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Quito pasa de alerta amarilla a verde

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Quito pasa de alerta amarilla a verde

Tras los informes epidemiológicos que muestran una reducción de casos del covid-19, emitidos en el COE Metropolitano y por la Secretaría de Salud.

El Municipio de Quito cambió de alerta amarilla a verde, luego de los informes epidemiológicos sobre el covid-19, emitidos en el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Metropolitano y por la Secretaría de Salud.

De acuerdo con la resolución del 10 de marzo del 2022, rigen los siguientes aforos en la ciudad y se levanta la suspensión de licencias de actividades económicas de acuerdo con el siguiente criterio y el nivel de alerta.

  • Bares, discotecas, karaokes (interior): 80 %
  • Bares con atención en exterior: 90 %
  • Centros de tolerancia y similares: 80 %
  • Cines y teatros: 100%
  • Gimnasios y centros de entrenamiento con actividades de contacto: 80 %
  • Gimnasios y centros de entrenamiento con actividades sin contacto: 100 %

Auditorios, alojamientos turísticos (en los espacios que realicen eventos), centros de convenciones, salas de eventos, recepciones y banquetes eventos corporativos académicos – MICE (interior): 95 %

Auditorios, alojamientos turísticos (en los espacios que realicen eventos), centros de convenciones, salas de eventos, recepciones y banquetes eventos corporativos académicos – MICE (exterior): 100 %.

Asimismo, auditorios, alojamientos turísticos (en los espacios que realicen eventos), centros de convenciones, salas de eventos, recepciones y banquetes evento turístico (interior): 90 %

Auditorios, alojamientos turísticos (en los espacios que realicen eventos), centros de convenciones, salas de eventos, recepciones y banquetes cuando realizan eventos sociales (exterior): 100 %

  • Balnearios, piscinas y centros de spa: 80 %
  • Canchas y ligas deportivas: 80 %
  • Centros comerciales: 100 %
  • Patios de comida de centros comerciales: 100 %
  • Restaurantes (interior):  90 %
  • Restaurantes (exterior): 100 %
  • Espectáculos Públicos (interiores): 90 %
  • Espectáculos Públicos (exteriores):100 %
  • Mercados minoristas, mayoristas, ferias y plataformas municipales: 100 %
  • Supermercados: 100 %
  • Agencias bancarias y corporativas: 100 %

Dentro de los establecimientos deportivos se deberá utilizar mascarilla en todo momento. Los usuarios que practiquen un deporte específico en los espacios pertinentes (canchas y espacios físicos) podrán dejar de usar mascarilla siempre y cuando todos los jugadores presenten, previo al inicio del juego, la constancia del esquema completo de vacunación contra el covid-19, con al menos 14 días de vigencia de la última dosis o examen PCR negativo hasta 72 horas previas.

Todo evento llevado a cabo en un establecimiento destinado a actividades religiosas o de culto, deberá cumplir con el 90 %. Antes, durante y después de un culto religioso, o similar, u otros eventos, se deberá utilizar debidamente la mascarilla que proteja nariz y boca de la exposición al ambiente, tanto en el interior como en el exterior del establecimiento religioso.

Además, se deberá mantener obligatoriamente el distanciamiento físico de dos metros y un tiempo máximo de permanencia en el interior del establecimiento de 60 minutos.

Todo establecimiento sujeto a la Licencia Metropolitana Única para el Ejercicio de Actividades Económicas (LUAE), deberá controlar que todas las personas que ingresen y/o permanezcan en el interior de los establecimientos usen debidamente la mascarilla, que proteja su nariz y boca de la exposición al ambiente.

De igual forma, deberá solicitar el carnet de vacunación físico o digital con el esquema completo previo al ingreso, con excepción de niños y niñas menores a 3 años.

En el caso particular de personas nacionales o extranjeras, que por contraindicación médica debidamente certificada por un médico habilitado, no cuenten con el esquema completo de vacunación o, en general, toda persona que por motivos personales, religiosos, idiosincráticos, éticos, culturales o cualquier otro que implique el ejercicio del principio de la autonomía de la voluntad, y que por lo tanto, no cuente con el esquema completo de vacunación, podrá presentar el certificado de examen PCR negativo hasta 72 horas previas.