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Reformas sobre delitos de propiedad intelectual

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Reformas sobre delitos de propiedad intelectual y medidas en frontera

En reciente promulgación de la Ley Orgánica que reforma diversos cuerpos legales para reforzar la prevención y el combate al comercio ilícito. Fortalecer la industria nacional y fomentar el comercio electrónico. Se incorporan importantes reformas en materia de propiedad intelectual y aduanera que destacamos a continuación:

  1. Dentro de las reformas al Código Orgánico Integral Penal. Se endurece la pena privativa de libertad de seis meses a un año. Multa de hasta trescientos salarios básicos unificados por los delitos vinculados con falsificación de productos. Utilización de marcas ajenas, fabricación de sellos o etiquetas ilegítimas y almacenamiento, fabricación, oferta o venta de productos protegidos por derechos de propiedad industrial. Como marcas, patentes, diseños industriales, obtenciones vegetales, etc. Igual pena de privación de libertad y económica será impuesta a aquellas personas que utilicen sin autorización, alteren, mutilen, comuniquen públicamente, introduzcan al país, etc. Obras protegidas por derechos de autor. Tales como obras literarias, programas de ordenador (software), obras audiovisuales, fotográficas, etc.
  2. En lo que respecta a la figura de medidas de frontera. Acción que pretende la prohibición de exportaciones o importaciones de productos infractores de derechos de autor o propiedad industrial. Estas se simplifican otorgando mayores facultades para implementar la prohibición de ingreso o salida de mercaderías con la participación directa del titular de los derechos afectados.

Finalmente, se ratifica la existencia de un registro de derechos de propiedad intelectual que pueda ser manejado directamente por la autoridad aduanera, a fin de que se pueda informar oportunamente a los titulares de derechos presuntamente infringidos para que se inicien las acciones de prohibición de importación-exportación y sancionatorias correspondientes.

Advertencia: El boletín de Pérez Bustamante & Ponce (PBP) no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión legal, en vista de que se trata de un documento puramente informativo.