Novedades fiscales para trabajadores, empresas y autónomos
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Las novedades fiscales de 2022 para trabajadores, empresas y autónomos
El impulso de los planes de pensiones de empresa, un tipo mínimo del 15% para las grandes compañías y el estímulo al emprendimiento protagonizan los principales cambios en materia de impuestos de los Presupuestos Generales del Estado para este año.
Este año arranca con nuevos propósitos y nuevas reglas en materia fiscal. Los Presupuestos Generales del Estado (PGE) han transformado varios aspectos sobre los impuestos a los que las empresas y los autónomos tendrán que hacer frente. A continuación, se detalla de la mano de cuatro expertos cuáles son los principales cambios fiscales de 2022 y qué efectos tendrán.
Impulso a los planes de pensiones de empresa
Con el objetivo de favorecer los planes de pensiones de empresa, el Gobierno ha introducido algunas novedades en los PGE. Por segundo año consecutivo se reducen los beneficios fiscales de los planes de pensiones individuales. Las aportaciones que una persona puede realizar a su plan de pensiones bajan en 500 euros, hasta situarse en 1.500 euros, por lo que se tendrá derecho a una menor deducción —en 2021 ya experimentaron un recorte de 6.500 euros—.
En los de empresa, sin embargo, aumentan. El objetivo es potenciar los planes de pensiones de empleo frente a los individuales, señala Elizabeth Malagelada, socia del Área Fiscal de Cuatrecasas. Esta experta que participará en el webinar Fiscalidad para la empresa: novedades legislativas y jurisprudenciales, organizado a través de HUB Empresa de Banco Sabadell, destaca que serán las compañías las que tengan la llave para abrir la puerta a esos incentivos a partir de ahora. Las aportaciones máximas a los planes de pensiones de empresa con derecho a deducción suben 500 euros, hasta los 8.500 euros.
La cantidad total con beneficios fiscales para un trabajador por cuenta ajena se mantiene en 10.000 euros anuales (1.500 euros por el plan de pensiones individual sumado a 8.500 euros por el de su compañía).
Este nuevo escenario afecta también a los trabajadores autónomos, sometidos al límite de 1.500 euros, pero en su caso no pueden realizar aportaciones a planes de pensiones de empleo porque no son trabajadores por cuenta ajena. “El límite de 8.500 euros que prevé la norma solo podrían disfrutarlo si ellos mismos promovieran un plan de pensiones de empleo en beneficio propio y de sus empleados —si los tuvieran—, situación que es poco frecuente en España”, señala Malagelada.
Los planes de pensiones de empleo son productos de ahorro privados y están impulsados por las empresas para que los disfruten sus trabajadores. Las compañías que ofrecen a sus empleados este tipo de seguros de ahorro favorecen la retención y la atracción de talento. “Existen en España desde 1987 pero no se han desarrollado tanto como los planes de pensiones individuales”, señala Mireia Marimon, directora de la Asesoría Fiscal Corporativa y Red de Banco Sabadell, que también participará en el webinar. “El Gobierno quiere fomentar este producto de ahorro para la jubilación, y por eso traslada aquí los máximos incentivos fiscales”, añade.
Tipo mínimo del 15% para las grandes empresas
Otra de las novedades fiscales de los PGE es la creación de un tipo mínimo del 15% en el impuesto sobre sociedades para las empresas que facturen más de 20 millones de euros, en línea con lo acordado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para evitar que los países compitan por atraer compañías ofreciendo una tributación cada vez más baja.
La directiva de la OCDE y la medida adoptada por el Gobierno español van en la misma línea, pero no son exactamente iguales, como explica Malagelada. “Mientras que la normativa de la OCDE se aplica a las empresas con ingresos de más de 750 millones anuales, la española afecta a aquellas con un importe neto de negocio de, al menos, 20 millones de euros o que tributen en el régimen de consolidación [un modelo que considera a varias compañías unidas un sujeto único a efectos del impuesto sobre sociedades]. Por tanto, su alcance es mucho mayor”.
Otra diferencia con la directiva de la OCDE es que en España se ofrece la posibilidad de reducir la cuota íntegra mediante bonificaciones y deducciones, con el límite del 15%. “En conclusión, la norma española se aplica a un mayor número de empresas, pero es menos gravosa”, señala la socia del Área Fiscal de Cuatrecasas.
El tipo general del Impuesto Sobre Sociedades en España es del 25%, mientras que el tipo efectivo (lo que realmente pagan las empresas no financieras después de los ajustes y las deducciones) se sitúa de media en el 21,31%, de la base imponible, según los datos de la Agencia Tributaria de 2019. Hay compañías que llevan las deducciones a cotas muy bajas, entre el 12% y el 14%, de acuerdo con el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), y por eso se ha querido establecer un tipo mínimo del 15%. Pero pocas organizaciones llegan a reducir su tipo tanto. El fisco calcula que en España solo 1.070 grandes empresas tributan por debajo del 15% de la base imponible.
Malagelada indica que es probable que, a efectos prácticos, su impacto sea restringido. Partiendo de los datos del Gobierno, este millar de empresas que se verán afectadas aportarán unos 400 millones de euros más al año. Marimon señala que habrá que aguardar un tiempo para valorar esta medida.
Favorecer el emprendimiento con la ley de ‘startups’
En el último año se han adoptado varias disposiciones para favorecer la creación de empresas. Entre ellas cabe destacar las contenidas en la Ley de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes. “Es la conocida como ley de startups”, describe Roberta Poza, socia responsable de Fiscalidad Internacional en PwC Tax and Legal. “Esta ley introduce novedades interesantes en materia de IRPF [Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas], como la ampliación del límite máximo de la exención de la retribución en especie”. Hasta ahora, el límite para retribuir a los trabajadores mediante la entrega de acciones de la empresa estaba en 12.000 euros y la nueva norma lo amplía hasta los 50.000 euros.
Se incrementa también la deducción por inversión en compañías de nueva creación, del 30% actual al 50%. “Lo que supone un aumento de la base sobre la cual puede aplicarse la deducción de 60.000 euros a 100.000 euros”, apunta esta experta. Estas y otras medidas, que se aproximan a las de países del entorno, de acuerdo con Poza, pretenden impulsar la creación de startups y atraer y fidelizar el talento. Esta ley fue aprobada por el Consejo de Ministros en diciembre y se prevé que entre en vigor a mediados de 2022.
Menos impuestos para las nuevas empresas
En esta misma línea, con el objetivo de impulsar la creación de empresas, los PGE también introducen una reducción del 15% al 10% de la tributación mínima exigida en el impuesto sobre sociedades a las organizaciones de nueva creación. Luis Blanco Pascual, decano de la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad de La Rioja (UR), se muestra optimista. “Esta medida es una de las más interesantes. El objetivo es parar la destrucción de negocios causada por la situación derivada de la covid-19. Va a tener un impacto positivo tanto en la creación de empresas como en la recaudación fiscal”.
Novedades en lucha contra el fraude fiscal
La Ley 11/2021 de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal introduce modificaciones en esta materia. Luis Blanco Pascual, decano de la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad de La Rioja (UR). Destaca un cambio importante: la reducción de las multas para los retrasos en el pago.
Se ha reformado el sistema de multas que reciben los contribuyentes por presentar fuera de plazo sus impuestos (siempre que sea motu proprio y no provocados por la Administración) y cuyo nombre oficial es recargo por declaración extemporánea sin requerimiento previo. “En términos generales se produce una rebaja del importe de estos recargos. Además, se establecen las condiciones en las que puede ser posible que ni siquiera se solicite”, destaca este experto. Esto significa que la multa será menor. La finalidad es potenciar y facilitar la regularización de los contribuyentes que no están al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
La lista de morosos, además, reduce el importe que se debe de un millón a 600.000 euros. De esta forma se expondrá públicamente a personas, físicas o jurídicas, que tengan deudas más pequeñas con la Hacienda Pública. Lo que servirá de acicate para resolverlas. “También se incluirán en la lista los importes por los que se sea responsable solidario. No solo por deudas propias, un matiz importante”, argumenta Blanco Pascual. Se han prohibido, además, los programas informáticos de software doble, que permitían llevar contabilidades paralelas. La Agencia Tributaria calcula que las empresas ocultan alrededor de 200.000 millones de euros al año a través de la utilización de estos programas.