Qué es un juicio de coactiva en Ecuador

Qué es un juicio de coactiva en Ecuador

Qué es un juicio de coactiva en Ecuador. En el caso de que te estés preguntando ¿Qué hacer si tengo un juicio de coactiva?, a continuación te explicamos que es y como funciona este procedimiento en Ecuador. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.

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¿Qué es un juicio de coactiva?

El juicio de coactiva es un proceso breve, de dos a tres meses, que permite a las instituciones cobrar un monto adeudado, generalmente de carteras vencidas, mediante el embargo y posible remate de bienes.

Los juicios de coactiva son llevados a cabo por jueces propios para cada institución del estado, por ende son muy eficaces para cobrar lo que se le debe a una entidad gubernamental.

Por ejemplo, si una persona debe una multa de tránsito, un tributo, predios o cualquier obligación y no se cancela en el tiempo establecido, la institución inicia un proceso de juicio de coactiva con medidas cautelares.

¿Cuáles son las medidas cautelares de un juicio de coactiva?

Una medida cautelar es una regla o procedimiento que se aplica con el fin de evitar que no se cumpla o evada determinado fin.

  • Arraigo, no puede salir del país.
  • Bloqueo de las cuentas bancarias en cualquier entidad del Sistema Financiero Nacional.
  • Embargo de los bienes del deudor con posibilidad de remate.

¿Cómo empieza un proceso de coactiva en Ecuador? ¿Qué hacer?

Para poner en marcha un juicio de esta índole, se procede inicialmente con dictar un auto de mandamiento y de ejecución de la coactiva, con orden de embargo conforme al valor de la deuda.

El Registrador de la Propiedad correspondiente, comienza con el proceso y cita al deudor. En este punto, los deudores tienen la posibilidad de cancelar la deuda o presentar las excepciones del caso; sin embargo, si no responde a la notificación se procede con trámite.

Las excepciones serán diligenciadas por los jueces civiles y no los de coactiva; por ejemplo, el deudor puede acordar un pago o abono de una parte de la deuda (convenio).

Todo esto debe hacerse antes de que el juez de coactiva haya dictado las medidas cautelares u ordenado el embargo, a menos que el juicio prescriba.

La autoridad asignará un perito para avaluar los bienes embargados y determinar los valores iniciales con los que serán rematados, para saldar la deuda y dar por terminado el proceso de cobro.

El juicio de coactivas es un proceso muy tedioso que muchas veces suele tomar por sorpresa al ciudadano, por tal razón para evitar futuros contratiempos y molestias, lo mejor es tratar de ponerse al día con cualquier deuda que se tenga pendiente.

Si ya te encuentras en esta situación, lo mejor es asesorarte con un abogado de confianza, ya que al ser un trámite judicial necesitarás a un especialista para solucionar de la mejor manera este asunto.

 

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