Por qué el SRI extingue deudas tributarias menores a $460
SRI extingue deudas tributarias menores a $460. El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió una resolución con la que se extinguen las deudas tributarias que no superen los $460. Esta medida responde a la Ley de Alivio Financiero que entró en vigencia el 9 de diciembre de 2024, y beneficiará a más de 100.000 contribuyentes en todo el país. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.
SRI extingue deudas tributarias menores a $460
La Ley de Alivio Financiero establece que el director del SRI debe declarar extintas las deudas tributarias que estén en mora de pago por un año o más, siempre que se haya demostrado que la administración tributaria ya ha intentado acciones de cobro o coactivas.
El beneficio incluye el tributo, los intereses y las multas, siempre que la suma total por cada contribuyente no supere el salario básico unificado (SBU) vigente en 2024, que es de $460.
En cumplimiento de esta normativa, el SRI emitió la resolución NAC-DNRRASC24-00000001, que contiene un anexo con el listado de los contribuyentes beneficiados. Según el director del SRI, Damián Larco, la medida implica la extinción de aproximadamente $8 millones en deudas tributarias.
Extinción de 0tras deudas
La normativa también ofrece otros beneficios tributarios, como la condonación del impuesto a la renta de los ejercicios 2022 y para los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo Simplificado, para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE). Este régimen aplica a pequeños negocios que registren ingresos brutos anuales de hasta $300.000.
Por otro lado, el alivio financiero también puede adoptarse por prefecturas, alcaldías y otros gobiernos autónomos descentralizados (GAD), de manera opcional, de esta forma podrán aplicar la extinción de deudas no tributarias que cumplan con los mismos parámetros establecidos para las obligaciones tributarias.