“Pase Laboral” para trabajadores durante la inmovilización social obligatoria
Pase Laboral para trabajadores. El 27 de enero de 2021 se publicó el Decreto Supremo 8-2021-PCM, el cual prorroga el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de 28 días calendario, a partir del lunes 1 de febrero de 2021. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.
El referido Decreto Supremo establece que las regiones con nivel de alerta extremo tienen inmovilización social obligatoria durante todo el día; las regiones con nivel de alerta muy alto tienen inmovilización social obligatoria de 8:00 p.m. a 4:00 a.m. del día siguiente; y las regiones con nivel de alerta alto tienen inmovilización social obligatoria de 9:00 p.m. a 4:00 a.m.
Pase Laboral para trabajadores durante la inmovilización social
En ese sentido, los trabajadores que realicen actividades permitidas durante la inmovilización social obligatoria deberán solicitar un Pase Laboral, conforme a lo siguiente:
- El Pase Laboral puede ser solicitado en el siguiente enlace: https://paselaboral.servicios.gob.pe/paselaboral/request_new
- Las personas que cuenten con Pase Laboral podrán tramitar también el Pase Vehicular.
- Ante alguna intervención policial, el trabajador deberá exhibir su Pase Laboral y su DNI. Adicionalmente, se recomienda portar fotocheck y/o carta de autorización emitida por la empresa donde se evidencie que realiza actividades permitidas.
- El Pase Laboral y, de ser el caso, el Pase Vehicular, deben ser renovados cada 7 días. La renovación y/o modificación del Pase Laboral puede realizarse en el siguiente enlace: https://paselaboral.servicios.gob.pe/paselaboral/buscar.
- De consignarse información falsa en la solicitud, se anula el Pase Laboral y se incurre en un delito con consecuencias penales.