Reducción del Impuesto a la Salida de Divisas
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Reducción del Impuesto a la Salida de Divisas, Impuesto al Valor Agregado e Impuesto a los Consumos Especiales
En los Decretos Ejecutivos No. 643, 644, 645 de 10 de enero de 2023, suscritos por el Presidente de la República, se dispuso la reducción del Impuesto a la Salida de Divisas – ISD, del Impuesto al Valor Agregado – IVA, y del Impuesto a los Consumos Especiales – ICE, respectivamente.
ISD
Reducción progresiva del ISD:
- A partir del 1 de febrero de 2023, 3,75%;
- A partir del 1 de julio de 2023, 3,50%; y,
- A partir del 31 de diciembre de 2023, 2%.
IVA
Reducción de la tarifa de IVA del 12% al 8%, a la prestación de todos los servicios definidos como actividades turísticas de conformidad con la Ley de Turismo aplicable, únicamente en los siguientes días feriados:
- 18, 19, 20 y 21 de febrero de 2023;
- 7, 8 y 9 de abril de 2023; y,
- 2, 3, 4 y 5 de noviembre de 2023.
ICE
Reducción de la tarifa del ICE para los siguientes bienes:
- Tabaco de los consumibles de tabaco (sic) calentado y líquidos que contengan nicotina, a ser administrados por medio de sistemas de administración de nicotina, para los cuales la tarifa queda fijada en 50%.
- Armas de fuego, armas deportivas y municiones, para las cuales la tarifa queda fijada en 30%.
- Aviones, avionetas y helicópteros excepto aquellas destinadas al transporte comercial de pasajeros, carga y servicios; motos acuáticas, tricares, cuadrones, yates y barcos de recreo, para los cuales la tarifa queda fijada 10%.
- Cigarrillos, la tarifa específica queda fijada en US$ 0,16 por unidad.
- Alcohol (uso distinto a bebidas alcohólicas y farmacéuticos) y, bebidas alcohólicas, la tarifa específica queda fijada en US$ 10 por litro de alcohol puro.
- Cerveza industrial, la tarifa específica queda fijada en US$13,08 por litro de alcohol puro.
- Cerveza artesanal, la tarifa específica queda fijada en US$1,50 por litro de alcohol puro.
- Bebidas no alcohólicas y gaseosas con contenido de azúcar mayor a 25 gramos por litro de bebida, la tarifa específica queda fijada en US$0,18 por 100 gramos de azúcar añadida; y,
- Fundas plásticas, la tarifa específica queda fijada en US$ 0,08 por unidad.