Registro pasivo así puede registrarse para votar en las elecciones seccionales y CPCCS Política

Registro pasivo así puede registrarse para votar en las elecciones seccionales y CPCCS Política

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Documentos de identidad e incluso tomarse una foto en línea son algunos de los pasos.

Las elecciones seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) están cerca.

Y para esto el Consejo Nacional Electoral (CNE) habilitó un registro en línea para el padrón electoral pasivo.

En la disposición general novena del Código de la Democracia consta: “Las y los ciudadanos que no hayan ejercido su derecho al voto en las cuatro últimas elecciones y que durante ese periodo no hayan realizado ningún trámite ante las dependencias del Consejo Nacional Electoral pasarán a formar parte del registro electoral pasivo”.

 

¿Cómo registrarse?

  • Ingresa a www.cne.gob.ec.
  • Ir a trámites y servicios.
  • Clic en servicios ciudadanos.
  • Elegir la opción de habilitación de registro electoral pasivo al registro electoral.
  • Iniciar sesión: usuario y contraseña, si no lo tiene, deberá crearlo.
  • Luego en habilitación al registro electoral.

Después de esto verá algunos requisitos por cumplir: copia de cédula, pasaporte o documento de identidad consular; foto estilo carné y firmar un formulario.

Como punto final dará clic en registrar y llenará un formulario. Deberá subir al sistema los documentos requeridos.

Todo esto se envía a validación y la respuesta llegará vía correo electrónico.

En tanto, otra de las opciones es acudir a las delegaciones provinciales o a las oficinas consulares en el exterior. El trámite es hasta el 24 de junio.

 

Sistema Online

cambio cne

División del padrón por provincias

Según el CNE, las cinco provincias con mayor cantidad de ciudadanos en el padrón pasivo son las siguientes:

  • Guayas, con 343.824 sufragantes.
  • Pichincha, con 236.829.
  • Azuay, con 135.957.
  • Manabí, con 75.383.
  • Cañar, 69.368.

En el caso de que un elector que conste en el registro electoral pasivo se acerque a ejercer su derecho al voto, no podrá sufragar, debiendo la junta receptora del voto entregar el certificado de presentación, según el CNE.