 700
9no. mes $ 100 $ 200 $ 400 $ 800
10mo. mes en adelante $ 125 $ 250 $ 500 $ 1.000

 

Base legal:

  • Constitución de la República del Ecuador
  • Código Tributario
  • Ley para la Reforma de las Finanzas Públicas
  • Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas
  • Ley Régimen Tributario Interno LRTI
  • Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador
  • INSTRUCTIVO APLICACIÓN DE SANCIONES PECUNIARIAS Agosto, 2014 Departamento de Prevención de Infracciones
  • Reglamento para Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno
  • Reglamento a la Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas
  • Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios.
  • Reglamento a la Ley del Registro Único de Contribuyentes.
  • SRO 897 de 22/Feb/2013