Coronavirus en Ecuador: Normas para volver al trabajo en el sector público

Luego de que Ecuador entró el lunes en la etapa de distanciamiento social, con la normativa en base a los colores del semáforo, el ministro de Trabajo, Luis Poveda, emitió el Acuerdo Ministerial 094 con las Directrices para la reactivación económica, a través del retorno progresivo al trabajo, del sector público.

En el documento se aclara: «bajo ningún concepto se dejará de brindar atención a la ciudadanía en los horarios establecidos antes de la declaratoria de emergencia sanitaria para las instituciones del sector público.

Será obligación de cada institución la prestación de los servicios públicos a través de alternativas digitales, quedando de forma presencial únicamente aquellos servicios para los cuales sea indispensable e imposible la supresión de la presencia física del usuario».

Teletrabajo en el sector público

Para eso, se estableció que se mantenga el teletrabajo en el caso de actividades que apliquen a esta modalidad. En el caso de trabajadores que pertenezcan a los grupos de atención prioritaria, deben obligatoriamente trabajar desde sus casas.

«Las Unidades de Administración del Talento Humano, o quien hiciere sus veces, adaptarán las actividades de los servidores públicos determinados en este artículo, para que estas se realicen desde su domicilio, considerando el grado de discapacidad del trabajador y/o la naturaleza de sus labores», se añadió en el documento

Jornada especial emergente en el sector público

Serán establecidas por la máxima autoridad de la institución estatal, o la persona que designe. Habrá horarios y turnos consecutivos y no consecutivos.

Se aplicarán en los siguientes casos:

  • Si la actividad requiere la instalación de campamentos o instalaciones de la institución, por dos o más días, debido a las circunstancias geográficas;
  • Cuando la prestación del servicio justifique actividades presenciales ininterrumpidas, será por turnos
  • Si ese puesto de trabajo requiere jornadas en la noche o madrugada. En ese caso serán de 19:00 a 06:00

Para tener jornadas especiales emergentes, las instituciones deberán:

  • Cumplir protocolos de aislamiento en áreas comunes
  • Tener un espacio adecuado para el aseo personal de trabajadores y espacios adecuados e independientes para su descanso
  • Considerar el aforo por área de trabajo, actividad o proceso

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