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Registro Civil nacional ya atiende cedulación, paso a paso para pedir cita a través de su sitio web

Los usuarios que necesiten acceder al servicio de cedulación del Registro Civil nacional pueden agendar una cita en el portal web de esta institución.

Cuando se abra la página, se debe dar click en Agendamiento de turnos, que está en una pestaña de la parte superior derecha.

Luego de que se despliegan dos opciones en la parte inferior izquierda de la pantalla se debe seleccionar en el botón azul con la leyenda Agendar.

Inmediatamente se abre una ventana pequeña en la que se debe seleccionar el tipo de documento por el cual se requiere el agendamiento de turno, y se marca el botón azul con la leyenda Aceptar.

En una nueva ventana, el usuario debe llenar tres campos con el Número Único de Identificación, el Código Dactilar (estas dos series las puede encontrar en la cédula de identidad de la persona que necesita agendar un turno). En el caso de que no cuente con el código dactilar porque no tiene consigo el documento, lo puede solicitar al correo [email protected], según un comunicado del Registro Civil nacional. También tendrá que llenar una caja de texto en la que tendrá que poner el código que aparece en una imagen.

En esta parte de la cédula se encuentra el Código Dactilar.

Luego de llenar los tres campos y continuar con el trámite, se debe llenar otro formulario con su correo electrónico y su número de celular. Al presionar en el botón con la leyenda Siguiente podrá escoger la oficina del Registro Civil que más le convenga.

Después de esa selección deberá buscar el día y hora en que haya disponibilidad. Para finalizar el proceso debe de confirmar si los datos de su agendamiento son correctos.

El agendamiento electrónico de citas no tiene costo. «Por favor asistir 10 minutos antes de la cita programada, se recomienda al usuario llevar impreso su turno», se recomienda en el portal web del Registro Civil nacional.

Datos de atención

Lunes a viernes de 08:00 a 17:00

Tarifas

Primera vez: $ 5

Renovación: $ 15

Nota aclaratoria: La exoneración de tarifas aplica para los ciudadanos con discapacidad del 30% o más, según lo establecido en la Ley Orgánica de Discapacidades.

Formas de pago

Primera vez: Efectivo

Renovación: Efectivo y tarjeta de Crédito

Aquí puede chequear más detalles. (I)