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Multa por abandonar una Junta Receptora del Voto JRV

Multa por abandonar una Junta Receptora del Voto JRV. Ley de la Democracia establece hasta USD 8 000 de multa por abandonar una Junta Receptora del Voto. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

Multa por abandonar JRV

Faltan poco más de tres meses para que Ecuador ingrese a los comicios electorales de febrero del 2021 y los miembros de las Juntas Receptoras del Voto (JRV) se alistan para su jornada.

Las elecciones llegan con nuevas reglas, incluso para los integrantes de las JRV, cuya asistencia es obligatoria.

Desde el 3 de febrero del 2020, cuando entraron en vigencia las reformas al Código de la Democracia, se fijaron sanciones para quienes no cumplan con su rol en las JRV y quienes las abandonen.

El artículo 278 de la Ley de la Democracia reza: “En caso de una falta grave como el abandono de una junta receptora del voto, las infracciones podrán sancionarse con multas desde once salarios básicos unificados hasta veinte salarios básicos unificados, destitución y-o suspensión de derechos de participación desde seis meses hasta dos años».

Es decir, la normativa dicta que, quien incurra en la «falta grave», deberá pagar multas de entre USD 4 400 hasta USD 8 000.

Desde del proceso electoral, además, los miembros de mesa de votación que no acudan a las capacitaciones en línea o presenciales que realiza el CNE desde el 17 de noviembre último hasta el 7 de febrero del 2021 deberán cancelar una multa de USD 40, equivalente al 10% del Salario Básico Unificado (SBU).

Asimismo, las personas que decidan no asistir a integrar las JRV asignadas tendrán una sanción del 15% del SBU, es decir, USD 60. Si los ciudadanos no asisten a las capacitaciones ni acuden a las mesas de votación, las multas se acumulan y el valor a cancelar asciende a USD 100.