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Multas por infracciones laborales en Ecuador

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Multas por infracciones laborales:

Valores establecidos en el acuerdo No. MDT-2016-0303 por concepto de multas a los incumplimientos de obligaciones e infracciones laborales por parte de los empleadores

Clasificación de las infracciones.- Las infracciones se clasificarán como leves, graves y muy graves con respecto a las violaciones de las obligaciones de los empleadores prescritas en el artículo 42 del Código del Trabajo o el irrespeto de estos a las prohibiciones establecidas en el artículo 44 del mismo Código, o en las leyes afi nes conforme lo determina el Mandato Constituyente 8 y su respectivo Reglamento de aplicación, así como también en los Acuerdos Ministeriales en la materia:

  • Micro y pequeña empresa
  • Medianas y grandes empresas

Las empresas se clasifican de acuerdo a los umbrales establecidos en el artículo 3 de la Decisión 702 de la Comunidad Andina (CAN), primando siempre el valor bruto de ventas sobre el criterio de personal ocupado, según el siguiente cuadro:

multas laborales

Base Legal:  Acuerdo: No. MDT-2016-0303 S2RO 937 3-2-2017

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