No más propaganda electoral #QuitaUnAnuncio
Siempre que estamos en época electoral las calles se inundan de caras sonrientes llenas de promesas y lemas horribles plasmados en cárteles de plástico, lo peor es que mucha de esta propaganda está ubicada en sitios prohibidos como árboles y hasta en semáforos. ¿Por qué no la quitamos?
Hace tres años mientras los partidos llenaban de basura nuestras ciudades surgió el hashtag #QuitaUnAnuncio, una iniciativa del abogado Robles Maloof, secundada por Sergio Aguayo, Guillermo Sheridan y Juan Villoro, más miles de ciudadanos inconformes que decidieron actuar y tirar a la basura la propaganda instalada en lugares prohibidos.
También está la otra iniciativa de intervenir los anuncios políticos con un 43 por los estudiantes desaparecidos.
Aunque hay temas urgentes que merecen nuestra atención, por ejemplo terminar con el pacto de impunidad de los políticos, también está bueno que en nuestros ratos de ocio, liberemos nuestra calle de su propaganda.
Guía Ciudadana 2015
Advertencia. Esta guía se refiere a la propaganda política de candidatos a puestos de elección popular de la federación. Recordemos que la reforma política de 2014 modificó las normas electorales de las elecciones desde la Constitución, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) y la Ley General de Partidos. Estas leyes prohíben la propaganda política en vía pública y la permite, solo por excepción en pocos lugares de uso común. El art. 250 es muy claro:
Artículo 250: En la colocación de propaganda electoral los partidos y candidatos observarán las reglas siguientes:
a) No podrá colgarse en elementos del equipamiento urbano, ni obstaculizar en forma alguna la visibilidad de los señalamientos que permiten a las personas transitar y orientarse dentro de los centros de población. Las autoridades electorales competentes ordenarán el retiro de la propaganda electoral contraria a esta norma;
b) Podrá colgarse o fijarse en inmuebles de propiedad privada, siempre que medie permiso escrito del propietario;
c) Podrá colgarse o fijarse en los bastidores y mamparas de uso común que determinen las juntas locales y distritales ejecutivas del Instituto, previo acuerdo con las autoridades correspondientes;
d) No podrá fijarse o pintarse en elementos del equipamiento urbano, carretero o ferroviario, ni en accidentes geográficos cualquiera que sea su régimen jurídico, y
e) No podrá colgarse, fijarse o pintarse en monumentos ni en edificios públicos.
Existe un debate sobre si la regla contenidas en los arts. 209.4 y 211.2 de la LGIPE que dispone que toda la propaganda de precampaña y campaña debe imprimirse en materiales textiles, aplica para toda elección, sea local o federal, porque están dentro de las reglas generales para las elecciones.
Podemos empezar a quitar aquella propaganda de precandidatos y candidatos al Congreso de la Unión, aquí los pasos: